La Justicia le pide a la AFIP que explique por qué restringe la compra de dólares

La Justicia le pide a la AFIP que explique por qué restringe la compra de dólares

Un juez de Mar del Plata indicó que no hay peligro para el demandante hasta que se resuelva la situación de fondo.

04 Junio 2012

BUENOS AIRES.-La Justicia rechazó la medida cautelar solicitada por un hombre que quería comprar dólares y la AFIP se lo impidió.

El juez Alfredo López, titular del Juzgado Federal 4 de Mar del Plata, rechazó el recurso para que la AFIP le permita a un amparista comprar o vender dólares, mientras dura el proceso en curso.

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El magistrado advirtió que tomó esa decisión en virtud de que el proceso de fondo está empezando, y hasta el momento "no existen elementos de juicio que permitan tener por acreditado el peligro en la demora del demandante, pues éste exige que la probabilidad de la tutela jurídica definitiva que se espera con la sentencia a pronunciarse, no pueda en los hechos realizarse; es decir, que los efectos del fallo a dictarse resulten estériles. Pero en el caso, ello es improbable que suceda; y más aún que de dictarse la medida solicitada podría configurarse un anticipo de jurisdicción favorable acerca del resultado final del asunto; toda vez que es necesario avanzar sobre la cuestión de fondo".

Además, el juez solicitó a la AFIP que los antecedentes y fundamentos legales de la medida que impuso los controles en el mercado de cambio, el que deberá ser evacuado dentro de los 10 días de requeridos.

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Para ello le pidió a la AFIP que en 10 días le envíe un informe sobre “los antecedentes y fundamentos legales” de la norma que regula la adquisición de divisas, según informó el Centro de Información Judicial (CIJ).

Asimismo y pese a rechazar la cautelar, el juez no hizo lugar al pedido del fiscal, que pretendía cerrar definitivamente el caso denegando el amparo.

El juez consideró que “la desestimación de ese modo de un amparo, más teniendo en cuenta la naturaleza de la pretensión invocada, debe ser decidido con criterio restrictivo y suma cautela pues se podría asimilar a una denegación de justicia”.

La AFIP ya había asegurado en una respuesta judicial que no era la responsable de restringir las operaciones y le pasó la responsabilidad al Banco Central. (Télam-Infonews.com)

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