El camarista Benjamín Moisá desafió la reforma de fueros

En una causa de Cobros y Apremios, el magistrado emitió un voto en disidencia. El planteo profundiza su enfrentamiento con el máximo tribunal.

Benjamín Moisá.
Benjamín Moisá.

Resumen para apurados

  • En Tucumán, el camarista Benjamín Moisá rechazó intervenir en un fallo de apremios al alegar inhabilidad constitucional frente a la reforma de fueros de la Corte provincial.
  • El magistrado emitió un voto en disidencia tras sostener que la unificación de cámaras viola la garantía del juez natural, dado que no fue designado para materias ajenas a su fuero.
  • La postura profundiza el conflicto con el máximo tribunal y genera incertidumbre sobre la validez jurídica de las sentencias dictadas bajo el nuevo esquema multifuero.
Resumen generado con IA

El camarista civil Benjamín Moisá abrió un nuevo frente de conflicto con la Corte Suprema de Justicia de Tucumán al declararse en “inhabilidad jurisdiccional constitucional” y negarse a intervenir en una causa de Cobros y Apremios. La decisión, plasmada en una disidencia dentro del expediente “Caja Popular c/ Romano”, cuestiona de raíz la reforma de la Ley 9.987 y la implementación de las Oficinas de Gestión Asociada (OGA), esquema mediante el cual el máximo tribunal unificó las Cámaras Civiles y Comerciales con las de Documentos y Locaciones para conformar tribunales multifuero.

Mientras sus pares de la Sala II, María del Pilar Amenábar y María Dolores Leone Cervera, convalidaron la competencia ampliada para conceder una queja procesal, Moisá optó por abstenerse formalmente de dictar sentencia. En los fundamentos de su apartamiento, el magistrado remarcó que su título no habilita una función genérica e ilimitada. “En mi caso, concursé, fui seleccionado, propuesto y designado para desempeñar el cargo de Vocal de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Común del Centro Judicial Capital. No concursé ni fui seleccionado ni designado para desempeñar el cargo de Vocal de la Cámara de Apelaciones en Documentos y Locaciones”, argumentó con dureza. Bajo esa premisa, afirmó que la garantía del juez natural protege al justiciable y que una simple modificación legislativa o reglamentaria no puede trasladar de forma automática atribuciones sustanciales sin un nuevo nombramiento constitucional.

Moisá profundizó sus reparos al señalar que el fuero de Cobros y Apremios no es una simple variante procesal privada, sino un ámbito signado por prerrogativas de derecho público para la ejecución de acreencias y tributos estatales. Al vincular esta objeción con las facultades de superintendencia de la Corte, el camarista recordó conceptos doctrinarios de Germán Bidart Campos para advertir que las decisiones organizativas del Alto Tribunal no pueden “convertir una controversia jurídica fundada sobre los límites de la jurisdicción en una cuestión de obediencia administrativa”. Para el juez, aceptar la ampliación de materias sin título habilitante violaría de forma directa su juramento de fidelidad a la Constitución.

Nuevo desafío

Este nuevo pronunciamiento escala la prolongada disputa institucional entre Moisá y la cúpula del Poder Judicial, sumándose a su anterior resistencia pública contra las OGA en los fueros civiles y a la reciente demanda contenciosa administrativa que promovió contra la Provincia para anular el llamado de atención que la Corte le impuso por rechazar escritos sin firma digital. Al concluir en su voto que todos los vocales del tribunal carecen de habilitación legítima para entender en ejecuciones ajenas a su nombramiento, el camarista volvió a desafiar el diseño organizativo de la Corte y sembró un manto de incertidumbre procesal sobre la validez de los fallos emitidos bajo el esquema multifuero unificado.

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