Estas son las nuevas medidas anunciadas por el presidente, Alberto Fernández

Estas son las nuevas medidas anunciadas por el presidente, Alberto Fernández

Tucumán deberá acatar las previstas para la zona de alto riesgo sanitario y epidemiológico .

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30 Abril 2021

El presidente, Alberto Fernández, anunció las nuevas restricciones para todo el país, que entrerán en vigencia mañana y regirán hasta el viernes 21 de mayo, inclusive.

El mandatario dividió el país en cuatro zonas: situación de bajo, de medio, de alto riesgo epidemiológico y de alarma epidemiológica y sanitaria. la división se hace de acuerdo a tres factores: razón -aumento de  casos en últimos 14 días-, incidencia -cantidad de casos sobre población- y ocupación de camas en Unidades de terapia Intensiva (UTI).

Medidas generales para todo el país:

-Viajes grupales: se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.
-Reuniones sociales: se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.
-Personas de riesgo: se suspende la obligación de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

MEDIDAS  PARA ZONAS DE RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLOGICO MEDIO:
Es facultad y responsabilidad  de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la  circulación para prevenir los contagios.

MEDIDAS PARA ZONAS DE  ALTO RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLOGICO (de más de 40.000 habitantes-Indicadores: a) RAZON: MAYOR A 1.20 e b) INCIDENCIA: MAYOR A 150 c/  100.000 HABITANTES). En esta franja se ubica Tucumán.

- Reuniones sociales: se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la  asistencia de personas que requieran especiales cuidados. Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.

- Deportes: la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas
Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

- Horario de cierre de gastronomía: se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23.

- Prohibición de circulación se prohíbe la circulación entre las 0 y las 6 de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).

- Aforo: se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.


DISPOSICIONES  LOCALES Y FOCALIZADAS DE CONTENCION: para limitar la circulación por  horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

MEDIDAS PARA ZONAS DE ALERTA EPIDEMIOLOGICA Y SANITARIA

- Actividades suspendidas: centros comerciales y shoppings. Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados. Locales comerciales entre las 19 y las 6 del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
- Restricción en ámbito educativo: se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.

- Deportes: se prohíben los deportes grupales. Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

- Horario de cierre de gastronomía: entre las 19 y las 6 del día  siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán  atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

- Prohibición de circulación se prohíbe la circulación entre las 20 y las 6 de día siguiente. (Según las jurisdicciones, las autoridades  podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de  cada lugar).

- Transporte público: solo para esenciales y autorizados.

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