Celiaquía: leyes nacionales y provinciales amparan a los consumidores

Celiaquía: leyes nacionales y provinciales amparan a los consumidores

El rol de las obras sociales y de las prepagas. ¿Qué sucede en caso de que no se cuente con esas coberturas?

EN 2009. El Congreso de la Nación aprobó la Ley de Celiaquía. EN 2009. El Congreso de la Nación aprobó la Ley de Celiaquía. Prensa Senado
05 Mayo 2020

Están vigentes normas nacionales y provinciales que amparan a las personas con celiaquía. Y otros textos que están pendientes de reglamentar, por lo que aún no se los puede aplicar de manera plena. ¿Cuáles son esas disposiciones? Las abogadas Eliana Belmonte y Adelina Nieva elaboraron un informe, enmarcado en el Día de la Celiaquía, que detalla cuál es el estado de situación.

Las letradas recordaron que desde 2009, a partir de un texto sancionado por el Congreso de la Nación, rige en Argentina la ley nacional (modificada en 2015). Tucumán está adherida a esa normativa, a través de la ley provincial 8.070.

“Entre los puntos más importantes figura que se percibe a la celiaquía de interés nacional, ‘incluyendo todo lo necesario para la misma, como la investigación, detección, capacitación médica, difusión y acceso a alimentos libres de gluten”, destacaron. Consignaron que la autoridad de aplicación, el Ministerio de Salud, quedó facultado para ejercer funciones como “determinar la cantidad de gluten que pueden tener los alimentos y medicamentos; llevar el registro de alimentos y medicamentos (esa lista debe actualizarse cada dos meses); y determinar que los productos alimenticios deben tener el símbolo o logo oficial y la leyenda libre de gluten visible”.

Otro eje clave está referido a las obras sociales y las prepagas. “Deben dar cobertura asistencial (detención, diagnóstico, seguimiento y tratamiento de la celiaquía), y cobertura alimentaria (consiste en la entrega de un monto en dinero que debe actualizarse para la compra de premezclas, harinas sin gluten, derivados o productos elaborados con ellos)”, detallaron.

¿Qué sucede en el caso de personas con celiaquía que no cuentan con obra social o prepaga? “El Ministerio de Desarrollo Social promoverá acuerdos con las autoridades jurisdiccionales para la provisión de harinas y premezclas libres de gluten”, advirtieron las abogadas.

Disposiciones

El informe explica que, a partir de la normatiava, una serie de instituciones tiene “la obligación de ofrecer al menos una opción sin gluten” para los usuarios o consumidores. “Por ejemplo: comedores y quioscos de instituciones de enseñanza, hospitales, sanatorios, las cárceles, empresas de transportes aéreas, terrestres y acuáticas, restaurantes, bares, geriátricos, hoteles, locales de comida rápida”, enumeraron las profesionales.

Destacaron que en Tucumán, a partir de la adhesión a la normativa nacional, la autoridad de aplicación es el Ministerio de Salud a través del Siprosa. Entre otros deberes, figuran la reglamentación “de la venta de alimentos para celíacos en los supermercados; estos deben exhibirlos y conservarlos en un estante específico”. También especifica que “los kioscos, autoservicios, bares, estaciones de servicios, etcétera, deben tener un stock mínimo de productos sin TACC” para los usuarios.

Otro aspecto de la ley provincial es que el Siprosa debe promover “en forma conjunta con el Ministerio de Educación” una serie de medidas. Entre ellas, “la oferta de dietas sin gluten en comedores escolares”; “permitir a los alumnos celíacos llevar sus alimentos, proveyendo los establecimientos educativos la infraestructura para la conservación de los mismos”; el desarrollo de “programas educativos sobre la celiaquía en las escuelas y universidades, dirigidos a los alumnos, educadores, padres y otros que desempeñen actividades en los lugares educativos”; el agregado a la currícula docente de la información de celiaquía; entre otras.

Belmonte y Nieva destacaron que en 2019 se sancionó una nueva norma relativa a la celiaquía en Tucumán. “Aún falta su reglamentación”, destacaron. Este texto incluye la disposición para que “los bares o restaurantes que no cuenten con la posibilidad de brindar alimentos sin TACC de elaboración propia (…) deberán ofrecer en el menú un mínimo de dos opciones de viandas envasadas al vacío sin gluten adquiridos en comercios dedicados a la elaboración de las mismas”, advirtieron las letradas.

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