Aumento en la Prestación por Desempleo de Anses: cómo quedan las escalas y quiénes cobran la suba

La actualización del Salario Mínimo, el organismo ajusta los topes del haber mensual. Cuáles son los requisitos de aportes y los plazos clave para tramitar la cobertura.

Hace 4 Hs

Resumen para apurados

  • El Gobierno oficializó en Argentina un aumento de la prestación por desempleo de Anses desde septiembre, tras fijar el nuevo salario mínimo por falta de acuerdo paritario.
  • La suba se definió por resolución e indexa el beneficio al salario básico: cubrirá entre el 50% y el 100% del haber mínimo según los aportes previos del trabajador despedido.
  • El esquema fijará un sendero de actualización mensual escalonado hasta abril de 2027, garantizando mayor cobertura económica mientras se busca la reinserción laboral formal.
Resumen generado con IA

Los trabajadores despedidos de sus empleos sin justa causa recibirán una actualización en la asistencia económica que liquida la Anses. La modificación responde al reajuste del Salario Mínimo, Vital y Móvil, dispuesto de manera oficial por el Gobierno nacional a través de la Resolución 4/2026 del Consejo del Salario, tras no alcanzarse un consenso entre la representación sindical y los sectores empresariales en las reuniones paritarias.  

Esta medida fija un sendero de incrementos graduales para el ingreso básico, que pasa de los $383.800 fijados para septiembre de 2026 hasta alcanzar los $437.000 en abril de 2027. Al estar atada por ley al piso salarial del país, la Prestación por Desempleo experimentará un incremento proporcional en sus topes mínimos y máximos, garantizando una actualización continua en el haber que perciben las personas que se encuentran en la búsqueda activa de una nueva inserción en el mercado de trabajo formal.

Prestación por Desempleo: a cuánto estála prestación

El haber mensual de esta cobertura equivale al 75% del mejor sueldo neto, normal y habitual percibido por el asalariado dentro de los últimos seis meses de vigencia del contrato laboral. No obstante, el marco legal determina que el monto final a cobrar no puede resultar inferior al 50% del salario mínimo vigente, ni tampoco superar el 100% de dicho valor.

De esta forma, el cronograma de cobro para el período 2026-2027 queda determinado de la siguiente manera:

  • Septiembre 2026: con un salario básico de $383.800, el piso de cobro se ubica en $191.900 y el haber máximo alcanza los $383.800.
  • Octubre 2026: el haber mínimo sube a $391.200, fijando la prestación entre $195.600 y $391.200.
  • Noviembre 2026: con la pauta salarial en $398.800, la asistencia oscila entre $199.400 y $398.800.
  • Diciembre 2026: la referencia salarial trepa a $406.400, llevando el cobro mínimo a $203.200 y el máximo a $406.400.
  • Enero 2027: ante un ingreso de referencia de $414.200, el haber parte desde $207.100 y llega a $414.200.
  • Febrero 2027: con la pauta en $422.000, los topes se ajustan entre $211.000 y $422.000.
  • Marzo 2027: el ingreso base sube a $429.600, ubicando el haber entre $214.800 y $429.600.
  • Abril 2027: al culminar el esquema con un sueldo de $437.000, el piso queda en $218.500 y el techo en $437.000.

Requisitos de aportes:

  • Trabajadores permanentes: Al menos 6 meses de aportes en los últimos 3 años anteriores al cese laboral.
  • Personal eventual o de temporada: Haber prestado servicios durante más de 12 meses en los últimos 3 años.
  • De 6 a 11 meses de aportes: 2 cuotas mensuales.
  • Más de 36 meses de aportes: Máximo de 12 cuotas mensuales.
  • Mayores de 45 años: Derecho automático a solicitar una extensión por 6 meses adicionales.
  • Iniciar dentro de los 90 días hábiles posteriores al fin de la relación laboral.
  • Presentar DNI y documentación probatoria del despido (carta documento, telegrama o acta de conciliación).
  • Los días de demora posteriores a los 90 días hábiles se descuentan del total de cuotas a cobrar.
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