Crimen de Lucio Dupuy: confirmaron las prisiones perpetuas y condenaron por abuso sexual a la madre del menor

Crimen de Lucio Dupuy: confirmaron las prisiones perpetuas y condenaron por abuso sexual a la madre del menor

Lo decidió el Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa.

Magdalena Espósito y Abigail Páez. Magdalena Espósito y Abigail Páez.
26 Septiembre 2023

La Justicia de La Pampa confirmó este martes las prisiones perpetuas para Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez, condenadas por el crimen de Lucio Dupuy.

El Tribunal de Impugnación Penal, conformado por la jueza María Eugenia Schijvarger y el juez Mauricio Piombi aceptó todos los planteos de la fiscalía, admitió parcialmente los de la querella y rechazó los cuestionamientos de las defensas de las imputadas.

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Luego de ocho meses de la condena a las imputadas por el crimen del nene de cinco años en La Pampa, la Justicia confirmó la sentencia, pero además le sumó un agravante a la madre.

En la audiencia, también, denegó el pedido de la querella para agregar “odio de género” en la causa.

Magdalena, la mamá de Lucio, había sido condenada por homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento; mientras que Abigail, su pareja, fue condenada por homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso real con el delito de abuso sexual, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado, consignó Todo Noticias (TN).

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El 2 de febrero de este año, cuando se realizó la lectura de las sentencias, por el beneficio de la duda el Tribunal había absuelto a la madre del nene del delito de abuso sexual agravado.

Ahora, el TIP calificó la conducta de la progenitora como autora del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento; en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización agravado por haber sido cometido por la ascendiente, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado. En el caso de Páez mantuvo la misma calificación, con el agregado del abuso gravemente ultrajante.

En los recursos de impugnación, las fiscales María Mónica Rivero y Verónica Ferrero consideraron que la Audiencia de Juicio valoró erróneamente una serie de pruebas y sostuvo que sí se probaron los abusos sexuales, en el ámbito intrafamiliar, por parte de ambas.

Ante esto y con el relevamiento de pruebas, los magistrados concluyeron en que efectivamente Espósito Valenti también abusó del pequeño debido a que por el horario de la muerte indicado por el médico forense, se la situó a ella en el departamento tanto al momento en que ocurrieron los golpes que terminaron con la vida de Lucio, como la agresión sexual.

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