Qué modificaciones propone la nueva Ley de Discapacidad

El proyecto que aprobó Diputados elimina la emergencia en discapacidad e impulsa la capacitación, la empleabilidad y las auditorías.

Qué modificaciones propone la nueva Ley de Discapacidad
Foto: Chequeado

Resumen para apurados

  • Diputados dio media sanción a la reforma de la Ley de Discapacidad impulsada por el oficialismo, tras meses de reclamos y con miras a reemplazar la emergencia vigente.
  • El texto aprobado permite compatibilizar pensiones con trabajo formal hasta dos salarios mínimos, elimina la emergencia y refuerza auditorías mediante cruce de datos.
  • El proyecto pasó al Senado para su tratamiento definitivo, donde se definirá un nuevo marco de incentivos laborales, prestaciones y controles estatales del sector.
Resumen generado con IA

Esta madrugada se votó en la Cámara de Diputados la modificación de la Ley de Discapacidad. Después de meses de reclamos del sector afectado por los recortes, el oficialismo, impulsor de la reforma, logró la aprobación parcial de la legislación. El texto se aprobó con 237 votos a favor, 9 en contra y 4 abstenciones, y todavía debe pasar por el Senado.

La legisladora libertaria Laura Rodríguez Machado fue la principal conductora de las modificaciones que se pidieron al texto. Las negociaciones se dieron entre el oficialismo, Unión por la Patria y los frentes provinciales. Ocho diputados cordobeses –Provincias Unidas y Unión por la Patria– y la diputada mendocina Lourdes Arrieta fueron los que rechazaron el proyecto.

Ley de Discapacidad: eliminación de la emergencia

Aunque el peronismo buscaba extender la emergencia en discapacidad por un año más, La Libertad Avanza propuso eliminar el concepto de emergencia. En cambio, se contempló mantener el Certificado Único de Discapacidad, la actualización mensual de la prestación por IPC y la pensión no contributiva, además de la posibilidad de cobrarla teniendo un trabajo registrado o siendo monotributista.

El actual proyecto reemplaza el régimen transitorio de emergencia que tenía fecha de vencimiento el 31 de diciembre próximo.

Empleo formal y prestaciones

Los titulares podrán tener la pensión por discapacidad incluso mientras trabajen en relación de dependencia o como monotributistas. La prestación se mantendrá siempre que sus ingresos no sean superiores a los dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles. En caso de superar el monto permitido, la prestación se suspenderá hasta que los ingresos desciendan nuevamente.

También se ratifica el artículo 7.° bis, que establece que “los valores de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad serán iguales para todas las personas jurídicas obligadas por la presente ley, determinados por el directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las personas con Discapacidad (...)”.

Incentivo al empleo

El proyecto mantiene las contribuciones patronales reducidas para los empleadores que decidan contratar de forma permanente a personas con discapacidad. El personal de las entidades que integran el Sistema de Prestaciones Básicas, además, deberá ser capacitado en materia de derechos y trato no discriminatorio.

Auditorías y controles

La Secretaría Nacional de Discapacidad deberá cruzar información con organismos públicos como Anses, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, el Registro Nacional de las Personas y el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social para hacer controles periódicos sobre los beneficios.

Ante la detección de un incumplimiento, se podrá proceder a la suspensión de los beneficios, siempre que se realice un “debido proceso inclusivo”. Esto contempla la notificación en tiempo y forma y la posibilidad de enmendar las faltas para tramitar la rehabilitación provisoria.

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