La trampa del reduccionismo

La sinécdoque es una trampa simpática: permite mencionar “un todo” mediante sólo “una parte”. Un ejemplo clásico es hablar de “100 cabezas de ganado” para referirse, por supuesto, a un centenar de reses completas. Pero si se mira más allá de su embrujo sustitutivo, se advertirá que está diseñada para mencionar una cosa con el nombre de otra: acero, en vez de espada. Es que la sinécdoque viene de una familia de palabras que alardea de esa magia del desplazamiento: los tropos. Un tropo consiste en emplear una palabra en sentido distinto del que le corresponde. Y eso es posible porque esa palabra guarda con ese sentido alguna conexión. En materia de sinécdoques, por caso, ocupar el Sillón de Rivadavia en lugar de ejercer la jefatura de todo el Poder Ejecutivo de la Nación. Justamente, la sinécdoque urde un engaño: el reduccionismo. De esa materia está hecha la retórica del Gobierno nacional acerca de Vicentin SAIC.

Esta sociedad anónima industrial y comercial se halla desde hace dos meses en un concurso preventivo, solicitado a partir de incurrir en una cesación de pago con acreedores privados y estatales. Consecuentemente, hay un proceso judicial en marcha; hay un juez que interviene; todo se rige bajo la Ley de Concursos y Quiebras (24.522), y actúa la AFIP.

Pese a tanta ingeniería legal en marcha, el presidente Alberto Fernández intervino Vicentin con el DNU 522/20. Esta disposición choca con dos mandatos constitucionales. Primero, contra el artículo 99: legislar por decreto sólo es admisible cuando hay circunstancias excepcionales que impiden seguir el trámite ordinario para sancionar leyes. Tal cosa no opera en este caso. La segunda colisión es contra el artículo 109: “En ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales”. Y aquí hay un concurso en marcha.

Para que no se repare en tanta contradicción con la Carta Magna, el Gobierno nacional apela a un reduccionismo discursivo: predica que todo se limita a “una empresa”; inclusive, a “una exportadora de granos”. E hilvana derivaciones parcializadas, sustitutivas del “todo”: es “una sola firma”; por tanto no puede hablarse de una “tendencia”; y no existe una “política de gobierno” destinada a expropiar toda empresa privada en situación de quebranto.

Enredar el debate en ese terreno es caer en la trampa de la sinécdoque oficial. Un ardid que, incluso, invita a muchos a no inmiscuirse en la discusión porque, según la “jibarización” estatal del asunto, sólo es el caso de una compañía de Santa Fe. La cuestión, sin embargo, es más amplia. Y más grave. Lo que está en juego es si el Ejecutivo puede pasar por encima del Congreso, legislando por DNU cuando no hay razón para ello; y si puede pasar por encima de la Justicia, pese a la taxativa prohibición constitucional. Lo que está en disputa, entonces, es si un Gobierno puede actuar contra la Carta Magna. Y si, además, puede menoscabar uno de los cimientos del ordenamiento jurídico: la protección de la propiedad privada. Porque si puede hacer todo eso una vez, queda legitimado para hacerlo cuantas veces quiera.


Por otro mostrador

Para urdir su sinécdoque, el oficialismo cuenta 1.000 verdades. Todas ellas en función del reduccionismo de que “todo esto se refiere sólo a una empresa”. La más recurrente de esas certezas es el papel del macrismo en el crecimiento de la deuda de Vicentin. Es real: entre 2015 y 2019 se duplicó la deuda de la firma con el Banco Nación (pasó de U$S 150 millones a U$S 300 millones). De ello, el 30% (U$S 87 millones) surge de 28 préstamos concedidos en 18 días, entre el 8 y el 26 de noviembre pasados. Una semana después, el 5 de diciembre, la empresa declaraba su “estrés” financiero y anunciaba el cese de pagos que dispararía el concurso de acreedores. Hay una denuncia penal de la Unidad de Investigación Financiera (UIF) contra el ex presidente Mauricio Macri, el titular del BCRA, Guido Sandleris, y el titular del Banco Nación, Javier González Fraga, por presunto lavado de activos. Primero, porque no se sabe a dónde fue la plata de los préstamos. Segundo, porque no se entiende cómo se le prestó semejante dineral a una empresa que días después emprendió un camino que normalmente termina en la quiebra. Tercero, porque Vicentin fue uno de los grandes aportantes de la campaña para la reelección de Macri.

Ahora bien, todo eso va por otro mostrador. Es decir: sería fantástico que la Justicia nacional investigue y que, de probarse los delitos, condene. Sería una ruptura con los últimos 30 de años de impunidad argentina. Porque, como no hay castigo, en este país tener dinero bien ganado es cosa de oligarcas, pero tener dinero mal habido producto del saqueo del Estado es una virtud de los revolucionarios de la redistribución de la riqueza. Pero aún en la hipótesis de que se hayan cometido esos ilícitos, ¿eso hace menos grave el decreto 522/20? Si hay sentencia de culpabilidad, ¿entonces el DNU de la Casa Rosada ya no violenta tanto la Constitución Nacional?

