El proyecto contempla castigar la limpieza de vidrios sin consentimiento en los semáforos

El proyecto contempla castigar la limpieza de vidrios sin consentimiento en los semáforos

La iniciativa, que se debe discutir en la Legislatura, propone acciones contra la discriminación, las agresiones callejeras y los excesos de jóvenes.

UN “OFICIO” POLEMICO. Se castigará a los “trapitos” que de manera amenazante obligaren al conductor a pagarle por el servicio de limpieza de vidrio.  UN “OFICIO” POLEMICO. Se castigará a los “trapitos” que de manera amenazante obligaren al conductor a pagarle por el servicio de limpieza de vidrio.

Es otra de las herramientas con las que el Gobierno pretende utilizar para bajar los índices de delitos en la provincia. En los próximos días insistirá para que en la Legislatura se apruebe el tratamiento del Código de Convivencia, proyecto que reemplazará a la polémica e inconstitucional Ley de Contravenciones.

El plan fue elaborado por el Ministerio de Seguridad. Se presentó en octubre pasado ante los legisladores y, hasta el momento, no fue tratado. “Antes de elaborarlo se pidió la opinión de las diferentes comisiones que integran los legisladores. Ellos aportaron ideas y luego se contempló con lo que creíamos conveniente realizar”, dijo Mario Alejandro Herrera, asesor legal de la Policía y autor del proyecto.

El abogado añadió que su tratamiento será clave para el futuro. “En primer lugar, se salda una deuda pendiente que es acabar con una norma que es inconstitucional. Además, servirá para afrontar la inseguridad y poner más orden en la vía pública, que es lo que reclama la sociedad”, agregó Herrera.

El profesional ponderó además el cambio de paradigma entre la Ley de Contravenciones y el Código de Convivencia. “Ya no será más el jefe de Policía que tendrá todo a su cargo. Ahora los infractores afrontarán un juez contravencional y tendrán todas las garantías constitucionales para defenderse”, explicó. 

Estos son los puntos más importantes del Código de Convivencia:

1. Los castigos

En el proyecto se triplicará el máximo de pena de arrestos, ya que se pasa de 30 a 90 días. Sin embargo, el infractor podrá cumplirla parcial o totalmente realizando tareas comunitarias, cumpliendo arresto domiciliario y reparando el daño causado con su conducta.

La condena deberá cumplirse en los centros de detención más cercanos del domicilio del infractor. Según el proyecto deben ser sanos y limpios y no deberán estar alojados con detenidos con causas judiciales. Además, se deberá asegurar a todo detenido alimentación, higiene, aireación, privacidad, salud, abrigo e integridad psicofísica. Todos estos puntos, por la crisis carcelaria, son imposibles de cumplir. Por ese motivo, el Ministerio de Seguridad ya se encuentra realizando gestiones para edificar un centro de alojamiento de contraventores en el Instituto Roca.

Los valores de las multas estarán fijados por unidades denominadas UF y que corresponden al valor del litro de nafta de mayor octanaje que comercialice el Automóvil Club Argentino, que hasta el cierre de esta edición es de $48,50. Un día de arresto equivale a $485, actualmente el valor de jornada es de $80 y su incremento es decidido por el Jefe de Policía. El contraventor podrá pedir abonar la infracción en cuotas y el juez deberá aceptar o no el planteo, pero si no llegara a cumplir con la norma, será arrestado.

El proyecto del Gobierno tiene otra arista: le da mayor transparencia al sistema de multas. El infractor deberá depositar el valor del monto en una cuenta que se creará en el Banco del Tucumán. De los fondos que se recauden, el 40% irá a manos del Poder Ejecutivo para reequipamiento policial; un 40% para la Corte Suprema de Justicia de la provincia para atención de las necesidades del Juzgado de Contravenciones Policiales, y el 20% restante será destinado a la construcción y mantenimiento del Centro de Alojamiento de aprehendidos.

También se propone que los infractores realicen trabajos comunitarios en reemplazo de cumplir con la detención privados de su libertad. Un día de arresto será equivalente a seis horas de tareas que deberá cumplir en el lugar que se designe.

Además, están contemplados como sanciones el decomiso, la clausura, la prohibición de concurrencia, la publicación de la sentencia de condena y el apercibimiento, entre otras.

2. Trato de menores

Los padres, tutores o representantes legales de los menores serán pasibles de una sanción contravencional cometidas por el menor de edad cuando la hayan permitido o no hubiesen sido lo suficientemente diligentes a fin de impedirlas. Se los sancionará cuando los adolescentes hayan violado disposiciones que los mayores están obligados a hacer cumplir. Cuando el menor contraventor represente un riesgo para sí o para terceros, se lo pondrá inmediatamente a disposición del Juzgado de Menores de turno.

