En Tucumán rige el régimen de promoción de inversiones: en qué consiste y a quiénes favorece

Con este sistema, la Provincia procura la instalación de nuevos emprendimientos productivos y/o la ampliación de las inversiones ya existentes en Tucumán.

MÁS EMPLEOS. Una de las razones del régimen de promoción es el aliento a la generación de nuevos puestos. MÁS EMPLEOS. Una de las razones del régimen de promoción es el aliento a la generación de nuevos puestos.

El Poder Ejecutivo puso en vigencia el Régimen de Promoción de las inversiones, amparado bajo la ley provincial 9.911, sancionada por la Legislatura en septiembre del año pasado y actualizada en diciembre último con el fin de promover la instalación de nuevos emprendimientos y ampliación de existentes. El sistema fue reglamentado mediante el decreto 1.042 del Ministerio de Economía y Producción, firmado por el gobernador Osvaldo Jaldo y por el ministro de Gobierno, Regino Amado.

Desde Buenos Aires, donde realizó gestiones para la industria, el titular de la cartera económica, Daniel Abad, confirmó la vigencia del nuevo régimen con el que la provincia espera que, en los próximos meses, se vuelquen capitales para apuntalar la economía local. La promoción establece una exención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y beneficios en el Impuesto para la Salud Pública por la creación de nuevos empleos.

La exención para el impuesto sobre los Ingresos Brutos alcanzará únicamente a los ingresos generados por la actividad objeto de la nueva inversión. Para empresas ya existentes (nueva actividad y ampliación), el beneficio se aplicará según los ingresos generados en función del incremento de la inversión, que serán determinados por la autoridad competente, indica el decreto al que accedió LA GACETA.

Para acceder a estos beneficios, el régimen establece los siguientes requisitos:

• Realizar inversiones productivas y/o turísticas en la provincia por un monto mínimo U$S 1.000.000.

• Incorporar de manera sostenida nuevos puestos de trabajo directos asociados a la inversión, con mano de obra local.

• Presentar un Proyecto de Inversión definitivo que deberá ser aprobado por la Autoridad de Aplicación y acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias provinciales.

El plazo para ejecutar la inversión proyectada no podrá exceder los 12 meses, contados a partir de la aprobación del proyecto, el que podrá ser prorrogado por la autoridad de aplicación. Además, prevé el momento a partir de cual deberán ser incorporados los trabajadores directos y su forma de acreditación a los fines del impuesto para la Salud Pública.

Categorías

El decreto gubernamental remarca dos categorías para acceder al régimen.

• Nuevo emprendimiento productivo y lo turístico: es aquel que inicia una actividad económica ejecutada por una nueva empresa que decide radicarse en Tucumán, o por una empresa radicada en la provincia que decide ejecutar un nuevo emprendimiento incorporando nuevas actividades económicas a las ya declaradas.

• Ampliación de las inversiones ya existentes: es toda expansión de un negocio ya existente para aumentar sus operaciones, ejecutada por empresas radicadas en la provincia o por una nueva empresa que adquiere el negocio ya establecido para ampliarlo.

Dentro del término empresa están comprendidas las personas humanas o sociedades comerciales. Se entenderá por inversión productiva y/o turística y de bienes de capital, lo establecido en los artículos 13 y 29 de la Ley Nacional N° 27.264 y sus modificatorias, completa la norma.

Pasos a seguir

Para acceder y mantener los beneficios fiscales, los sujetos beneficiarios deberán cumplir de manera obligatoria y simultánea con los requisitos previstos en la reglamentación, de acuerdo al siguiente orden:

a) Aprobación del proyecto de Inversión. La presentación de los proyectos deberá ajustarse a los requisitos, plazos y formas que establezca la Dirección de Industria y Comercio Exterior, debiendo otorgar prioridad a los que utilicen materia prima y derivados de origen provincial. La escala, cantidad de trabajadores a incorporar y los plazos de las mismos serán determinados en cada proyecto y aprobados por esa área del Ejecutivo.

b) Certificación de las inversiones efectivamente realizadas. Finalizadas las inversiones previstas en el proyecto, la Dirección de Industria y Comercio Exterior, elevará un informe al secretario de Producción, que certificará las inversiones.

c) Puesta en marcha. Certificada la inversión, la Dirección de Industria y Comercio Exterior labrará el acta administrativa de constatación de la puesta en marcha proyecto de inversión aprobado.

d) Otorgamiento del beneficio. Con la puesta en marcha de la inversión, procederá la Dirección General de Rentas a emitir los informes sobre empleo, cumplimiento fiscal e inexistencia de beneficios similares previamente adquiridos en virtud de otros Regímenes Provinciales.

“Los requirentes que se encuentren en proceso de determinación o discusión administrativa, o en proceso de trámite judicial tanto en carácter de actor como demandado, cualquiera sea su etapa procesal, por obligaciones y sanciones tributarias provinciales y sus accesorios, para poder gozar de los beneficios que la ley prevé, deberán previamente presentar el allanamiento incondicional del contribuyente y/o responsable y en su caso, el desistimiento y expresa renuncia a toda acción o derecho, incluso el de repetición, asumiendo los citados sujetos por el monto demandado el pago de las costas y los gastos causídicos, aclara la reglamentación

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