Duro golpe contra la ley que designa los jueces subrogantes

La Sala II de la Cámara Federal porteña cuestionó que la norma no respeta los principios de imparcialidad y de independencia judicial. No significa la vuelta de Cabral La declaración de inconstitucionalidad de dos artículos es una derrota para el Gobierno

INVESTIGADO. El Consejo de la Magistratura recibió numerosos cuestionamientos respecto del procedimiento para elegir los jueces suplentes. archivo
INVESTIGADO. El Consejo de la Magistratura recibió numerosos cuestionamientos respecto del procedimiento para elegir los jueces suplentes. archivo
14 Julio 2015
BUENOS AIRES.- La Cámara Federal porteña declaró la inconstitucionalidad de dos artículos de la nueva Ley de Subrogancias, que permite al Consejo de la Magistratura de la Nación nombrar conjueces en juzgados vacantes, y sostuvo que la norma viola los “principios constitucionales de juez natural, imparcialidad e independencia judicial”.

Fuentes judiciales informaron que la Sala II de la Cámara se pronunció en un caso concreto -donde fue apartado de una causa el juez Daniel Rafecas y se debía elegir su reemplazo- pero esta resolución podría aplicarse a otros expedientes dentro del fuero federal.

La resolución podría alcanzar a todos los jueces federales de Primera Instancia, que son los que tramitan y resuelven las causas de corrupción, y a la propia Cámara, donde uno de sus integrantes, Eduardo Farah, uno de los que declaró la inconstitucionalidad, es subrogante y en cualquier momento podría ser reemplazado por el Consejo.

Por la inconstitucionalidad se pronunció una de las Salas de la Cámara y si la otra, la Sala I, opina en el mismo sentido, será un criterio unánime del fuero.

Este es el segundo fallo que declara la inconstitucionalidad de la Ley 27.145 de subrogancias -impuesta por el Gobierno de Cristina Fernández-, luego de que días atrás hizo lo mismo el juez federal de La Plata, Alberto Recondo al declarar nula la designación de Laureano Durán como juez subrogante de esa jurisdicción.

El mecanismo de reemplazos que se venía aplicando es el sorteo de un nuevo juez de Primera Instancia, pero la nueva Ley de Subrogancias fijó que es el Consejo el que designa a esos reemplazos, de una lista de conjueces integrada por abogados y secretarios judiciales, que es aprobada por el Senado Nacional.

La Cámara también sostuvo que la nueva Ley de Subrogancias “ni siquiera acude a mecanismos de elección transparentes” para elegir a los subrogantes, ya que no hay un sorteo “en paridad de condiciones” entre los que integran las listas.

Un escrito por Cabral

El fiscal general Ricardo Sáenz sostuvo que el fallo de la Cámara Federal porteña “es un precedente muy importante”, pero aclaró que no implicará la restitución del juez Luis María Cabral en la Cámara de Casación. “Esto no es la vuelta de Cabral, porque la declaración de inconstitucionalidad es para casos concretos. Como el sistema de control es difuso, no hay un órgano que derogue una ley”, explicó Sáenz. Así, adelantó que esa agrupación presentará en las próximas horas un escrito con argumentos similares a los usados en el fallo de la Sala II de la Cámara Federal porteña. (DyN)

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