Resumen para apurados
- La Justicia procesó al administrador del loteo "Las Pirámides" por usurpar terrenos del Parque Sierra de San Javier, pertenecientes a la Universidad Nacional de Tucumán.
- La medida complementa una causa previa por desobedecer la orden judicial de frenar la tala, las obras y la venta irregular de lotes dentro de la reserva protegida de la UNT.
- El fallo busca frenar el avance de barrios irregulares y sienta un precedente judicial clave para preservar el patrimonio ambiental e institucional de la universidad pública.
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El juez Federal Guillermo Díaz Martínez ordenó el procesamiento sin prisión preventiva para Próspero Marcelo Sosa, administrador del barrio “Las Pirámides” en San Javier, y de su hijo Marcio Sosa, y ordenó trabar embargo sobre bienes de Próspero Sosa por 500 millones de pesos, y de Marcio Sosa por $ 200 millones. El padre está acusado de usurpación mediante despojo del terreno perteneciente a la Universidad Nacional de Tucumán ubicado en el Km 28 de la ruta 338; de defraudación por estelionato y por daño agravado a bienes de uso público. El hijo es considerado partícipe secundario en los delitos de usurpación y de daño agravado a bienes de uso público.
La causa gira alrededor del emprendimiento “Las Pirámides”, que se encuentra en el sector sur del Parque Sierra de San Javier, perteneciente a la UNT desde 1948. Sosa había sido denunciado en 1998 por la UNT por usurpación y en 2008 había sido sobreseído por falta de continuidad de la acción penal. A partir de entonces comenzó su emprendimiento inmobiliario. Cuando la UNT descubrió que se estaban vendiendo lotes a través de redes sociales, denunció nuevamente a Sosa. Las actuaciones de la justicia de ahora, llevadas adelante por el fiscal federal Agustín Chit, son complementarias de otra causa en la que se investigó a Sosa por incumplir una orden judicial de 2018 que prohibía nuevas construcciones, venta de lotes, tala y otras intervenciones en ese sector. El 20 de diciembre de 2024 fue condenado a un año de prisión en suspenso y una multa de $30 millones por desobediencia a un funcionario público. Esa sentencia no fue apelada y quedó firme.
La Justicia considera que existe un conjunto amplio de pruebas. Menciona informes de la UNT, Catastro, Renaper, EDET, Enacom y otros organismos; constataciones judiciales de 2019, 2022 y 2024; relevamientos aerofotogramétricos; información bancaria; publicaciones periodísticas y de redes sociales; y boletos de compraventa.
Uno de los datos centrales es el crecimiento de las construcciones: 25 viviendas construidas y una en obra en abril de 2019; 21 viviendas nuevas y un desmonte de gran magnitud en abril de 2022; 54 viviendas en abril de 2024; y 70 construcciones georreferenciadas en junio de 2024..
El fallo rechaza el planteo de “cosa juzgada” formulado por Sosa. Su defensa sostuvo que ya había sido juzgado por usurpación en la causa 315/1998, en la que fue sobreseído por prescripción en 2008. El juez señala que entonces no existía “Las Pirámides” y que el loteo, las ventas, los desmontes y las construcciones investigados ahora corresponden al período 2019-2024, por lo que considera que son hechos posteriores y autónomos.
Herencia familiar
También rechaza, en esta instancia, el argumento de la posesión por herencia familiar. El fallo señala que Catastro rechazó en 2009 el plano de mensura presentado por Sosa para una prescripción adquisitiva y afirma que, al momento de los hechos investigados, no contaba con título ni resolución judicial que reconociera dominio o posesión sobre “Las Pirámides”.
El segundo delito analizado respecto de Próspero Sosa es la defraudación por estelionato. El fallo sostiene que está documentada la suscripción de al menos 19 boletos de compraventa y una cesión de derechos posesorios, y que por lo menos 12 fueron posteriores a la cautelar del 3 de diciembre de 2018.
El tercer delito analizado es daño agravado a bienes de uso público. El juez menciona como hechos materiales el desmonte, la tala indiscriminada, la apertura de caminos y la alteración morfológica del área protegida. Señala que estos elementos aparecen en constataciones de 2019, 2022 y 2024 y en fotografías aéreas comparativas.










