12 formas de emitir su voto

12 formas de emitir su voto

Las dudas suelen invadir a los ciudadanos en las horas previas a toda elección. ¿Cuándo un voto es válido? ¿Cuándo es nulo? ¿Puedo votar al candidato a senador de una lista y al postulante a diputado de otra? ¿Puedo llevar mi voto desde la casa? Para evacuar toda incertidumbre, LA GACETA detalla cuáles son las 12 respuestas que todo elector debe tener antes de ingresar al cuarto oscuro.

27 Junio 2009
Es fundamental que los ciudadanos tengan presente que la boleta electoral está integrada por siete partes, y que hay algunas que nunca deben ser alteradas para que el voto no quede anulado luego por la Justicia Electoral Nacional (JEN). Asimismo, hay ciertos recaudos y algunas variantes que se deben contemplar cuando la papeleta está rota. Tampoco pueden dejar de soslayarse aquellas causales de impugnación que pueden alegar los fiscales de mesa acreditados por los partidos que compiten en la contienda.
Un elemento que todo votante debe respetar. El presidente de mesa siempre es la máxima autoridad de la mesa electoral que encabeza. Es él quien asiste en la apertura y el cierre del acto electoral, velando por el normal desarrollo de los comicios. Para cumplir con dichas funciones, las fuerzas de seguridad se encuentran a su disposición. El presidente de mesa tiene a su vez la misión de verificar la identidad y los poderes de los fiscales de los partidos políticos que asistan al acto electoral. Cabe recordar que, además del presidente de mesa, se designan dos suplentes por cada mesa electoral, quienes tienen el deber de auxiliar al presidente y de reemplazarlo de acuerdo con lo establecido en el Código Electoral. En caso de enfermedad de alguna autoridad de mesa designada, tendrán únicamente validez los certificados extendidos por médicos de la sanidad nacional, provincial o municipal, en ese orden. Para esta ocasión, se dispuso un pago de $ 100 para las autoridades de mesa, y de otros $ 30 para los que hayan completado los cursos de capacitación.

Voto válido normal
Contiene el nombre del partido, imágenes o símbolos autorizados; número de lista; fecha de votación y distrito; manifestación expresa de la voluntad del elector y categoría (senador o diputad); nombres de los candidatos (titulares y suplentes) y línea punteada que divide las categorías por las que se vota.

Voto en blanco
Si el sobre está vacío o si tiene en su interior un papel sin ninguna inscripción, es considerado un voto en blanco para todas las categorías (en este caso, senador y diputado). Si falta una sola categoría (cuando el voto fue cortado), es blanco para el faltante y válido para el candidato cuya lista está dentro del sobre.

Voto válido con sustitución
Si se tacha el nombre de uno o varios candidatos y se anota el de otro u otros, es interpretado como la sustitución del postulante, pero manteniendo el apoyo al partido. Por ello, es voto válido para la agrupación que figura en la boleta, si esa zona de la boleta electoral no presenta alteraciones.

Votos múltiples
A criterio de la JEN, si dentro del sobre se colocaron varias boletas del mismo partido, se computa un solo voto y se rompen las demás. Si hay boletas enteras de distintos partidos, el voto es nulo. Si hay un voto entero y otro u otros cortados, sólo se anula la categoría en la que se duplican las papeletas.

Voto válido con tachaduras
Si en la parte del voto donde figuran los candidatos hay marcas, rayas, líneas cruzadas, círculos o cualquier otra clase de escritura sin sentido alguno, se mantiene la validez del sufragio a favor de la lista. En cambio, si lo alterado es el nombre del partido o la categoría, el voto es nulo para la Justicia Electoral.

Voto cortado
En estos comicios se votan dos categorías distintas: senador nacional y diputado nacional. El elector puede cortar el voto por la línea punteada que separa cada una de las listas en la misma boleta y votar a los candidatos de un partido o frente para la Cámara Alta y a los de otro para la Cámara Baja, si así lo escoge.

Voto con inscripciones
Cuando un voto es escrito con consignas, frases, arengas o cualquier otra clase de manifestaciones que tengan algún sentido, se anula sólo la categoría que está con las anotaciones. Si los escritos están tanto en la parte de diputados como en la de senadores, se anula todo el voto, a criterio de la JEN.

Voto recurrido
El voto es observado o recurrido cuando uno o más fiscales de mesa cuestionan su validez, pero el presidente de mesa no está de acuerdo. El objetor debe llenar un formulario especial fundamentando su pedido con la expresión concreta de la causa, y se lo guarda por aparte para que lo resuelva la JEN.

Voto doblado
El voto puede entrar abierto o doblado en una o varias partes en el sobre, lo que no altera su plena validez. Incluso puede estar arrugado. La decisión tiende a facilitar que una persona lleve la papeleta entre sus ropas (no se podrá entrar con bolsos, carpetas ni mochilas al cuarto oscuro) y que se agilice el trámite.

Voto con adulteraciones
Si el voto presenta adulteraciones en alguna de sus partes principales o es emitido con una boleta que no haya sido oficializada por la Justicia Electoral Nacional, es nulo. En caso de duda por parte del presidente de mesa, se lo reserva como voto observado o recurrido hasta tanto la JEN evalúe el caso.

Con otros elementos en el sobre
Si el sobre contiene, aparte del voto, otros elementos extraños de cualquier carácter, se lo anula. Pueden ser papeles de cualquier color, estampitas, fotos, imágenes, recortes de escritos, alimentos, etcétera. Esta situación fue frecuente en los comicios de 2001 y especialmente alertada por la JEN.

Voto roto
Si el voto está roto en la identificación del partido y la parte desprendida está en el sobre y se lo puede rearmar, es válido para la categoría afectada. En cambio, es nulo si falta la parte o si está roto en numerosos pedazos. Si está cortada la parte del nombre de los candidatos pero sano el resto, es válido.

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