La ley prevé hasta 10 años de prisión

23 Junio 2008
El Código Penal de la Nación (CP) estipula penas de entre 2 y 10 años de prisión para quienes sean encontrados culpables del delito de lavado de activos de origen delictivo, la figura que con mayor frecuencia utilizó el juez federal Mario Racedo en la investigación de las 4x4.
El artículo 278 advierte que estas penas serán aplicadas a quien convirtiere, transfiriere, administrare, vendiere, gravare o aplicare de cualquier otro modo dinero u otra clase de bienes provenientes de un delito en el que no hubiera participado, con la consecuencia posible de que los bienes originarios o los subrogantes adquieran la apariencia de un origen lícito y siempre que su valor supere la suma de $ 50.000, sea en un solo acto o por la reiteración de hechos diversos vinculados entre sí. En algunos casos, el CP prevé un mínimo de cinco años de prisión, por lo que en caso de ser condenados, los imputados no podrán salir en libertad, explicó una fuente consultada.
En la resolución del magistrado a la que accedió LA GACETA, además de enviar a juicio a 21 personas, Racedo decidió sobreseer definitivamente otras siete. Ellas son Bruno Exequiel Bertelli, Luis Alberto Cambursano, Fabián Antonio González, Pedro Miguel Hoyos, René Osvaldo Juárez, Miguel Rafael y Jorge Osvaldo Juárez.

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