Corte Suprema: en Formosa piden la suspensión de las elecciones para frenar la octava reelección de Gildo Insfrán

Corte Suprema: en Formosa piden la suspensión de las elecciones para frenar la octava reelección de Gildo Insfrán

Un diputado radical hizo un planteo ante el máximo tribunal de Justicia de la Nación.

Gildo Insfrán, gobernador de Formosa. Gildo Insfrán, gobernador de Formosa.
15 Mayo 2023

Lo que pasó en Tucumán con la suspensión de las elecciones a través de una resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación se intenta concretar en Formosa. Ante el alto tribunal interpusieron un pedido de impugnación contra la reelección de Gildo Insfrán y que se suspenda la elección prevista para el 25 de julio próximo.

Un diputado radical pidió a la Corte de la Nación que suspenda la elección para el cargo de gobernador y vicegobernador de la provincia de Formosa. Los jueces deberán decidir sobre el tema, tal como pasó en Tucumán. El diputado radical Fernando Carbajal planteó una acción para frenar una nueva reelección de Insfran.

Una medida cautelar

Se trata de una “acción meramente declarativa de certeza e inconstitucionalidad” con pedido de “medida cautelar” interpuesta por el diputado de la “Alianza Juntos por Formosa Libre” en contra de la provincia de Formosa.

La acción busca que la Corte se expida respecto de los alcances del artículo 132 de la constitución de la provincia de Formosa. Según el diputado, su ambigüedad permite la reelección indefinida del actual gobernador Gildo Insfran.

El artículo 132 de la Constitución de Formosa sostiene que "el gobernador y el vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos". La falta de precisión en cuanto a la cantidad de veces que se puede reelegir es lo que para Carbajal es ambiguo.

La inconstitucionalidad de un artículo

El diputado recordó que Insfrán iría el día 25 de junio por su octavo mandato en el cargo, (sumado a dos períodos como vicegobernador). Por esa razón solicitó a la Corte que declare la inconstitucionalidad de ese artículo y se “inhabilite e impugne a todo a aquel que pretenda perpetuarse en el poder a expensas y en perjuicio del pueblo Formoseño”.

Además, Carbajal ya había hecho una presentación similar para impugnarlo en el año 1999, pero no lo logró en distintas instancias judiciales. Sin embargo, ahora aparecen los antecedentes de Tucumán y de San Juan, donde la Corte ordenó la suspensión de las elecciones cinco días antes.

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