Los cuatro pasos clave que se deben cumplir para que Leiva se sume a la Corte

Los cuatro pasos clave que se deben cumplir para que Leiva se sume a la Corte

El gobernador envió ayer a la Legislatura el pliego que propone al actual fiscal de Estado para ocupar el cargo de vocal del máximo tribunal provincial.

LA GACETA / JOSÉ NUNO LA GACETA / JOSÉ NUNO
22 Enero 2019

Hace ocho años que el mecanismo constitucional para nombrar un vocal del tribunal supremo de la Provincia permanecía inactivo. El último antecedente, en 2011, había sido protagonizado por el actual titular de la CSJT, Daniel Posse. Tras la propuesta de Daniel Leiva, se ponen en marcha los cuatro pasos clave para su magistratura

1- Envío del Pliego

Potestad y requisitos

La Constitución provincial establece que es potestad del gobernador proponer los vocales de la Corte. Los requisitos: tener ciudadanía en ejercicio y domicilio en la provincia; ser abogado con título de validez nacional; edad mínima de 40 años, con al menos 15 años de ejercicio en la profesión o en la magistratura.

2- Pedido de informes

El CV y los datos personales

El postulado debe presentar su CV y copia autenticada del analítico. La comisión de Acuerdos pedirá informes: del prontuario policial, de la propia Corte, del Registro Inmobiliario, del Colegio de Abogados y de entidades financieras, como la Federación Económica y la Caja Popular de Ahorros.

Los cuatro pasos clave que se deben cumplir para que Leiva se sume a la Corte

3- Entrevista

Valores y conocimientos

La comisión de Peticiones y Acuerdos debe citar al postulante para tener al menos una entrevista. Allí debe exponer acerca “de su sistema de valores, sus conocimientos jurídicos y sus convicciones democráticas”. El objetivo es “apreciar su vocación por la magistratura y discernimiento jurídico”.

4- Votación

Mayoría simple y nominal

Si la comisión de Peticiones emite un dictamen favorable (puede existir otro de minoría en rechazo), se somete a votación simple en el recinto de la Legislatura. El reglamento interno fija que debe ser nominal, registrando el titular de cada banca que hubiera participado.

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