Resumen para apurados
- La Corte Suprema giró este martes a la Procuración la demanda opositora en Tucumán para definir si tratará la validez de una nueva reelección de Osvaldo Jaldo.
- La oposición impugnó el artículo 90 de la Constitución provincial por considerar que habilita la perpetuación en el poder al permitir hasta 16 años seguidos de mandato.
- Aunque el dictamen no es vinculante, la resolución final de la Corte definirá si Jaldo queda habilitado legalmente para postularse a la gobernación en 2027.
El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, deberá dictaminar si es competencia originaria de laCorte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) la demanda que planteó la oposición contra un artículo de la Constitución de Tucumán, y que podría afectar las aspiraciones del gobernador Osvaldo Jaldo de buscar la reelección el 9 de mayo de 2027.
La presentación opositora se realizó el viernes 27 de octubre con el patrocinio del abogado Marcelo Giullitti Oliva. Los partidos Cambia Tucumán, Fuerza Republicana, CREO y PRO impulsaron una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el artículo 90 de la Constitución de Tucumán, el cual habilita la continuidad correlativa en los dos cargos de mayor jerarquía del Poder Ejecutivo (PE).
Según consta en el sistema del Poder Judicial de la Nación, la Secretaría de Juicios Originarios del alto tribunal solicitó ayer a la Procuración que se expida sobre la presentación que realizó la oposición. El pase se confirmó al mediodía de este martes, de acuerdo con el registro.
Cabe destacar que la resolución que tome la Procuraduría no es vinculante para los jueces de la Corte. Sin embargo, por la jerarquía técnica el tribunal suele coincidir con su criterio en la gran parte de los casos.
Fuentes de la Gobernación se limitaron a remarcar que serán respetuosos de los tiempos de la Justicia y que este es un juicio como muchos otros que tiene el Estado. No obstante, insistieron en que están convencidos de que la demanda será rechazada.
Contra un artículo
La presentación argumenta que el artículo 90 de la Constitución de Tucumán “posibilita la perpetuación en el poder”. En ese sentido, citaron que la norma dispone que el gobernador y el vicegobernador duran cuatro años en sus funciones y podrán ser reelectos por un período consecutivo. “El vicegobernador, aun cuando hubiese completado dos períodos consecutivos como tal, podrá presentarse y ser elegido gobernador y ser reelecto por un período consecutivo. Si el gobernador ha sido reelecto para un segundo período consecutivo no puede ser elegido nuevamente, sino con el intervalo de un período. Lo mismo resulta de aplicación para el cargo de vicegobernador”.
Según fundamentaron, el segundo párrafo contiene una regla problemática: “establece la posibilidad de ejercer dos períodos como vicegobernador y, seguidamente, otros dos como gobernador. La literalidad de la norma permite expresamente el ejercicio ininterrumpido por 16 años consecutivos en ambos cargos”. En ese sentido remarcaron que, de concretarse la candidatura de Jaldo en los términos anunciados, el dirigente tranqueño tendría la posibilidad de estar 16 años consecutivos en los dos máximos cargos provinciales. Se mencionó también que un vicegobernador puede acceder al ejercicio efectivo de las atribuciones del gobernador durante el propio mandato para el que se fue elegido. Como ejemplo citaron que Jaldo quedó a cargo de la Provincia de manera interina desde septiembre de 2021 hasta febrero de 2023, cuando Juan Manzur fue jefe de Gabinete de la Nación.
Dirigido a una persona
Aunque la presentación no fue directamente contra el gobernador, con esos argumentos la oposición buscaría impedir que Jaldo pueda aspirar a mantenerse en la Casa de Gobierno hasta 2031, como anticipó. “Quieren sacar de la cancha a un candidato”, protestó el mandatario en una conferencia de prensa. Afirmó también que la Constitución es sumamente clara en dicho artículo y mencionó que se viene cumpliendo con la Carta Magna.
“Cuando hablan de 16 años hablan de ocho años de vicegobernador y ocho de gobernador. No sé con qué intención toman los 16 años cuando son diferentes cargos. El vicegobernador tiene responsabilidades y facultades diferentes al gobernador”, subrayó Jaldo. Y agregó: “si bien se ataca el artículo 90, va dirigido a una sola persona. Estos sectores de la oposición que firmaron ya saben qué espacio político va a ganar el 9 de mayo, ya saben quién va a continuar gobernando la provincia de Tucumán. Si no, no hay otra explicación de este tipo de presentación sin ningún tipo de sustento”, cruzó.
Interpretación cero
La fiscal de Estado, Gilda Pedicone, remarcó que el texto del artículo 90 “tiene todas las certezas que le permiten al gobernador sentirse habilitado para presentarse y ganar la próxima elección”. “Defender esta causa no es una opción, es una obligación. Como fiscal de Estado tengo que ponerme a defender la autonomía provincial que significa una Constitución dictada por sus autoridades, una Convención Constituyente que aprobó un texto dentro del cual el artículo 90 ha sido categórico”, dijo.
Ante la consulta sobre si la CSJN llegara a fallar en contra de la Provincia, Pedicone contestó que “no hay ningún escenario posible”. “No hay ningún fallo imaginable porque ningún trascendente jurisprudencial lo señala como posible que la Corte de la Nación deje a Tucumán con un artículo constitucional inaplicable o derogado. La Corte no sanciona leyes, no suple temas institucionales. La Corte evalúa cuando le toca hacerlo, que no es este caso, e interpreta una cláusula constitucional”, desarrolló. Además, consideró que al ser muy claro el artículo 90. “Los márgenes de interpretación son cero”, sentenció.
