Determinada la participación del menor en el hecho contravencional, los padres o tutores serán sancionados con multas desde $14.250 hasta $145.500, salvo que la contravención especifique otro monto o sanción, cuando hubieren incumplido su deber de vigilancia. Los montos de la infracción se podrán duplicar en caso de reiteración. El juez contravencional también podrá imponer como medida de conducta terapia familiar, dándole intervención al juzgado de Menores.

3. Contra las personas

El proyecto establece un castigo para las personas que protagonizaran una riña (10 días de arresto y una multa de $19.400) y al que individualmente incitara a reñir, los agrediere, maltratara o provocara a una pelea en lugares abiertos al público (20 días/$24.200). En caso de que el infractor sea organizador o promotor del encuentro, la víctima sea menor de 18 años, o con capacidades diferentes o por motivo de género, la pena se duplicará (40 días/$48.400).

El acoso callejero es otra de las nuevas figuras que aparecen en este proyecto. La norma establece una multa de hasta $24.200 o trabajo comunitario de hasta 20 días a las personas que afectan conductas que afectan la dignidad y derechos fundamentales como la libertad, integridad y libre tránsito.

Por primera vez, una norma de este tipo prevé un castigo de 10 días de arresto o una multa $436.500 para los que insulten, agravien, intimiden a personal docente y no docente, profesionales de la salud, del Poder Judicial, de los ministerios Fiscal y de la Defensa, al personal policial de cualquier jerarquía y empleados públicos, nacionales, provinciales y municipales.

4. Seguridad pública

La contravención policial es la herramienta que utiliza la Policía desde hace décadas para detener a personas que creían que estaban por cometer un delito. En el nuevo código se le puso el nombre de Conducta Sospechosa y contempla penas de 30 días de arresto o una infracción de $29.100 para aquellos a los que se los encontrara en inmediaciones de inmuebles o vehículos con o sin moradores u ocupantes.

La misma pena está contemplada para los que sean sorprendidos escalando verjas, tapias y portones; los que estén manipulando o violentando cerraduras, ventanas o ventanillas; portando herramientas o elementos capaces de ser utilizados para violentar ingresos; circulando en vehículos o motos sin dominio; a los que persiguen en vehículo a motor o caminando de manera persistente a otra persona sin una razón justificable.

Además, serán castigados con una sanción económica de hasta $72.600 y arresto de 10 días quienes sean sorprendidos portando arma blanca u objeto cortante o contundente.

Las personas que sean sorprendidas arrojando piedras u objetos en un camino para cometer los llamados delitos piraña, serán ser privado de su libertad durante 70 días o pagar una multa de $436.500.

5. Paz social

En caso de que se aprobara el nuevo código serán castigados los que individualmente o en grupo, de cualquier modo, impidieren, dificultaren u obstaculizaren el ingreso o salida de lugares públicos o privados, o la libertad del tránsito o circulación de personas. Serán sancionados con 50 días de arresto y $436.500. No serán penados los que hayan avisado que están por realizar esa acción con suficiente tiempo de anticipación a las autoridades correspondientes.

Los que organicen fiestas sin autorización; los que se instalaren en la vía pública para escuchar música a todo volumen; el que organizare juegos deportivos en la vía pública; al que realizare demostraciones hostiles o hiciere gestos obscenos o se burlare en reuniones públicas de tinte político, religioso, musical, deportivo o de otra índole podrá ser condenado con 20 días de detención o una multa de $48.500.

6. Control de cascos

El nuevo código establece una infracción de hasta $242.500 a los propietarios de las estaciones de servicio y expendedores de combustibles cuando comercialicen sus productos a los conductores de ciclomotores, motocicletas y cuatriciclos autorizados que no porten casco. La pena será del doble si no cuentan con el dominio correctamente colocado. También serán sancionados si comercializan en bidones y no les presentan el DNI o muestren la tarjeta con la que comprueben la titularidad del medio en el que se movilizan.

7. Nuevos oficios

En el proyecto del nuevo código están contempladas sanciones para nuevos oficios, la mayoría de ellos, callejeros. Por ejemplo, se castigará los llamados “trapitos” que de manera amenazante obligaran al propietario de un vehículo a que les pague el servicio con cinco días de arresto y $4.850. La misma situación será para los limpiavidrios que intenten realizar su tarea sin autorización.

Los encargados de brindar seguridad en los centros nocturnos, recitales, bailes y espectáculos deportivos deberán estar anotados en un registro público. En caso de que no estén inscriptos, serán sancionados con 30 días de detención y deberán pagar una multa de $24.200. El que los contrate, en cambio, deberá abonar una multa de $388.000. Además, los llamados patovicas serán condenados con 30 días de arrestos e infracciones de hasta de $24.200 si mientras cumplen su función produjeran peleas o maltrataran a la gente. Se duplicará la condena si las víctimas son menores, tienen capacidades diferentes o el incidente fue generado por una cuestión de género.

