Quién es Laura De Marinis, la jueza que declaró inconstitucional la Ley Penal Juvenil
La magistrada porteña sobreseyó a un adolescente de 14 años acusado de un intento de robo y declaró inconstitucional un artículo de la nueva Ley de Régimen Penal Juvenil. En 2023 también había intervenido en la causa por el ataque al playero Arturo López.
Resumen para apurados
- En CABA, la jueza Laura De Marinis declaró inconstitucional la Ley Penal Juvenil y sobreseyó a un chico de 14 años al considerar regresiva la norma ante un intento de robo.
- El fallo surgió por un hecho sin heridos ni pérdidas materiales. La magistrada, con trayectoria en la defensa pública, ya había intervenido en el caso del playero Arturo López.
- La resolución reabre el debate sobre la baja de imputabilidad a 14 años y anticipa una batalla judicial sobre la validez constitucional de la reforma penal en todo el país.
La jueza Laura Beatriz De Marinis, titular del Juzgado Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N° 3 de la Ciudad de Buenos Aires, quedó en el centro de la escena judicial después de declarar la inconstitucionalidad de un artículo de la nueva Ley de Régimen Penal Juvenil y sobreseer a un adolescente de 14 años acusado de un intento de robo.
La resolución fue dictada a partir de un planteo del Ministerio Público de la Defensa. De Marinis consideró que, en este caso concreto, la aplicación de la nueva normativa resultaba regresiva respecto del sistema de protección integral que regía antes de la entrada en vigencia de la Ley 27.801.
El fallo no implica, según la propia resolución, la anulación general de toda la ley. La jueza cuestionó específicamente el artículo 1, que establece que el régimen penal juvenil se aplica a adolescentes desde los 14 años hasta antes de cumplir los 18 cuando sean imputados por delitos previstos en el Código Penal o en leyes especiales.
Quién es Laura Beatriz De Marinis
De Marinis comenzó su carrera en la Justicia en 2006, cuando todavía no había obtenido el título de abogada. Durante su trayectoria ocupó distintos cargos en el Ministerio Público Fiscal y en el Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad.
Desde 2017 se desempeñó como Prosecretaria de Cámara Letrada en la Secretaría Letrada de Intervención Penal Juvenil, dependiente de la Defensoría General Adjunta en lo Penal, Contravencional y de Faltas.
En marzo de 2023 se presentó al concurso de oposición y antecedentes para acceder al juzgado que actualmente ocupa. El 19 de diciembre de ese año juró como jueza ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.
Once días después de asumir, el 28 de diciembre de 2023, intervino en una causa que había generado una fuerte repercusión pública: la del ataque contra el playero Arturo López, ocurrido en un garaje del barrio porteño de Monserrat.
El antecedente del caso del playero Arturo López
Arturo López había sido atacado en noviembre de 2021 por un adolescente que tenía entonces 17 años. La agresión quedó registrada por las cámaras de seguridad del garaje y las imágenes provocaron una amplia repercusión.
Después del ataque, López permaneció internado durante más de un año y quedó con secuelas permanentes. El agresor estuvo prófugo durante cinco meses y posteriormente recibió una condena de cuatro años y seis meses de prisión.
En diciembre de 2023, pocos días después de asumir como jueza, De Marinis resolvió dejar sin efecto la prisión domiciliaria del joven condenado. En su lugar, dispuso el uso de una tobillera electrónica y le prohibió salir del país.
La resolución provocó el rechazo de la familia de López, que había denunciado las consecuencias permanentes que sufrió el playero después de la agresión.
Qué decidió ahora la jueza sobre la Ley Penal Juvenil
La nueva resolución surgió de una causa iniciada el 10 de septiembre, cuando un adolescente de 14 años fue acusado de participar junto con otros jóvenes de un intento de robo.
Según la causa, un hombre de 47 años fue abordado por un grupo de adolescentes cuando caminaba por la calle. La víctima logró escapar y pedir ayuda a un policía, por lo que el robo no llegó a concretarse.
De Marinis sostuvo que, aunque existió una conducta intimidatoria, en el caso analizado no se produjo una afectación de la propiedad ni lesiones físicas. También señaló que el Estado debe considerar otras formas de intervención frente a determinadas trayectorias de vulnerabilidad antes de recurrir al sistema penal.
La jueza sostuvo que el ingreso al sistema penal debe funcionar como último recurso y planteó que no corresponde responsabilizar penalmente a adolescentes por situaciones de vulneración de derechos que, según su argumento, no fueron atendidas previamente por el Estado.
En consecuencia, declaró inconstitucional para este caso el artículo 1 de la Ley 27.801 y sobreseyó al adolescente de 14 años.
La discusión por la baja de la edad de imputabilidad
La decisión de De Marinis se produce pocos días después de la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil, que establece un régimen penal específico para adolescentes desde los 14 años.
El fallo abrió una nueva discusión judicial sobre la aplicación de la reforma. Se trata, además, del segundo pronunciamiento judicial reciente que cuestiona aspectos de la nueva normativa: anteriormente, la jueza Marta Elba Pascual, de Lomas de Zamora, había dispuesto una medida sobre la aplicación de la ley, aunque la Cámara de Apelaciones de ese distrito posteriormente revocó esa decisión.
El caso de De Marinis podría generar nuevas instancias de discusión en la Justicia, aunque su resolución se refiere al expediente concreto y no supone por sí misma la suspensión general del Régimen Penal Juvenil.
Las declaraciones públicas de De Marinis
La jueza también había expresado públicamente sus reparos frente a la reforma del régimen penal juvenil. En una entrevista realizada meses atrás, planteó que la modificación podía llevar a que determinados conflictos escolares terminaran en los tribunales y sostuvo que el cambio alcanzaría también a adolescentes de sectores medios y medios altos.
Durante esa entrevista, De Marinis explicó además su concepción sobre el trabajo de los jueces y señaló que deben aplicar las normas vigentes aun cuando las decisiones puedan generar cuestionamientos.
Su reciente fallo volvió a colocar esas posiciones en el centro del debate sobre la edad de imputabilidad y el alcance que debe tener la respuesta penal frente a los delitos cometidos por adolescentes.









