CAPTURADO. Facundo Ale fue detenido el 3 de octubre, en un campo cercano a Santiago del Estero. CAPTURA DE VIDEO
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) dejó firme una condena penal que pesaba sobre Juan Facundo Ale, el hijo de Ángel “El Mono” Ale, al declarar inadmisible el último recurso presentado por su defensa. El fallo, emitido el 7 de octubre de 2025, resuelve la impugnación extraordinaria interpuesta por el abogado Ricardo Fanlo en la causa caratulada como: "Ale Juan Facundo s/ Amenazas agravadas por el uso de armas”. La sentencia, rubricada por los vocales Daniel Oscar Posse, Antonio D. Estofán y Daniel Leiva, en ese orden, confirmó la resolución previa del Tribunal de Impugnación Penal, representado por la jueza Laura Casas, desestimando la argumentación que buscaba habilitar la instancia de revisión extraordinaria.
La defensa del acusado había sostenido que la condena le producía un gravamen irreparable y tachó de arbitraria la sentencia, al entender que se habría basado en un único testimonio, supuestamente “plagado de fabulaciones y contradicciones”, sin valorar debidamente otras pruebas, como la denuncia por la destrucción de un DVR que podría haber acreditado su inocencia.
La condena se originó en un proceso que tuvo como víctima a Mercedes Zulema Galván, miembro de “Los Gardelitos”. El 4 de abril de 2025, Fernando Zóttoli Ortiz, miembro del Colegio de Jueces y Juezas del Centro Judicial Capital, dictó la sentencia condenatoria en primera instancia a un año y seis meses de prisión de ejecución condicional por entender que el mismo resultó autor material y responsable del delito de amenazas agravadas por ser anónimas y por el uso de armas de fuego por un hecho ocurrido el 15 de abril del año pasado. Ese día, Mercedes “Blanca” Galván denunció a Ale por haber realizado disparos en contra de su casa. Según su declaración, el acusado de 32 años, se presentó en su domicilio, ubicado en el barrio Victoria, a bordo de un Mercedes Benz. Desde el interior del vehículo, “Facundito” habría realizado al menos cinco disparos con una pistola, cuyos proyectiles impactaron en el frente de la vivienda de Galván.
Luego de la condena, la defensa técnica de Ale, articuló un recurso de impugnación, argumentando errores en la valoración de la prueba y la calificación legal. Esta apelación fue llevada a conocimiento del Tribunal de Impugnación Penal del Centro Judicial Capital, que funcionó de manera unipersonal con la intervención de la jueza Casas quien el 1 de julio de 2025 resolvió no hacer lugar al recurso de impugnación y confirmar la sentencia de Zóttoli.
DETENIDO. Facundo Ale fue trasladado el lunes al penal de Benjamín Paz. FOTO TOMADA DE COMUNICACIONTUCUMAN.GOB.AR
La última esperanza de la defensa se cifró en el Control Extraordinario, un recurso de índole excepcional que sólo procede ante casos de gravedad institucional o cuando la sentencia atacada resulta arbitraria, es decir, carece de fundamentación legal o fáctica.
El recurso deducido por Fanlo atacó el pronunciamiento de la jueza Casas. Sin embargo, el fallo de la CSJT fue lapidario. Posse, vocal preopinante, dejó establecido que la impugnación no cumplía con los requisitos para habilitar la instancia extraordinaria, señalando que la misma no se encontraba: "...adecuadamente fundamentada la existencia de la cuestión federal denunciada ni la existencia de arbitrariedad de la sentencia en crisis."
La Corte Suprema insistió en que el recurso de control extraordinario no es una instancia de revisión de los hechos o de la prueba, sino un remedio contra sentencias que vulneran garantías constitucionales de manera manifiesta. A tal efecto, el Tribunal, con el aval del vocal Estofán y del presidente de la Corte, Leiva, invocó la doctrina consolidada al citar que: “el error en la apreciación de la ley o en la estimación de las pruebas traídas a juicio, sea cual fuere su gravedad, no hace arbitraria una sentencia en el sentido propio y estricto de la expresión”.
En definitiva, la CSJT rechazó el planteo de la defensa por considerarlo una mera reedición de argumentos ya tratados, y dispuso en el punto I de su parte resolutiva: “declarar inadmisible la impugnación extraordinaria…”
A partir de esto, la sentencia condenatoria de primera instancia por amenazas agravadas a Mercedes Zulema Galván ha adquirido el carácter de firme y ejecutable. La Justicia ya no tiene obstáculos para ordenar su cumplimiento efectivo.
Facundo Ale enfrentado con "Los Gardelitos"
Este desenlace judicial se produce en medio de un nuevo escándalo que devolvió a Juan Facundo Ale a los titulares de la crónica policial. El 3 de octubre el joven se entregó a la Policía tras permanecer prófugo por su participación en un violento tiroteo en Tafí Viejo, un incidente que se enmarca en la vieja disputa con “Los Gardelitos” y por el cual fue imputado de abuso de arma de fuego. Luego de su entrega, y tras ofrecer el Gobierno una recompensa de $15.000.000 por datos sobre su paradero, Ale fue alojado el lunes en el penal de Benjamín Paz.
Con la nueva causa en curso y, ahora, con una condena previa de carácter firme, el panorama penal para Ale se torna extremadamente complejo. La Justicia provincial tiene dos expedientes de alto perfil para definir el futuro del acusado, quien queda formalmente bajo arresto tanto por su nueva imputación como por la pena ya confirmada en el caso de amenazas agravadas. En consecuencia ya no puede pesar otra pena de ejecución condicional contra el acusado, sino que, en caso de recibir una nueva, deben unificarse y su cumplimento será de carácter efectivo.