Los tatuadores o los que realicen perforación corporal también tendrán que estar registrados y deberán trabajar en lugares habilitados por las autoridades competentes. Si no cumplieran con esta disposición, serán sancionados hasta con 10 días de arresto y el pago de una multa de $43.650.

8. Discriminación

De acuerdo al proyecto, una persona, que en lugar público o de acceso público, discriminare a otra por razones de raza, etnia, género, orientación sexual, edad, religión, nacionalidad, condición psicofísica, social, económica o cualquier circunstancia que implique exclusión, restricción o menoscabo, será castigada con 40 días de detención o con una sanción de hasta $48.500.

9. Salud pública

La norma que ya está en la Legislatura establece condenas para los que estén ebrios en la vía pública y en las calles (15 días de arresto y hasta $9.700 de multa); los que suministren bebidas alcohólicas a menores o enfermos mentales (40 días/$24.200); los que promocionaren el consumo de alcohol de manera excesiva (hasta $43.600 de multa) y la clausura de hasta 90 días del lugar donde haya sucedido; el que expendiere o suministrare inhalantes tóxicos a menores de edad (30 días/$14.850).

10. Daños al ambiente

Otra de las novedades que presenta el código son las severas sanciones a las personas que atenten contra el medio ambiente. El destino final de la basura es una cuestión de fondo en el proyecto. Se castigará con 30 días de arresto y el pago de una multa de $14.650 al que arrojare o depositare escombros, residuos o desperdicios de cualquier naturaleza en lugares públicos o privados no habilitados por los municipios y al que quemare basura, caucho u objetos que por su combustión perjudiquen o molesten a terceros. Además, se elevará al doble la pena (60 días/$29.500) a los proveedores de cubiertas de caucho para ser quemadas en protestas legítimas o ilegítimas.

También serán castigados con 60 días de arresto y deberán abonar una infracción de $97.000 quienes indebidamente atentaren contra los ecosistemas o la naturaleza, sea flora, fauna, atmósfera, nacientes de cuencas hídricas, lagos, ríos y cursos naturales de agua con peligro concreto para el equilibrio ecológico.

11. Prostitución

Si se aprueba esta norma, será castigada con 30 días de arresto o $14.500 la persona que individualmente o en compañía se exhibiere, incitare, ofreciere o realizare señas o gestos provocativos a terceros en lugar público, abierto o expuesto al público con el fin de ejercer la prostitución.

La mayor novedad que trae este Código es que la persona que requiera o compre los servicios sexuales de otra persona, sin importar su sexo, será condenado a 60 días de arresto o una multa de $29.100.

12. Cuidado animal

Los derechos de los animales también están contemplados en el Código. Serán penadas con 30 días de arresto o con el pago de una multa de $145.500, las personas que sin autorización fomentaren, organizaren o publicitaren riñas o competencia entre animales. También el que tuviere, guardare o vendiere animales en infracción a las leyes zoosanitarias, de mantenimiento o de seguridad.

La misma pena se aplicará a los que tuvieren, exhibieren o vendieren trampas para pájaros, zorros, pumas u otros animales, material adhesivo, redes, tramperas, hondas, cebos tóxicos y todo otro elemento prohibido para tal fin. También recibirán la misma condena los que recurrieren a la eutanasia de ejemplares a fin de evitar su reproducción.

Hay un artículo especial para los animales domésticos. Se aplicará una multa de hasta $43.650 o hasta nueve días de arresto o hasta 36 días de trabajos comunitarios en centros de protección a las personas que los maltrataren. El castigo se duplicará si por esa situación se pusiera en peligro o se causara la muerte del animal.

Ley Contravencional

- Todo el sistema queda en manos del Jefe de Policía.

- El infractor no tiene derecho a defensa.

- El condenado debe permanecer arrestado o pagar la multa.

- No hay facilidades pago para abonar la infracción.

- El valor de las infracciones es manejado por el jefe de Policía.

- No existe un registro de contraventores.

- Los destinos de los fondos ingresados por las multas son manejados por la Policía.

- No existe un sistema paralelo para tratar de solucionar los problemas.

Código de Convivencia

- Un juez contravencional estará a cargo del proceso.

- El acusado deberá contar con un defensor.

- El penado puede evitar ambas cosas haciendo trabajo comunitario o reparando el daño provocado.

- Se podrá pagar las multas en cuotas.

- Los montos de las infracciones se ajustan automáticamente por el valor del litro de nafta premium de YPF.

- Se creará un registro de infractores.

- Los fondos que ingresen por el pago de contravenciones tiene un destino.

- En el proyecto está contemplada la mediación para infractores, que estará a cargo de la Defensoría del Pueblo.

Comentarios