La versión 2008 del eterno ministro político

Edmundo Jiménez, curiosamente, objeta lo que ayudó a crear en 1991. Con astucia, sólo cita el voto de un fallo de la Corte que permite la vuelta al mecanismo del dedo. Por Federico Abel -Redacción LA GACETA.

03 Diciembre 2008

El ministro de Gobierno y Justicia, Edmundo Jiménez, tiene la astucia de vivir políticamente en tiempo presente. Quizás eso explica por qué puede sostener cualquier tesis desembarazándose, cual si fueran capas de cebolla, de sus propios pliegues y repliegues personales. Ahora se le ha ocurrido sostener que desde hace un siglo los jueces son designados de la misma forma en Tucumán, con la sola intervención de los poderes políticos (Ejecutivo y Legislatura). Ese es, precisamente, el modo -poco elegante- de justificar que si los otros gobernadores pudieron recurrir al dedo, ¿por qué no José Alperovich, a cuyas órdenes se encuentra ahora? Claro que la simplificación del pasado puede hacerle olvidar que en 1991, como secretario de Gobierno de Ricardo Falú, colaboró en la creación del Consejo Asesor de la Magistratura (CAM), precisamente para lograr todo lo contrario: para que en los próximos 100 años la Provincia no volviera a tener jueces señalados por el único dedo selector del Poder Ejecutivo.
Más allá de que era perfectible, aquel CAM nació como un saludable ensayo de autorestricción institucional. Gracias a él, el PE concedió que otros (la Corte Suprema, la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNT, y el Colegio de Abogados) le sugirieran ternas de candidatos a la judicatura -de las que prácticamente no se apartó entre 1991 y 2003-, para que él escogiera a uno, siempre en aras de que fuera mayor la idoneidad e independencia de los elegidos. Este modelo es el que impera en la mayoría de las Constituciones argentinas, comenzando por la nacional desde 1994, y no el que, según el Jiménez versión 2008, reina discrecionalmente desde hace 100 años.

 

Decir y hacer decir
Otra virtud que hay que reconocerle al ingenioso ministro es que, así como él puede mutar sin que se note, también puede hacer que muten las ideas de los otros -o que así parezca-, sin que estos se den cuenta y sin importar que esos otros sean hasta vocales de la Corte. Cuando el oficialismo sancionó la Ley 8.136, que permite mantener la centenaria costumbre del dedo, el Jiménez-2008 improvisó que la norma se apoyaba en las ideas sostenidas por el vocal Alberto Brito en la sentencia de la causa impulsada por el Colegio de Abogados. El objetivo de esta advocación era darle algún barniz o soporte jurídico a este desandar el camino iniciado por el Jiménez-1991. Efectivamente, con sorprendente osadía, Brito profetizó que como el CAM no podía ser organizado -por decreto- por el Poder Ejecutivo, como quería la Constitución alperovichista de 2006, entonces ya no quedaba ni siquiera en pie el método de selección de postulantes a la magistratura por medio de los concursos públicos que el CAM debía conducir. Pero, como en el derecho no hay lagunas, el vacío debía ser llenado como tradicionalmente se hacía: a dedo. Era evidente que no podía haber mejor argumento para las intenciones del alperovichismo que, con la Ley 8.136, no hace otra cosa que expresar políticamente y en primera persona lo que Brito, en solitaria minoría, había sugerido en clave jurídica: "¡así que no aceptan el CAM diezmado que se les ofrece; bueno, entonces seguimos como hace 100 años y nosotros seguimos nombrando directamente hasta los jueces interinos!".
Con habilidad y casi al borde de un alzamiento, el Jiménez-2008 demostró que, pese a ser ministro de Gobierno y Justicia, para fundar una ley conveniente a los intereses del gobierno al que sirve, se puede tomar de una sentencia de la Corte el criterio más útil, aunque se trate del disidente, que no se impuso y que hasta fue rechazada por otros tres vocales, como sucedió con el voto de Brito. La base de la civilidad jurídica es la constricción a la interpretación constitucional que efectuó un tribunal. Pero en Tucumán, pese a las promesas del gobernador de que iba a acatar el fallo de la Justicia, sólo se ha respetado a aquel que pregonó la vuelta al dedo (Brito) y no a aquellos (Antonio Gandur, René Goane y Ebe López Piossek) que concluyeron que no ha caducado la exigencia constitucional de celebrar concursos, aunque se haya privado al Poder Ejecutivo de la potestad de integrar el CAM.
No obstante, el Jiménez-2008 ya se ha dado cuenta de algo: si la Corte rechaza el recurso extraordinario deducido por el Gobierno, amén de que este pueda ir en queja ante la Corte de la Nación, la sentencia tucumana, mientras, seguirá en pie, y el contraste entre esta y la Ley 8.136 será notorio, lo que volverá más frágil aún la base de sustentación jurídica de la norma frente a los planteos de inconstitucionalidad que caerán contra ella. Por eso, no sorprende que el vivaz ministro ya no se base tanto en Brito, que en sus declaraciones ahora ocupa un segundo lugar, sino en Gandur. Lo hace porque sabe que, para no incurrir en una suerte de desobediencia, de alguna forma, aunque sea imposible, debe tratar de anclar la Ley 8.136 en el voto de alguien de la mayoría de la Corte.
Deliberadamente, el Jiménez-2008 asevera que, en su voto, Gandur sugirió la organización por ley de un mecanismo de designación de jueces provisorios. Amén de que se trata de una mera recomendación, por vía de lo que se denomina obiter dicta, el presidente de la Corte jamás habló -al menos en la sentencia- de que había que nombrar magistrados interinos, sino más bien parecía referirse a la selección de los jueces definitivos. En su opinión, esta debía establecerse por medio de un régimen legal que, textualmente, "deberá adecuarse a los considerado en la presente sentencia y en el fallo recurrido, asegurando un imprescindible equilibrio político, el buen orden de las instituciones y el derecho a ser juzgado por un juez imparcial". Es decir que Gandur, quizá anticipándose a todo esto, pidió preventivamente respeto hasta por la sentencia de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo (Rodolfo Novillo y Carlos Giovanniello), que al ser cuestionada por el Gobierno permitió la actuación de la Corte Suprema. A esa parte -claro- no la menciona el hábil Jiménez-2008.
Desde la vuelta de la democracia, Jiménez es el ministro de Gobierno y Justicia que más duró en un gobierno: lleva lo que Alperovich en el poder. Teniendo en cuenta que antes se trataba de un cargo-fusible, esto sería todo un sensato récord y una muestra de estabilidad institucional, salvo por un detalle: desde 2003, Alperovich sólo ha sufrido dolores de cabeza como consecuencia de su forma de relacionarse con el Colegio de Abogados y con el Poder Judicial, precisamente órbitas de competencia del Ministerio de Gobierno y (nada menos) Justicia. ¿Será casualidad?

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