Máximo control: a Yerba Buena sólo entran los residentes y las personas exceptuadas

Máximo control: a Yerba Buena sólo entran los residentes y las personas exceptuadas

¿Qué pasa con los padres separados o con las personas que viven en esa ciudad pero tienen otro domicilio en su documento?

FOTO DE INÉS QUINTERO ORIO FOTO DE INÉS QUINTERO ORIO
21 Marzo 2020

"Ese monstruo que veíamos en diarios internacionales ya llegó a Yerba Buena", dijo hoy -a través de un video- el intendente de esa ciudad, Mariano Campero. En las imágenes, el jefe municipal solicita la colaboración de las personas en las tareas de prevención por el coronavirus, y advierte que "se van a extremar las medidas para controlar los accesos y hacer todo lo posible para que se cumpla con el decreto presidencial".

Justamente, desde esta mañana comenzaron los operativos. Con el fin de evitar aglomeraciones, la Policía sólo está dejando ingresar a la "Ciudad Jardín" a las personas que residan allí o que estén exceptuadas por su trabajo. "Nadie entra a Yerba Buena si no demuestra con su documento que vive acá", le dijo un gendarme a este diario durante un recorrido que hizo LA GACETA.

Por esta medida, la polémica se desató, ya muchos padres y madres separados, con domicilio en esta capital, no saben cómo hacer para buscar o llevar a sus hijos que viven en esa localidad. Ante esto, el ministerio de Desarrollo Social resolvió una serie de excepciones al Decreto N° 297/2020 en lo referido al aislamiento social en casos de asistencia de niños, niñas y adolescentes por parte de sus progenitores o tutores, según se informó hoy oficialmente.

La norma establece que el progenitor, referente afectivo o familiar que tenga a su cargo realizar el traslado, debe tener en su poder una declaración jurada a fin de ser presentada a la autoridad competente, junto con el Documento Nacional de Identidad del niño, niña o adolescente, a los fines de corroborar la causa de ese movimiento.

El formulario de esta declaración se encuentra en la página web del ministerio.

Otra excepción será cuando el progenitor a cargo esté exceptuado del aislamiento por razones laborales o de fuerza mayor. “Cuando uno de los progenitores, por razones laborales que se inscriban en alguno de los incisos del artículo 6° del Decreto N° 297/20, de asistencia a terceros u otras causas de fuerza mayor, deba ausentarse del hogar en el que se encuentra el niño, niña o adolescente; pueda trasladarlo al domicilio del otro progenitor, familiar o referente afectivo".

Finalmente, otra de las excepciones previstas será "cuando por razones de salud y siempre en beneficio del interés superior del niño/a, pueda trasladar al hijo/a al domicilio del otro progenitor". En definitiva, la nueva normativa autoriza el retorno al centro de vida por única vez, el traslado por razones laborales del progenitor a cargo del cuidado, o bien cuando se deba a razones de salud o justificadas en el interés superior del niño.  

Lo mismo sucede con las personas que residen allí, pero que en sus documentos de identidad les figura otro domicilio que no sea de esa ciudad. Deberán presentar una declaración jurada y demostrar su domicilio actual. 

"La idea de esta medida, de que sólo ingresen los residentes de Yerba Buena, es descongestionar lo máximo posible y que no venga todo el mundo, por ejemplo a los diferentes supermercados que están en esta localidad", le dijo la Policía a este diario.

El porqué

Cerca del 80% de las personas que se encuentran aisladas (o que deberían estarlo) por sospecha de infección con Covid-19 en Tucumán vive en Yerba Buena. Así lo aseguró el intendente Mariano Campero, quien citó datos del departamento de Epidemiología del Siprosa. “No soy médico. Pero todo el mundo observa cómo ha evolucionado el virus en Europa. Y me pregunto por qué no habría de ocurrir lo mismo aquí. Tengo la enorme responsabilidad de generar conciencia en una ciudadanía que hoy tiene la mayoría de los casos sospechosos de toda la provincia”, explicó.

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