"Entre particulares": un juez provincial ratificó su competencia en la demanda de Jaldo contra Molinuevo

La diputada nacional de La Libertad Avanza insiste con llevar al fuero federal las publicaciones contra el gobernador calificadas como agraviantes.

Entre particulares: un juez provincial ratificó su competencia en la demanda de Jaldo contra Molinuevo

Resumen para apurados

  • El juez Pedro Cagna ratificó su competencia en la demanda del gobernador Osvaldo Jaldo contra la diputada Soledad Molinuevo por agravios en redes sociales en Tucumán.
  • La demanda inició tras posteos de la diputada vinculando al gobernador con actos de violencia. Molinuevo borró las publicaciones bajo protesta y buscó trasladar el caso al fuero federal.
  • El fallo define el caso como un conflicto entre particulares, sin afectar fueros legislativos. Establece un precedente sobre la responsabilidad de funcionarios en redes sociales.
Resumen generado con IA

La diputada nacional Soledad Molinuevo (LLA) cumplió bajo protesta con la orden judicial de eliminarlas publicaciones contra el gobernador Osvaldo Jaldo calificadas como agraviantes. Y mientras busca retrotraer esa medida, insiste con llevar el expediente al fuero federal. Sin embargo, esta estrategia sufrió un nuevo traspié.

El juez de la Sala V del Juzgado Civil y Comercial Común de la V Nominación de la Capital, Pedro Daniel Cagna, resolvió no hacer lugar al planteo de incompetencia formulado por la dirigente de La Libertad Avanza, con el patrocinio letrado de Ricardo José Tomás Paz.

Con ello, declaró la competencia de ese tribunal para entender en la causa promovida en marzo pasado pasado por el mandatario, en el marco de las polémicas generadas tras el brutal cabezazo propinado por Marcelo "Pichón" Segura contra el diputado Federico Pelli (LLA), en La Madrid.

Jaldo, a través de la abogada Paula Morales Soria, había interpuesto una acción judicial en contra de Molinuevo para exigir que elimine una serie de comentarios de sus redes sociales en las cuales, según alegó, la diputada libertaria lo vinculaba con el violento episodio, además de acusar al gobierno de sostener prácticas mafiosas y de responsabilizar al jefe del Poder Ejecutivo (PE) por su seguridad, la de su familia y la de los militantes de LLA.

Cagna dictó una medida autosatisfactiva que dispuso la supresión de esos posteos. Molinuevo recurrió la resolución, que fue ratificada por el juez, y tras una denuncia por incumplimiento judicial efectuada por Jaldo, la diputada acató, bajo protesta, la orden del magistrado.

En paralelo, restaba que se resolviera la cuestión de la competencia. A criterio de Molinuevo, este proceso representa un caso de "censura previa", y además se vieron vulneradas sus prerrogativas como miembro del Congreso de la Nación, entre otros argumentos. En un primer momento, la Justicia Federal de Tucumán desestimó la presentación efectuada por la diputada en los tribunales de calle Las Piedras al 400. Ese expediente se encuentra a la espera del dictamen fiscal, en el ámbito de la Cámara de Federal de Apelaciones.

En tanto, el juez Cagna sumó un nuevo rechazo a las pretensiones de Molinuevo para remitir el legajo al fuero federal.

Qué dijo el magistrado

Tras analizar los argumentos expresados por ambas partes y revisar la normativa, la jurisprudencia y la doctrina relativa a esta cuestión, el magistrado le dio la razón a la demandante.

Entre otros puntos, expresó en la resolución que "la competencia federal reviste carácter excepcional y restrictivo, encontrándose taxativamente delimitada por la normativa referenciada".

El juez advirtió que "la circunstancia de que los sujetos procesales revistan la calidad e investidura de gobernador provincial y diputada nacional no muta per se la naturaleza de la relación jurídica sustancial debatida y tampoco habilita el fuero federal, toda vez que dicha calidad no se encuentra entre las causas que la Constitución Nacional ni la Ley N° 48 prevén como determinantes de la competencia federal". "No se trata aquí de una causa en que la Nación o la Provincia sean parte, ni de una causa regida por normas federales, ni de ninguno de los supuestos de excepción que tornarían procedente la intervención de la justicia Federal", insistió.

Sostuvo luego que "el hecho de que un caso involucre derechos constitucionales no lo convierte en una 'cuestión federal' per se". "Si así fuera, la Justicia ordinaria quedaría vaciada de contenido, ya que prácticamente cualquier litigio tiene anclaje en derechos fundamentales", remarcó.

Y respecto a los argumentos de la diputada, afirmó que "no ha sido debidamente acreditado en autos de qué manera la sustanciación del presente proceso ante la justicia ordinaria pudiera comprometer, menoscabar o interferir en la integridad institucional del Honorable Congreso de la Nación o en el regular ejercicio de las funciones que le son propias de los miembros que lo integran".

Finalmente, tras expresarse en coincidencia con el dictamen fiscal, el juez dio consideró verificado que "la presente acción versa sobre derechos personalísimos entre particulares, con prescindencia de la función pública que aquellos desempeñen". "No concurriendo ninguno de los supuestos de excepción que habilitarían la competencia federal, corresponde rechazar el planteo interpuesto por María Soledad Molinuevo y ratificar la competencia de este Juzgado Civil y Comercial para continuar entendiendo en la causa", resolvió el magistrado.

"Se echó para atrás"

Morales Soria, en diálogo con LA GACETA, recalcó que la decisión de Cagna implica un nuevo revés procesal en esta causa contra la diputada nacional. Y cuestionó a su vez la estrategia de la referente libertaria respecto a la orden judicial de eliminar las publicaciones.

"Molinuevo utilizó un recurso de revisión, como es la apelación, y se echó para atrás. Puso a funcionar todo un aparato jurisdiccional, a que se sortee la cámara y toda una cuestión procesal, y cuando vio que la Justicia Federal no le había dado la razón, dijo: 'ya no quiero apelar'", aseveró la representante legal de Jaldo.

Además, reiteró que la cuestión no implica una censura ni afecta las prerrogativas parlamentarias. "El argumento es claro: ella puede criticar una gestión, pero lo que no puede hacer es endilgar delitos", añadió. 

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