Cuándo se cobra el aguinaldo de diciembre 2026 y cómo calcular cuánto te corresponde

El Sueldo Anual Complementario para empleados en relación de dependencia debe abonarse formalmente hasta el 18 de diciembre, con un margen de gracia legal de cuatro días hábiles que extiende el límite al jueves 24.

La legislación laboral establece el viernes 18 de diciembre como fecha tope para liquidar el aguinaldo, aunque el plazo adicional de cuatro días hábiles extiende el límite hasta el jueves 24.
La legislación laboral establece el viernes 18 de diciembre como fecha tope para liquidar el aguinaldo, aunque el plazo adicional de cuatro días hábiles extiende el límite hasta el jueves 24. FOTO: web

Resumen para apurados

  • Trabajadores registrados en Argentina cobrarán el segundo aguinaldo hasta el 18 de diciembre de 2026, con prórroga al 24, para solventar gastos de fin de año según la ley laboral.
  • El haber equivale al 50% del mejor sueldo del segundo semestre bajo la Ley de Contrato de Trabajo, o un proporcional si el empleado no completó los seis meses de actividad.
  • El pago aliviará la economía familiar ante las Fiestas y obligará a las empresas a estimar los salarios de diciembre, aplicando ajustes retroactivos si hubiera diferencias.
Resumen generado con IA

La liquidación de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) de diciembre de 2026 establece un marco temporal y operativo clave para todos los trabajadores registrados del sector público y privado en la Argentina. Con vistas al cierre del año, este beneficio salarial fijado por ley representa un recurso fundamental para afrontar los gastos de las Fiestas y la organización financiera familiar. La normativa laboral determina los plazos estrictos en los que los empleadores deben acreditar el depósito y detalla las reglas vigentes para calcular el importe final según los ingresos devengados.

Fecha límite de pago del Aguinaldo y margen de gracia según la Ley de Contrato de Trabajo

El vencimiento legal para el abono del segundo aguinaldo del año está fijado para el viernes 18 de diciembre de 2026. Esta fecha límite se fundamenta en la Ley 27.073, norma que modificó el artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo para ordenar los desembolsos antes del cierre del período anual. De esta manera, el primer pago del SAC corresponde al mes de junio y el segundo se liquida íntegramente durante el último mes del año.

No obstante, la legislación laboral contempla una cláusula adicional que otorga un plazo de gracia de cuatro días hábiles posteriores a la fecha inicial para completar el trámite salarial. Al sumar dicha extensión prevista por la norma, la fecha límite absoluta con la que cuentan las empresas y dependencias empleadoras para depositar el dinero se traslada al jueves 24 de diciembre. Aquellos trabajadores que no perciban el monto antes del viernes 18 deben considerar este margen extendido de liquidación.

Cómo se calcula el aguinaldo de diciembre y la fórmula para casos proporcionales

Para calcular la segunda cuota del haber anual complementario, se debe tomar como base de referencia la remuneración mensual más alta devengada entre los meses de julio y diciembre. La legislación establece que el monto a percibir por un empleado que prestó servicios durante todo el semestre equivale exactamente al 50% de ese mejor sueldo. Por ejemplo, si un trabajador tuvo una remuneración mensual máxima de $1.200.000 dentro del período analizado, el aguinaldo a cobrar será de $600.000.

En los casos en que la relación laboral haya iniciado con posterioridad a julio o haya concluido antes de diciembre, la liquidación debe realizarse de forma proporcional al tiempo efectivamente trabajado. Para determinar la cifra correspondiente se aplica la fórmula legal: dividir la mejor remuneración mensual por 12 y multiplicar el resultado por la cantidad de meses trabajados en el semestre. Así, un empleado con un sueldo máximo de $1.200.000 que se haya desempeñado durante tres meses recibirá un proporcional de $300.000.

Reglas para la estimación del sueldo de diciembre y ajustes retroactivos

Dado que la acreditación del aguinaldo debe realizarse antes de que finalice el mes, el empleador está obligado a estimar el salario correspondiente a diciembre para efectuar el cálculo inicial. Esta proyección matemática permite liquidar el SAC dentro de los plazos legales establecidos sin esperar el cierre definitivo del ciclo mensual de haberes.

Si posteriormente surge una diferencia entre la estimación calculada y la remuneración que efectivamente devengó el trabajador en diciembre, la normativa exige realizar un recálculo del aguinaldo. En esa situación, el empleador deberá incorporar la diferencia salarial resultante como un ajuste retroactivo dentro del recibo de sueldo del mes de diciembre.


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