Ante tantos problemas que tiene nuestra sociedad, vale la pena volver al pasado, en busca de lugares que sirvieron para pasar momentos agradables. Aunque abandonado y sin letrero, en la acera oeste de la plazoleta Mitre se conserva el local del ex cine Mitre. En sus inicios había funcionado como un salón de baile y como cine de precarias condiciones que cerró por falta de público. Con un edificio totalmente remozado, acondicionado con nuevos aparatos de proyección e iluminación, fue inaugurado el sábado 9 de marzo de 1934. La primera noche proyectaron "Cuando el amor ríe" con José Mojica y Mona Maris, y "El caso mayor de Chan", con Werner Oland. Muy pronto desplazó al cine Sarmiento (1929-36) y se convirtió en el único ámbito cinematográfico de la plazoleta, barrio El Bosque y Villa Urquiza. La apertura de numerosos cines con techo y al aire libre (Reggio, Luján, Monumental, Luxor) y la presencia de la TV en 1966 influyeron para que su punzante luz rectangular cargada de imágenes y de fantasía se apagara en el otoño de 1975. A 70 años de su inauguración y a casi 30 de su silencio, es bueno regresar imaginariamente a aquel típico de cine de barrio.
Ricardo Antonio Brunetti
Julio Prebisch 134
S. M. de Tucumán
PEATONAL
Me produjo gran satisfacción el análisis de Federico Türpe en su columna "Polvareda en el asfalto" (7/3) sobre la peatonal Congreso, donde pone en evidencia el egoísmo de una sociedad que antepone sus propios intereses (o simplemente caprichos) sobre el bien de la comunidad. Ejemplo claro de esto fue (como se menciona en la nota) la infortunada medida tomada por una fugaz intendenta que, ignorando un costoso estudio internacional, eliminó la peatonal Maipú pretextando que había que terminar con viejos problemas que, a pesar de la medida, aún subsisten y agrandados. "El movimiento de la urbe favorece demasiado al automovilista", "...debe tenderse a erradicar el auto del centro para volcar a una escala más humana el movimiento urbano, que hoy favorece al automovilista y no al peatón". Eso decía el editorial de LA GACETA del 15/7/97. Hoy todo está peor y se duda de que pueda mejorar.
Alfredo Arnaldo Albertus
Pasaje Japón 1.433
S. M. de Tucumán
ASUETO (I)
El Día Internacional de la Mujer fue instituido para recordar la lucha de las mujeres por un trato igualitario con los hombres. Fruto de esa lucha son las normas que castigan la discriminación por razones de sexo, tanto en la Argentina como en muchos otros países. Irónicamente, el asueto otorgado a los funcionarios y empleados provinciales del sexo femenino constituye un acto de discriminación "inversa" contra sus pares del sexo masculino. La Constitución de nuestro país garantiza la igualdad a todos sus habitantes. La Suprema Corte enseña que esta consiste en "no negar a unos los que se concede a otros en igualdad de circunstancias". Cuando la única desigualdad de circunstancias es el sexo, el asueto decretado en Tucumán viola tanto la Constitución como las leyes antidiscriminatorias. El verdadero homenaje a la mujer consiste en reconocer sus especiales contribuciones al bienestar de todos. Lo demás es un gesto hueco, incompatible con nuestra madurez política.
Daniel C. Lecuona
lecuonalaw@sinectis.com.ar
ASUETO (II)
La ley provincial 7016 del año 2000 rindió un demagógico y desafortunado homenaje al Día Internacional de la Mujer, declarando asueto para el personal femenino de la administración pública. Aplicada imprevistamente a una jornada escolar, produjo desconcierto en millares de estudiantes que asistían a clases y la comprensible indignación de sus padres. Buscando capitalizar políticamente el enojo popular, el gobernador decidió derogar la ley dictando un decreto de necesidad y urgencia, insanablemente nulo. Al hacerlo provocó la desestabilización del sistema institucional. La controvertida ley que habilita facultades legislativas excepcionales en cabeza del Poder Ejecutivo, de ningún modo prevé la posibilidad de que el gobernador pueda derogar normas sancionadas por el Legislativo, porque importaría destruir el sistema de división y control de los poderes que fija la Constitución, base del sistema republicano. El principio del paralelismo de las competencias señala que sólo el órgano facultado para dictar una norma puede derogarla o modificarla. Alperovich debió remitir a la Legislatura un proyecto de ley con el mismo sentido y finalidad. Prefirió la espectacularidad caudillesca del decreto que, nuevamente, nos coloca en el terreno de la imprevisibilidad y la incertidumbre jurídica. La Legislatura tiene ahora la palabra.
Luis Iriarte
Buenos Aires 484
S. M. de Tucumán
ASUETO (III)
El gobernador mal hace de intentar desconocer la ley que establece el asueto o feriado el 8 de marzo, ya que es el Poder Ejecutivo el que promulga las leyes. Asimismo si la Secretaría de Educación se adhirió a lo dispuesto en la ley, ¿por medio de que acto administrativo lo hizo? Si es por decreto, ineludiblemente lo firma el gobernador ¿entonces el gobernador desconoce lo que sucede en su ámbito de competencia?
Domingo Gómez Bisgarra
domingogomezbisgarra@yahoo.com.ar
MEDICAMENTOS
Respecto de la carta "Discriminación" del lector Norberto Castro (6/3), el expediente N° 02/62 de 2003, "Castro Norberto Antonio s/Cobertura 100%-Provisión de medicamentos" tuvo respuesta favorable de la intervención a través de la resolución N° 11, del 5/1/04, que autorizó la entrega de medicamentos por tres meses, a un costo total de $ 819. Actualmente se halla en trámite una nueva solicitud ingresada el 11/2/04.
Mario Koltan
Interventor del
Instituto de Previsión Social
PAGO DE JUICIO
La falta de pago de un adicional por refrigerio motivó que 110 jubilados iniciáramos juicio en 1988, contra el Instituto de Previsión Social, logrando sentencia favorable (Nº 188) el 31/5/1996. Reiterados incumplimientos de la demanda llevaron a que recién en julio del año 2002 se aprobara la planilla. Desde entonces y por expedientes 321/170/2000, infructuosamente venimos gestionando el pago. Hoy que la Provincia ya cuenta con los medios para saldar estas obligaciones, solicitamos a las autoridades una urgente solución al respecto atento a nuestra edad y condición.
Juan Francisco Montaldi
Monteagudo 406 (1º ?A?)
S. M. de Tucumán







