Manzur candidato a vicegobernador: Alfaro busca que la causa sea enviada a la Corte de la Nación

Manzur candidato a vicegobernador: Alfaro busca que la causa sea enviada a la Corte de la Nación

El intendente de San Miguel de Tucumán presentó un escrito para que el máximo tribunal provincial decline la competencia en el expediente.

EN VEREDAS OPUESTAS. Manzur es el conductor del PJ tucumano; Alfaro es líder del PJS y aliado a Juntos por el Cambio. EN VEREDAS OPUESTAS. Manzur es el conductor del PJ tucumano; Alfaro es líder del PJS y aliado a Juntos por el Cambio.
22 Noviembre 2022

El intendente de San Miguel de Tucumán, Germán Alfaro (PJS-JxC), concretó una nueva presentación contra la acción de amparo que tramita el jefe de Gabinete, Juan Manzur, ante la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) para buscar un aval judicial que le permita postularse como candidato a vicegobernador por el PJ en las elecciones provinciales de 2023.

El jefe municipal, que aguarda la respuesta del máximo tribunal local a su pedido para actuar en este proceso como tercero coadyuvante de la Provincia -demandada en el expediente promovido por Manzur-, planteó un recurso de declinatoria para buscar que el caso sea enviado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

A criterio de Alfaro, el órgano judicial presidido por Daniel Leiva no tiene competencia para resolver esta causa, por lo que debe desprenderse del expediente. "Si así no se procediere, todo lo actuado devendría inexorablemente nulo", sostuvo el líder del PJS.

Un "vacío" en la Constitución, el argumento de Manzur

Manzur -patrocinado por Antonio Raed- recurrió a la CSJT el 20 de octubre mediante una acción de amparo con el objeto de que el alto tribunal se expida con relación a su pretensión de secundar la fórmula del oficialismo en los comicios del 14 de mayo.

El jefe de Gabinete expuso que la Constitución provincial, si bien establece el tope de una reelección, habilita al vicegobernador a ser candidato a gobernador en el período inmediatamente posterior al segundo mandato. Sin embargo, según su argumento, la Carta Magna presenta un "vacío" respecto a si el gobernador, una vez alcanzado aquel límite, puede aspirar a la "vice". 

En ese marco, sostuvo que resulta "indispensable" que "el Estado genere las condiciones y mecanismos óptimos para que los derechos políticos puedan ser ejercidos de forma efectiva, respetando el principio de igualdad y no discriminación".

El 25 de octubre, a pedido de la presidencia de la CSJT, el ministro fiscal Edmundo Jiménez emitió un dictamen -no vinculante- en el que indicó que, a su criterio, correspondía al máximo tribunal provincial la competencia originaria de este caso, en línea con el artículo 4° del Código Procesal Constitucional (CPC), por tratarse de un expediente de naturaleza "político institucional".

Esta fue, finalmente, la postura que adoptó la Corte de Tucumán al definir esta cuestión. Y también coincidió con esta perspectiva la Fiscalía de Estado, representada por Leonardo Francisco Debono, una vez que elevó el informe para la contestación de la demanda planteada por el gobernador en uso de licencia. 

Alfaro, sin embargo, disintió con estas miradas. Hasta el momento, el líder del PJS no obtuvo respuestas respecto a su pedido para actuar en este proceso. Pero, mientras tanto, sumó un nuevo escrito para requerir que la Corte provincial decline de continuar actuando en el caso "Manzur" y remita el expediente al máximo tribunal nacional.

El planteo de Alfaro para que el caso sea enviado a la Corte

"El reclamo relativo a la arbitrariedad e ilegitimidad de lo que considera una omisión (...) de la Constitución provincial, que él (por Manzur) protesta, pretende tener sustento en la Constitución nacional, en la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos", expresó Alfaro en el escrito, al que accedió LA GACETA.

Agregó luego que, según la jurisprudencia, "la Corte Suprema ha resuelto invariablemente que, si la materia del litigio es federal y la demandada es una Provincia, corresponde su competencia originaria" al máximo tribunal de la Nación.

"La competencia federal por la materia es improrrogable, razón por la cual el caso debe ser remitido sin más a la CSJN", insistió Alfaro.

Y señaló que, "por esta razón", el órgano presidido por Horacio Rosatti "ha podido entender en diversos planteos donde candidatos a cargos electivos en las provincias pretendían, como aquí, reelecciones que los textos de las constituciones provinciales no autorizaban taxativamente". Mencionó en ese grupo antecedentes de Santiago del Estero, de La Rioja, de Santa Fe y de Río Negro.

Por todo ello, Alfaro insistió para que se tenga por ampliado su pedido para ser admitido como tercero en este proceso, y solicitó que la CSJT "decline su competencia en favor de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, remitiendo la causa a efectos de que tramite ante su competencia originaria".

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