La Justicia federal de Tucumán quedó más cerca de concretar un anhelo que puso su funcionamiento en crisis en sus últimos años. La Comisión de Acuerdos de la Cámara de Senadores de la Nación emitió dictámenes favorables para los pliegos de los abogados Pablo Roberto Toledo y Ángel Roger Luna Roldán, postulantes propuestos por el Poder Ejecutivo Nacional para ocupar los cargos de jueces de cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán. De esta manera, el trámite institucional superó la instancia de audiencias públicas y la evaluación de antecedentes, quedando habilitado para su tratamiento directo en el recinto del Senado bajo el régimen de Orden del Día.
La resolución del cuerpo legislativo representa un giro significativo para una jurisdicción que arrastra un severo déficit estructural en su funcionamiento ordinario. El Tribunal Oral Federal de Tucumán se encuentra sumido en una situación de parálisis material debido a la acefalía de sus tres vocalías titulares, provocada en su momento por el acogimiento al beneficio de la jubilación de los magistrados Gabriel Casas, Carlos Jiménez Montilla (fallecido) y Alicia Noli. Esta profunda crisis obligó al estrado a operar de manera permanente con una integración extraordinaria, conformada en su totalidad por tres jueces subrogantes que deben articular agendas con sus tribunales de origen, lo que dilata de forma sistemática el debate oral de causas complejas de narcotráfico, trata de personas y corrupción. Actualmente el TOF está la cordobesa Cristina Giordano, el santiagueño Federico Bothamley y la jujeña (aunque actúa en Salta) Marta Liliana Snopek.
La postulación de Ángel Roger Luna Roldán no transitó un camino exento de controversias en la Cámara Alta. Durante el período de participación ciudadana habilitado entre los días 16 y 22 de junio de 2026, la Comisión de Acuerdos receptó observaciones y formalizó cuatro impugnaciones contra su pliego, entre ellas la del abogado Emilio Guagnini. El núcleo del cuestionamiento no radicó en las calidades morales o técnicas del aspirante, sino en la existencia de una presunta e insalvable incompatibilidad funcional estructural derivada de su vínculo matrimonial.
El eje de la impugnación
Bajo el subtítulo de la incompatibilidad funcional, la impugnación de Guagnini detalló que el doctor Luna Roldán se encuentra unido en matrimonio con la doctora Patricia Moltini, quien actualmente se desempeña como jueza titular de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán. De acuerdo con el planteo del impugnante, esta configuración colisiona con el esquema del nuevo Código Procesal Penal Federal, donde la Cámara de Apelaciones actúa como órgano de revisión durante la Investigación Penal Preparatoria. “De prestarse el acuerdo solicitado, el Dr. Luna Roldán asumirá como Juez con funciones de Juicio (Tribunal Oral) para recibir y juzgar, en la etapa de debate, exactamente los mismos legajos en los que su esposa ya intervino como revisora”, advirtió el escrito, señalando que la situación forzaría un régimen de inhibiciones en cadena que terminaría por provocar “un colapso en la administración de justicia” y la “paralización del funcionamiento del Tribunal Oral”. El documento de impugnación invocó el artículo 60, inciso “d”, del texto procesal, el cual establece la obligación irrenunciable de los magistrados de inhibirse cuando mediare parentesco o vínculo conyugal con algún juez que “hubiere intervenido en el procedimiento”. Según la presentación, la ley presume que el vínculo matrimonial contamina la neutralidad del juez de juicio con los prejuicios adquiridos por su cónyuge en las etapas previas, lo que desnaturalizaría la garantía constitucional del Juez Natural y expondría al Estado argentino a eventuales condenas por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos debido a dilaciones indebidas derivadas del uso desmedido de subrogancias.
Frente a estas observaciones, Luna Roldán presentó un extenso escrito de descargo ante la Comisión de Acuerdos, rechazando de manera categórica los argumentos y tachándolos de partir de una “errónea interpretación del régimen de incompatibilidades procesales”. El candidato argumentó que el régimen legal que rige la organización judicial federal prohíbe explícitamente la simultaneidad de parientes dentro del mismo tribunal colegiado, pero “bajo ningún concepto prohíbe ni impide la cercanía del vínculo cuando los magistrados se desempeñen en tribunales distintos, autónomos y de diversas instancias dentro de la misma jurisdicción territorial”. Asimismo, puntualizó que las restricciones reglamentarias de parentesco están circunscritas a la “dependencia inmediata” de personal administrativo y ceden ante los mecanismos constitucionales de selección compleja por concurso público. En su estrategia de defensa, que luego fue compartida por la Comisión que descartó las impugnaciones, Luna Roldán desestimó el riesgo de bloqueo institucional y remarcó el carácter estrictamente personal de la función judicial: “La imparcialidad es una garantía de carácter estrictamente personal, subjetivo e individual, no familiar ni colectiva. Las decisiones jurisdiccionales previas adoptadas por mi cónyuge en la etapa de apelación, no atan, condicionan ni contaminan mi propio criterio intelectual y jurídico”. Del mismo modo, el postulante invocó precedentes institucionales de coexistencia familiar en las jurisdicciones de Santiago del Estero, Salta y Mendoza, y subrayó que el propio Consejo de la Magistratura de la Nación elevó su terna en el año 2023 con pleno conocimiento de la composición de su grupo familiar, lo que a su criterio constituye una convalidación preclusiva del trámite. Finalmente, el aspirante ponderó el impacto de la reorganización de la Cámara Federal de Apelaciones local, sosteniendo que la división en salas diluye sustancialmente el flujo de causas concurrentes, limitando la intervención de su cónyuge a una órbita específica.
Al evaluar los antecedentes profesionales, las respuestas presentadas y el desempeño de los candidatos en la Audiencia Pública celebrada el 30 de junio, los miembros de la Comisión de Acuerdos consideraron acreditada la idoneidad y aconsejaron al pleno del Senado la aprobación de las designaciones. Con las firmas del dictamen plasmadas en los Órdenes del Día N° 200 y 204, los pliegos aguardan la convocatoria de la sesión correspondiente en la Cámara Alta para obtener el acuerdo definitivo que permita la jura de los nuevos magistrados titulares.
Vacantes: Juzgados federales 1 y 2
Aún no hay abierto concurso para la tercera vocalía del TOF que quedó vacante tras el fallecimiento de Carlos Jiménez Montilla. Además hay otras áreas sensibles sin cubrir. Entre ellas, el Juzgado Federal N° 1, que tiene competencia electoral, y para el cual, con el concurso realizado, está propuesta una terna integrada por Carlos Ezequiel Oneto, Carlos Eduardo Saltor, y Solana Esther Casella. Sobre este concurso no hay definición aún. El juzgado está siendo subrogado por José Manuel Díaz Vélez, titular del Juzgado Federal N° 3. En cuanto al Juzgado Federal N° 2, tras los concursos quedó una orden de mérito provisoria, integrada por Pablo Roberto Toledo (quien llegaría al TOF), Martín Eugenio Abdala y Andrés Agustín Da Rold, con Gonzalo Stordeur como cuarto en caso de que se confirme lo de Toledo. Este juzgado está en manos del subrogante catamarqueño Guillermo Díaz Martínez. Además está vacante la fiscalía ante el TOF.








