APELACIÓN. La central obrera insiste en frenar la reforma por “inconstitucional” y prepara una nueva ofensiva judicial.
Resumen para apurados
- La CGT apelará el fallo de la Cámara del Trabajo que restableció la reforma laboral de Milei en Argentina para frenar la vigencia de 82 artículos por presunta inconstitucionalidad.
- La justicia suspendió la cautelar que frenaba la norma, reactivando cambios en indemnizaciones, jornadas de 12 horas y limitaciones al derecho a huelga en servicios esenciales.
- La central obrera llevará el reclamo a las calles el 30 de abril. El desenlace judicial marcará un precedente crítico sobre la validez de las reformas estructurales del Gobierno.
La Confederación General del Trabajo (CGT) anunció que apelará el fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que restableció la vigencia de la reforma laboral promovida por el gobierno de Javier Milei. La resolución dejó sin efecto la medida cautelar que había frenado más de 80 artículos de la norma y volvió a habilitar su aplicación en todo el país.
En la conducción sindical señalaron que insistirán con su estrategia de fondo: cuestionar la validez constitucional de los puntos incluidos en la denominada “modernización laboral”. Luego del pronunciamiento de la Cámara, el secretario adjunto de la CGT, Andrés Rodríguez, confirmó a Clarín que la central recurrirá la decisión que levantó la suspensión dictada en primera instancia.
En ese contexto, sostuvo: “Este rechazo lo vamos a plantear en la marcha el 30 de abril, en la víspera del Día del Trabajador, cuando vamos a reivindicar nuestros reclamos y una crítica fuerte a la modernización laboral del Gobierno”.
Durante la jornada del jueves, la CGT mantuvo distintos encuentros internos para definir cómo canalizar el rechazo al fallo. En ese ámbito, algunos dirigentes deslizaron que existieron presiones sobre la Justicia y evaluaron las posibles respuestas tanto en el plano político como en el judicial. La mesa chica volvería a reunirse el lunes.
A través de un comunicado, la central ratificó su postura y aseguró que insistirá en su rechazo a la reforma y que “continuará su lucha en defensa de los derechos laborales”. Además, cuestionó el accionar de los jueces al considerar que el fallo es “impropio” y que podría constituir una causal de mal desempeño.
La respuesta jurídica
Pese al revés, en la CGT descartan dar por cerrada la disputa en los tribunales. Tras conocerse la resolución, difundieron una aclaración relevante: la cautelar otorgada en primera instancia no fue revocada, sino que sus efectos quedaron suspendidos hasta que la Cámara analice el recurso presentado por el Gobierno. En ese sentido, remarcaron que la medida sigue vigente. “Estamos analizando opciones jurídicas viables”, indicaron desde el equipo legal.
La precisión adquiere importancia porque aún no se resolvió la cuestión de fondo. Hasta el momento, los jueces intervinientes se limitaron a definir si correspondía o no suspender la aplicación de la norma mientras se dirime su validez. “El tema de fondo es la inconstitucionalidad. Eso es lo que estamos laburando y eso es lo que vamos a buscar. Ahora, redoblamos esfuerzos para el 30 de abril (por la marcha del Día de los Trabajadores)”, afirmó el secretario de Prensa de la CGT, Horacio Arreceygor, según publicó Ámbito.
Por otro lado, mientras el Gobierno defiende la reforma frente a las presentaciones sindicales, la conducción de la CGT sigue de cerca los fallos individuales que limitaron la aplicación de algunos artículos, especialmente los relacionados con el régimen de indemnizaciones. “Un trabajador de Córdoba logró un fallo a favor porque le querían pagar la indemnización en cuotas y la Justicia le concedió que sea todo junto”, apuntó el sindicalista.
Artículos habilitados
La Sala VIII del tribunal concedió efecto suspensivo a la apelación del Estado nacional, lo que implica que los 82 artículos que estaban frenados vuelven a regir de inmediato en todo el país.
Entre los cambios más relevantes, se habilita la extensión de la jornada laboral de ocho a 12 horas diarias, con la obligación de respetar un descanso mínimo de 12 horas entre turnos.
También se incorpora el sistema de “banco de horas”, que permite compensar horas extras con días de descanso mediante acuerdos entre las partes.
En materia de despidos, el cálculo de las indemnizaciones se verá modificado: dejarán de incluirse conceptos como aguinaldo, vacaciones y premios en la base remunerativa. Para los casos judicializados, las indemnizaciones se ajustarán por inflación (IPC) más un 3% anual adicional. Las grandes empresas podrán abonar en hasta seis cuotas mensuales, mientras que las pymes contarán con un plazo de hasta 12 pagos.
Además, se pone en marcha el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un fondo inembargable destinado a cubrir indemnizaciones.
La norma también redefine las condiciones de funcionamiento durante huelgas. Amplía el listado de actividades consideradas esenciales que deberán garantizar una prestación mínima del 75%. Los servicios catalogados como “trascendentales” deberán asegurar al menos el 50%, mientras que las fuerzas de seguridad deberán operar con el 100% de su capacidad.
En cuanto a las vacaciones, se introducen flexibilizaciones: podrán fraccionarse en períodos de al menos siete días corridos y, aunque se mantiene el período habitual entre octubre y abril, se habilita su otorgamiento fuera de esa franja mediante acuerdo. Si no se conceden en forma simultánea, el trabajador deberá acceder al receso estival al menos una vez cada tres años.











