A partir del 1° de abril sólo serán válidos los DNI digitales: la tarjeta
y la libreta tapa celeste. Existe una versión de tapa celeste confeccionado
a mano, pero también deja de tener vigencia.
Datos a tener en cuenta
- La norma no alcanza a los mayores de 75 años. Ellos no tienen obligación
de cambiar su DNI y puede seguir usando el que tienen. De todos modos, el
Registro Civil los invita a renovarlo para que no tengan problemas al
realizar ningún trámite o transacción.
- Para renovar el DNI, los mayores de edad sólo tienen que sacar turno por
internet o presencialmente -según cada dependencia- en la oficina más
cercana a su casa y concurrir en la fecha otorgada. En principio y a menos
que el agente lo requiera, no es necesario llevar actas de nacimiento.
Simplemente tiene que presentarse.
- Sólo los menores de edad tienen que concurrir a la delegación con el acta
de nacimiento actualizada.
- El trámite puede realizarse en cualquier delegación del Registro Civil de
la provincia. No es necesario concurrir a una específica. El listado
completo de delegaciones puede consultarse en la
web. También ahí te podés
informar si el turno se saca por internet o de forma presencial, dependiendo
de cada delegación.
- En las delegaciones se toman los datos biométricos (foto, firma digital,
huellas dactilares) y el DNI llega a domicilio.
- Los nuevos documentos se entregan en el domicilio de la persona y
solamente se emiten en versión tarjeta, es decir ya no habrá más libretas.