Entre la "profilaxis" y el "prostíbulo Cero"

19 Noviembre 2012
Una ley de 1936.- La ley de Profilaxis contempla en dos artículos la prohibición para regentear prostíbulos. El artículo 15 de la ley 12.331 prohíbe el establecimiento de locales donde se ejerza la prostitución o se incite a ella. A su vez, el artículo 17 castiga con multas de $ 12.500 a $ 125.000 (los montos están actualizados por una ley de 1993) a los que sostengan, administren o regenteen, ostensible o encubiertamente, casas de tolerancia. Si reinciden, sufrirán prisión de uno a tres años.

"Prostíbulos Cero".- El 15 de agosto la Legislatura tucumana sancionó una ley para cerrar los prostíbulos en la provincia. Establece la prohibición de locales en donde se ejerza y se ofrezca la prostitución (como los de la foto de la izquierda); se fijan arrestos de hasta 60 días para los propietarios y encargados, sin posibilidad de pago de una multa; determina una acción conjunta entre los órganos del Estado para asistir a las mujeres en situación de prostitución y crea una comisión específica para abordar la problemática, agregando la prevención en las escuelas.

Primeros operativos.- En marzo, luego que se reflotara una denuncia que Susana Trimarco realizó en 2009, la Dipsa clausuró 12 prostíbulos de la capital, del total de 17 que habían sido denunciados (en la foto de la derecha, un inspector coloca la faja de clausura en un local, durante esos operativos). El intendente Domingo Amaya había dicho que no permitiría que vuelvan a abrirse, pero con el correr de los días, volvieron a funcionar.

A la calle.- Un grupo de mujeres que ejerce la prostitución envió una carta a LA GACETA, expresando que con las clausuras y la ley de Prostíbulos Cero las obligan a salir a trabajar a la calle, con los riesgos que ello significa.

Por su cuenta.- La legislación deja a salvo la situación de aquellas personas que ejercen la prostitución por su propia cuenta. Lo que se prohibe es la explotación de terceros. Por eso, las mujeres que tienen departamentos privados, sin proxenetas, no son alcanzadas por ninguna de las legislaciones, tanto nacional como provincial.

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