“La defensa de Leiva juega al secretismo y a pisar el caso”

“La defensa de Leiva juega al secretismo y a pisar el caso”

El abogado de Pedicone dijo que espera que un juez cite la audiencia.

ABOGADO DEL JUEZ DENUNCIANTE. El penalista Arnaldo Ahumada. ABOGADO DEL JUEZ DENUNCIANTE. El penalista Arnaldo Ahumada. LA GACETA / FRANCO VERA
21 Septiembre 2020

Arnaldo Ahumada, abogado de Enrique Pedicone, juez (con licencia) y denunciante del vocal Daniel Leiva, ratificó que la causa debía ser tramitada con la oralidad y la publicidad previstos en el nuevo Código Procesal Penal (2016) plenamente en vigor desde el 1 de septiembre. “La defensa de Leiva (a cargo del letrado Esteban Jerez) juega al secretismo y a pisar el caso”, reflexionó ayer en una conversación telefónica. Ahumada añadió que aguardaba que un juez convocara a una audiencia abierta a la sociedad para tratar el planteo de exclusión de las pruebas del acta y de los audios que formuló Jerez, y que le otorgue el carácter de querellante a Pedicone y a la ONG que se presentó como tercera (se informa por separado).

Ahumada cuestionó el proveído de la fiscala Mariana Rivadeneira que le informaba que Jerez había contestado un traslado; que reanudaba los plazos del proceso; que convocaba y emplazaba a contestar la exclusión probatoria, y que postergaba la definición de la presentación para desempeñar el rol de querellante. “No nos dice qué contestó Jerez a nuestra propuesta para abrir esta investigación a la comunidad; no nos envía el escrito para excluir el acta y los audios; no nos dice cuál es el plazo y no nos da el lugar que nos corresponde”, observó el abogado, quien representa a Pedicone junto a su colega Fernanda Battig. Ahumada reiteró que sí o sí debía intervenir un juez, y la discusión tenía que ocurrir en una audiencia oral y pública.

“El propio Leiva firmó la Acordada 806/20 el 31 de agosto que establece cómo serán distribuidas las causas con denuncias hasta ese día. Expresamente dijo el denunciado que el 31 de agosto se terminaba la aplicación del antiguo Código Procesal Penal que establece la investigación jurisdiccional secreta y escrita de los funcionarios con fueros. Por la doctrina de los actos propios, no entendemos cómo él firmó una decisión administrativa que pretende desconocer en esta denuncia en su contra articulada el 1 de septiembre, día que entró en vigor el nuevo Código Procesal que es el que garantiza la transparencia”, afirmó Ahumada.

El letrado subrayó la siguiente oración de la Acordada 806: “se dispone que todas las causas cuya denuncia se realice a partir del 1 de septiembre se regirán con el procedimiento acusatorio adversarial comprendido en la Ley 8.933 (nuevo Código)”. Ahumada pidió a Leiva que sea coherente, y respete sus propias órdenes y a sus pares Claudia Sbdar, Antonio Estofán, Daniel Posse y Eleonora Rodríguez Campos.

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