Elecciones suspendidas en Tucumán: en qué otros casos la Corte Suprema intervino en los comicios provinciales

Elecciones suspendidas en Tucumán: en qué otros casos la Corte Suprema intervino en los comicios provinciales

Santiago del Estero, La Rioja y Río Negro tuvieron precedentes con similitudes a lo que sucedió ayer con las elecciones de Tucumán y San Juan.

Casas, Weretilneck y Zamora no compitieron en elecciones provinciales por fallos de la corte. Casas, Weretilneck y Zamora no compitieron en elecciones provinciales por fallos de la corte.
10 Mayo 2023

La suspensión de las elecciones en Tucumán y San Juan fue un baldazo de agua fría tanto para la política provincial como nacional. Si bien a primera instancia este tipo de dictámenes de la Corte Suprema de la Nación (CSJN) en las elecciones provinciales puede parecer novedosa, lo cierto es que durante la última década hubo tres antecedentes en la que intervinieron en las elecciones provinciales para invalidar los intentos de re-reelección de Gerardo Zamora en Santiago del Estero en 2013, el de Alberto Weretilneck en Río Negro y el del riojano Sergio Casas en 2019.

Vale recordar que en el dictamen de la CSJN, que suspendió las elecciones en Tucumán y San Juan, se citaron a los tres casos debido a las similitudes que presentaban.

¿Por qué invalidaron la re-reelección de Gerardo Zamora en 2013?

En 2013, el gobernador de Santiago del Estero, Gerardo Zamora, buscaba su tercer mandato al frente del poder ejecutivo. A partir de una causa iniciada por la Unión Cívica Radical, la Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió la convocatoria a elecciones dictando una medida cautelar.

En esa oportunidad, el Superior Tribunal de Justicia de Santiago del Estero había autorizado a Zamora a presentarse para un tercer mandato consecutivo. Sin embargo, la acción de declarativa de certeza de la UCR planteaba que el artículo 152 y la disposición transitoria sexta de la Constitución Provincial no permitían que el gobernador se presentará en los comicios provinciales.

El Artículo 152 dispone que “el gobernador y vicegobernador ejercerán sus funciones por el término de cuatro años, sin que evento alguno pueda motivar su prórroga. Podrán ser reelectos o sucederse recíprocamente, por un nuevo período únicamente. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente, no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con intervalo de un período”. 

En tanto, la disposición sexta aseguraba que el mandato de gobernador, en ejercicio al momento de sancionarse la reforma, debía “considerarse como primer período”.

El 22 de octubre de 2013, cinco días antes de los comicios, el máximo tribunal suspendió las elecciones cinco días antes de los comicios con un fallo que llevaba las firmas de Carlos Fayt, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Petracchi.

Finalmente, el 27 de octubre se eligieron diputados provinciales, intendentes y concejales. En tanto, la elección a gobernador se realizó el domingo 1 de diciembre. Zamora decidió bajar su candidatura y, en su lugar, poner a Claudia Ledesma Abdala, su esposa, que ganó los comicios con el 64% de los votos.

¿Por qué se frenaron las candidaturas de Sergio Casas y Alberto Weretilneck en La Rioja y Rio Negro?

En marzo de 2019, la Corte falló sobre las elecciones provinciales. En esa ocasión fue contra los intentos de una nueva reelección de dos gobernadores: el riojano Sergio Casas y el rionegrino Alberto Weretilneck.

En el caso de La Rioja, los jueces de la Corte se pronunciaron contra la reforma constitucional que se hizo en la provincia, luego de un referéndum de enero de ese mismo año para habilitar un tercer mandato consecutivo de Casas. Fue 41 días antes de la elección a gobernador y el argumento central fue que la reforma respondía a la necesidad de validar la reelección.

En Río Negro, el artículo 175 de la Constitución Provincial precisa que los gobernadores se pueden presentar a dos elecciones consecutivas. "El gobernador y el vicegobernador pueden ser reelectos o sucederse recíprocamente por un nuevo período y por una sola vez. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente, no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos sino con un período de intervalo", dice el artículo.

Alberto Weretilneck, gobernador en ese momento, dijo que él asumió como vicegobernador en su primer mandato y llegó a la gobernación cuando el gobernador Carlos Soria fue asesinado por su esposa. Weretilneck insistía en que no se sucedió "recíprocamente" a su antecesor, y por eso el mandato que cursaba debía considerarse como su primera gestión como gobernador.

El fallo de la Corte Suprema fue votado de manera dividida. La mayoría compuesta por Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda consideraron que el artículo de la constitución rionegrina impedía la reelección de alguien que fue en forma consecutiva vicegobernador y luego gobernador. Fue 16 días previos a la elección.

En tanto, Carlos Rosenkrantz consideró que se estaba discutiendo la autonomía de las cortes provinciales para dirimir los conflictos en sus distritos. Según Rosenkrantz, la decisión del Superior Tribunal de Justicia -que falló a favor de Weretilneck- no contradecía de manera flagrante el artículo 175 de la constitución provincial.

Por este motivo, Weretilneck bajó su candidatura y Arabela Carreras fue su sucesora, quien ganó las elecciones con el 52% de los votos.

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