El PJ insiste con las altas multas para quienes construyan en "El Pelao"

El PJ insiste con las altas multas para quienes construyan en "El Pelao"

El oficialismo apunta a derogar una ley que tuvo un veto parcial del Ejecutivo.

NUEVAS VIVIENDAS. Esta imagen de febrero muestra un conjunto de casas situadas en la ladera de El Pelao. la gaceta / foto de archivo NUEVAS VIVIENDAS. Esta imagen de febrero muestra un conjunto de casas situadas en la ladera de El Pelao. la gaceta / foto de archivo
30 Mayo 2020

Tras el veto parcial a una ley por parte del Poder Ejecutivo (PE), el oficialismo de la Legislatura vuelve a la carga con el dictado de altas multas en contra de quienes realicen nuevas construcciones en el cerro "El Pelao", ubicado en la comuna de El Mollar (departamento Tafí del Valle). El máximo previsto en la propuesta ronda los $ 5,4 millones.

Como sucedió con la norma vigente, el autor del proyecto fue el presidente subrogante del Poder Legislativo, Regino Amado, quien contó con el apoyo del jefe de la bancada oficialista, Roque Tobías Álvarez, además del ex intendente tafinisto Jorge Yapura Astorga y del presidente del bloque PJS, Raúl Albarracín.

Este año, el gobernador Juan Manzur había promulgado la ley 9.224, que declaró el cerro "El Pelao" como "zona de protección arqueológica" y en "estado de emergencia ambiental y ecológica" durante un año.

Al poner en vigencia la norma, el titular del PE  había dispuesto la supresión de un artículo que delegaba en la reglamentación de la ley la determinación de las sanciones contra quienes incumplieran con la prohibición de edificar en ese sector.

En lugar de insistir con el proyecto original y de oponerse al veto parcial de Manzur, Amado decidió junto a sus pares elevar una nueva iniciativa, similar a la vigente, aunque incluyendo altas multas a los eventuales infractores.

Así, además de proponer la derogación de la ley 9.224, dispusieron que habrá desde apercibimientos hasta sanciones que van de 300 a 1.000 sueldos básicos de la categoría inicial de la Administración Pública Provincial.

El haber mínimo de la categoría 18, sin contemplar antigüedad ni otros ítems adicionales, ronda los $5.400. Así, 300 unidades de multa equivaldrían a $1,62 millón; mientras que la pena máxima se aproximaría a $ 5,4 millones.

Lo recaudado, agrega la propuesta, será destinado "a la recuperación y protección ambiental, ecológica y arqueológica" de la zona declarada en emergencia.

En caso de que el infractor fuera una persona jurídica, los administradores serán solidariamente responsables de esa multa, añade el proyecto, que está siendo trabajado con la Fiscalía de Estado y que sería incluido en el temario de la próxima sesión de la Legislatura.

SUBROGANTE. Amado, legislador. SUBROGANTE. Amado, legislador.
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