Quien haya cobrado un sueldo superior a $ 15.000 este año seguirá pagando Ganancias

Quien haya cobrado un sueldo superior a $ 15.000 este año seguirá pagando Ganancias

El cálculo del impuesto será en base al mayor salario del año.

ACLARACIÓN. El organismo a cargo de Ricardo Echegaray remarcó que las remuneraciones y/o haberes superen los $ 25.000 no tendrán beneficio alguno. LA GACETA ACLARACIÓN. El organismo a cargo de Ricardo Echegaray remarcó que las remuneraciones y/o haberes superen los $ 25.000 no tendrán beneficio alguno. LA GACETA
30 Agosto 2013
BUENOS AIRES.- Los trabajadores en relación de dependencia que hayan cobrado en el año al menos un sueldo bruto mayor a los $ 15.000, sin contar aguinaldo, seguirán pagando el Impuesto a las Ganancias pese a los cambios anunciados por el Gobierno que regirán a partir del 1 de setiembre. Así lo estableció la resolución 3.525 de la AFIP publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de Ricardo Echegaray, que complementa el decreto 1.242 y establece el alcance de la suba del mínimo no imponible de Ganancias que dejará exentos a quienes perciban hasta $ 15.000 mensuales.

El artículo 2 de la resolución estableció que "la condición del sujeto beneficiario con relación a las retribuciones a percibir a partir del 1 de septiembre de 2013 se determinará sobre la base de la mayor de las remuneraciones y/o haberes mensuales, devengados en el período enero a agosto de 2013, ambos inclusive, aún cuando hubiere mediado un cambio de empleador".

Para aquellos que no tuvieron una situación laboral estable a lo largo del año, la AFIP dispuso que para el cálculo se tengan en cuenta remuneraciones "que se hayan percibido, como mínimo, durante al menos seis meses de este año" y, de no ser así, se tendrán en cuenta los conceptos percibidos en el 75% de los meses que cuenten con ingresos.

Y en el caso de que se inicie la relación de dependencia y/o cobro de haberes previsionales a partir de septiembre, sin que otro empleo en el mismo año fiscal, se determinará "en función a las remuneraciones y/o haberes que correspondan al mes del citado inicio o cobro, según corresponda".

"En el supuesto que no se trate de un mes completo, deberá mensualizarse el importe percibido", se aclaró.

La resolución ratificó que si el importe de la mayor remuneración y/o haber no supera $ 15.000, no será pasible de retención. Añadió que, si el monto de la mayor remuneración y/o haber es superior a $ 15.000 y hasta $ 25.000, sufrirán un aumento del 20% en las deducciones.    

Completó que, en caso que las remuneraciones y/o haberes superen la suma de $ 25.000, no tendrán beneficio alguno.

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