Sin la garantía de la libertad de prensa sólo hay una democracia puramente nominal

Sin la garantía de la libertad de prensa sólo hay una democracia puramente nominal

El alto tribunal del país recordó que no se daña la reputación de un funcionario público con sólo opinar o evaluar su gestión.

08 Julio 2008
Coherente con el desarrollo de su jurisprudencia, la Corte Suprema de Justicia de la Nación acaba de reiterar que la libertad de prensa es consustancial al sistema republicano. Como consecuencia, reiteró los principios de la denominada real malicia, que debe probar quien pudiera sentirse afectado por una publicación. "Deben demostrar que quien emitió la expresión o imputación conocía la falsedad de la noticia y obró con conocimiento de que eran falsas o con notoria despreocupación por su veracidad". Esto sostuvo el alto tribunal el 24 de junio en la causa "Patitó", en la que fue revocada la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Esta había ratificado la condena impuesta al diario La Nación de resarcir los supuestos daños que una serie de notas había causado al honor de integrantes del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial de la Nación. Los lectores disponen íntegramente del extensísimo fallo en la edición digital de LA GACETA Tribunales (www.lagaceta.com.ar).
La Corte fue contundente: "en el marco del debate público sobre temas de interés general, y en especial sobre cuestiones del gobierno, toda expresión que admita ser clasificada como una opinión, por sí sola, no da lugar a responsabilidad civil o penal a favor de las personas que ocupan cargos en el Estado; no se daña la reputación de estas mediante opiniones o evaluaciones, sino exclusivamente a través de la difusión maliciosa de información falsa".
Ese conocimiento que el periodista o medio tuvo (o debió tener) sobre la falsedad no puede darse por supuesto. "Ese factor subjetivo al que alude el concepto de real malicia -conocimiento de la falsedad o indiferencia negligente sobre la posible falsedad- no cabe darlo por cierto mediante una presunción, sino que debe ser materia de prueba por parte de quien entable la demanda contra el periodista o medio", reiteró la Corte en forma unánime.


FALLO COMPLETO
Patitó, José Ángel y otro c/ Diario La Nación y otros

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