La cuestión en la intervención de Vicentin es el avasallamiento de la legalidad por parte de un Gobierno que vulnera derechos de personas (jurídicas en este caso) privadas. Y hay una sinécdoque oficial para que eso se pierda de vista.


Claridad rioplatense

El periodista de La Nación Carlos Pagni (sus columnas pueden leerse en LA GACETA) entrevistó el lunes, en el programa “Odisea Argentina”, al ex presidente uruguayo Julio María Sanguinetti. Este intelectual rioplatense marcó un contraste en la coyuntura sanitaria: la globalización no tiene gobernanza, mientras que la globalizada pandemia reclama la centralidad del Estado. El Estado se ha tornado ineludible para combatir el coronavirus, y allí donde no actuó (EEUU, Brasil, México) han operado desastres epidemiológicos. Para que el Estado sea central, planteó el ex mandatario, debe tener autoridad. Para que esa autoridad sea democrática, debe tener límites. Esos límites son la institucionalidad.

De esa materia está hecho todo cuanto solapa la sinécdoque oficialista de que lo de Vicentin es “sólo el asunto de una empresa”. Durante los famosos “primeros 100 días de gestión” de Fernández, que fueron precisamente los únicos libres de cuarentena (entre el 10 de diciembre, cuando asumió, y el 19 de marzo, cuando decretó el aislamiento social obligatorio), el Gobierno desplegó moderación, acorde con la complejidad de su circunstancia: el Presidente llegaba al poder no como un accionista del peronismo (no era un gobernador, ni un Kirchner, ni un referente del massismo), sino más bien como un “gerente”. Y aunque había derrotado en primera vuelta a Macri, el ex mandatario se iba con el 40% de los votos. El Presidente, para decirlo con lógica peronista, tenía el Gobierno, pero no el poder.

Inmediatamente después, la peste puso sin escalas al Poder Ejecutivo Nacional en el centro de la escena. El Poder Judicial cerró las puertas. Y el Congreso demoró en reactivarse. La urgencia le dio a la Presidencia (devenida sinónimo del Estado) un margen de maniobra casi total para dictar normas y disponer de los bienes públicos. Entonces, el recién asumido Presidente decidió que a toda esa autoridad la emplearía sin limitaciones. Ni frenos económicos para emitir. Ni frenos institucionales para intervenir. No es “otro” Presidente, sino un mismo jefe de Estado en dos circunstancias: una, inaugural, en que se ve constreñido por su falta de poder de origen; y otra en la cual adquiere poder en ejercicio.

En el primer caso, Fernández seguía siendo el mismo que durante la década anterior: un crítico de los desbordes del kirchnerismo de Cristina Fernández, que gobernaba sin reconocer límites institucionales a su tarea. En el segundo caso, el kirchnerismo es cultura.


Paga Juan Pueblo

La sinécdoque según la cual la intervención concretada -y la expropiación anunciada- de Vicentin es “sólo cosa de una empresa” evita mencionar los costos que los contribuyentes deberán enfrentar. En una sigla, YPF.

En primer lugar, el estatuto de la razón social habla de la explotación y comercialización de hidrocarburos. Una unidad de negocios de Vicentin produce bioetanol, con lo cual podría haber relación, disimulando que no se trata de un compuesto mineral. Pero harina y aceite de soja, yogures y vinos no se configuran como “objeto” de los Yacimientos Petrolíferos Fiscales. Léase, YPF está floja de papeles para hacerse cargo de la SAIC.

En segundo lugar, ¿cuánto más manoseos admite YPF? En abril de 2012, Cristina Fernández envió al Congreso el proyecto de expropiación del 51% de las acciones de la petrolera en manos de Repsol, en nombre de la “soberanía energética”. Se acordó pagar finalmente U$S 6.000 millones, que era más de lo que valía el 100% de la empresa reestatizada en 2015, cuando su progresiva pérdida de valor había llegado al 60% y la acción se comercializaba a U$S 15. Ayer, la cotización de la acción, según el sitio oficial de YPF, llegaba apenas a U$S 6. ¿Cuándo valdrá después de que, en nombre de la “soberanía alimentaria”, incorpore los 3.600 empleados de Vicentin? ¿Cuánto más caro les saldrá a los argentinos pagar la deuda de la firma expropiada?


Cuestión de primacías

“Soberanía” es el eufemismo con el cual el oficialismo pretende que tener la circunstancial primera minoría de los votos (cosa que no fue en 2013, en 2015 ni en 2017) lo avala para hacer cuanto quiera, porque nada es más “soberano” que la voluntad del pueblo. Sin embargo, como cristalizó el constitucionalista Roberto Gargarella, para que la democracia funcione acabadamente, debe primar el constitucionalismo. Es decir, el sistema de relaciones y contrapesos entre las instituciones. Un poder legisla, otro ejecuta la ley y un tercero la interpreta. Y ninguno puede usurpar las funciones de los otros. Los límites de la república no son para maniatar al pueblo, sino para potenciar la libertad como comunidad. Sólo así se cumple la garantía de que nadie tiene el derecho de arrogarse el poder de tomar decisiones sobre todos los demás miembros de la sociedad. O dicho sin sinécdoques, Estado de Derecho.

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