Cómo será el impacto del nuevo cepo cambiario

Cómo será el impacto del nuevo cepo cambiario

El impacto de las nuevas restricciones para operar con divisas extranjeras golpeará a los que quieran viajar al exterior, a los que aún no lograron cancelar deudas y también a los que tomaron créditos.

17 Septiembre 2020

1- Cómo será la devolución del recargo

La AFIP especificó aspectos del Régimen de devolución para sujetos que no sean contribuyentes del Impuesto a las Ganancias o, en su caso, del Impuesto sobre los Bienes Personales. “Los sujetos a quienes se les hubieran practicado las percepciones (recargo del 35%), que no sean contribuyentes de Ganancias o, en su caso, de Bienes Personales, y que, consecuentemente, se encuentren imposibilitados de computar las aludidas percepciones, podrán solicitar la devolución del gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción”, indica la resolución del organismo. Previamente, deberán contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT); también la “Clave Fiscal”; informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria. Asimismo, se explicó que quienes precisen ser atendidos en las Dependencias del Organismo para tales fines deberán solicitar un “Turno Web”, a través del “Sistema de Gestión de Atención Institucional” disponible en el sitio de la AFIP. Luego sí, habrá que ingresar al micrositio que se habilitará dentro de www.afip.gob.ar, donde se podrá visualizar y seleccionar las percepciones que fueron efectuadas e informadas por los agentes de percepción.


2- Servicios de streaming

Si bien Netflix, Spotify y Amazon Prime Video cobran en pesos en la Argentina, algunos emisores de tarjetas de crédito y débito procesan la transacción en dólares al valor del día y computan el impuesto PAIS del 8%. Para que eso sea tomado en pesos debe reclamarse a la entidad que emitió la tarjeta o realizar la gestión online desde la plataforma de cada servicio. Para eso, se sugiere llamar a atención al cliente de la tarjeta y solicitar que el pago se concrete en pesos. Además, el usuario deberá actualizar los datos de facturación También es necesario corroborar que en el resumen se haya efectuado el cambio. Esto no podrá efectuarse en caso de que esos servicios de streaming se hayan contratado desde App Store o Google Play. En ese caso se seguirá pagando en dólares y se reducirá el cupo mensual de U$S 200.


3- Si se refinanció deudas

Ayer se confirmó que aquellos ahorristas que hayan optado por refinanciar el saldo de su tarjeta de crédito a través del plan dispuesto por el Banco Central, tampoco van a a poder comprar dólar ahorro, así como el llamado “dólar MEP” o contado con Liqui. Esto implicaría una restricción a un importante número de ahorristas. El 27 de agosto, el Gobierno había dispuesto el relanzamiento del plan que permite refinanciar deudas por saldos impagos de tarjetas, que empezaría a correr este mes. Ese beneficio consiste en financiar esos saldos con tres meses de gracia y nueve cuotas fijas, a una tasa de 40% más IVA, según una resolución tomada ayer por el directorio BCRA. De acuerdo con un análisis dado a conocer por el Centro de Economía Regional Y Experimental (CERX), “cerca de 2,5 millones hogares entraron en ese esquema y hay disparidades entre lo que cobra”. Ahora, quienes hayan entrado en el plan de refinanciación de abril y al de este mes y todavía tienen cuotas impagas, se encuentran con que no podrán acceder a la compra de dólar ahorro.


4- Si tengo crédito hipotecario

Las personas que tienen un crédito hipotecario, prendario o personal, incluyendo los préstamos UVA, y recibieron la ventaja de dejar de pagar sus cuotas desde marzo, quedarán excluidos para comprar los U$S 200 por mes. Con esta decisión, el BCRA apunta a reducir sensiblemente la masa de 5 millones de argentinos que compraron sus U$S 200 para ahorrar durante  agosto. Más allá de que las medidas tienen a desalentar el ahorro en dólares, en este caso se establece una prohibición. En la oleada de restricciones, se estableció que aquellas personas que recibieron ese beneficio de la postergación de las cuotas o bien aquellos que tienen su cuota congelada, como los hipotecarios UVA, no podrán comprar dólar “solidario” hasta que ese beneficio haya terminado o hasta que el total del préstamo haya sido cancelado. Quienes, pese a la existencia de ese beneficio, hayan pagado sus cuotas con puntualidad, podrán comprar dólares, consignó Infobae.com.


5- Viajes al exterior

Según las medidas del Central, los pasajes y servicios turísticos en el exterior pasarán a estar afectados por el nuevo régimen de percepción de Ganancias del 35%. Esto incluye la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas o minoristas- y servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país. Solo se evitan el impuesto y la percepción si la facturación y el pago se hacen en dólares.

Como sucede con el impuesto PAIS, para estas operaciones, aunque para los consumidores sean facturadas en pesos, se requiere acceder a dólares para poder cancelar la compra. Solo se evitan el impuesto y la percepción si la facturación y el pago se hacen en dólares.


6- Compras excluidas

Según la resolución de la AFIP, los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos quedarán excluidos del pago de los recargos al dólar. También los gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito de Estados nacional, provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino. Finalmente, la adquisición en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población por parte de las entidades reconocidas en la Ley N° 25.054 y sus modificatorias.

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