
MONOTRIBUTO. La AFIP dispuso cambios en el trámite. ARCHIVO ARCHIVO

Con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 3990, la AFIP, encabezada por Alberto Abad, simplificó los trámites que deben realizar los ciudadanos cuando lleva a cabo actividades que no justifican su inscripción como responsables de IVA y Ganancias.
A partir de ahora, la institución aplicará una serie de medidas que avanzan en el uso de la vía electrónica para cumplir obligaciones y que implican, también, un mayor poder de control estatal.
Acá van algunas de ellas:
1- Recategorización
Si la AFIP detecta inconsistencias, desde ahora podrá colocar a un contribuyente en una categoría diferente a la que fue declarada, detalló el diario La Nacion.
2- Factura electrónica
La facturación online hoy es obligatoria a partir de la categoría H. A partir de mayo lo será también para las F y G (ingresos anuales de hasta $ 504.000)
3- Domicilio electrónico
Hay tiempo hasta el 30 de septiembre para informar el domicilio fiscal electrónico, que reemplaza a un domicilio físico para las notificaciones de la AFIP
4- Pago por vía bancaria
Hasta noviembre, todos los monotributistas quedarán obligados a pagar por alguna modalidad que implique contar con una cuenta bancaria.
5- Categorización anual
Cafda septiembre será obligatorio ingresar al trámite de recategorización, aunque sólo sea para confirmar la posición en la tabla.
6- Nueva aplicación
Desde hoy funcionará una app para monotributistas, desde la cual se podrán hacer varios trámites y recibir notificaciones electrónicas
7- Incumplimiento
La omisión de la nueva reglamentación impedirá al contribuyente y a sus clientes obtener la constancia de opción de Monotributo, aunque deberá seguir pagando el cargo mensual, informó Infobae.








