¿Cómo se paga el Día del Trabajador? (Imagen web)

Resumen para apurados
- El 1° de mayo es feriado nacional en Argentina por el Día del Trabajador. Según la Ley 20.744, quienes trabajen esa jornada deben percibir una remuneración doble obligatoria.
- Basado en la gesta de 1886, el artículo 165 asimila el feriado al descanso dominical. Para cobrar el doble, el empleado debe cumplir ciertos requisitos de asistencia previa.
- Esta regulación garantiza la equidad salarial y diferencia al feriado del 'día no laborable'. Asegura que los trabajadores mantengan sus derechos ante fechas inamovibles anuales.
Mayo ya tiene su fin de semana largo e inicia con uno de los recesos más significativos del cronograma oficial: el Día Internacional del Trabajador. En la agenda de pausas de la actividad laboral de la Nación, estipulada por la Ley 20.744, el 1° de Mayo se fija como un feriado nacional donde rigen las reglas del cese dominical; por ende, la percepción del salario se enmarca en estas directrices.
En homenaje a los “Mártires de Chicago”, el Día Internacional de los Trabajadores se instaura como una conmemoración a los obreros ejecutados tras su intento de exigir derechos laborales que garantizaran condiciones dignas. Esta efeméride recuerda la gesta histórica de 1886 y, bajo esa premisa, se disponen jornadas festivas en el mundo para sostener la equidad laboral. Con esos motivos, en la Argentina se prescribe el régimen de feriado nacional.
¿Cómo se paga el 1° de Mayo?
El artículo 165 de la Ley de Contrato de Trabajo dispone que sobre los feriados nacionales rige el descanso dominical. En dichas fechas, en caso de que los empleados presten su servicio, la normativa prescribe el cobro de la remuneración normal “más una cantidad igual”. Como el Día del Trabajador se sostiene como una fecha inamovible, en la práctica se traduce en el "pago doble" por la actividad realizada. La regulación estipula que incluso si el feriado coincidiera con un domingo, el derecho a percibir el sueldo correspondiente se mantiene vigente.
Sin embargo, para acceder a este beneficio, el artículo 168 de la misma normativa fija ciertas condiciones de asistencia. El personal debe haber cumplido funciones a las órdenes del mismo empleador durante 48 horas o seis jornadas dentro de los diez días hábiles anteriores a la festividad, o haber prestado tareas la víspera hábil y continuar en los cinco días posteriores.
Diferencia con el "día no laborable"
Es vital no confundir un feriado nacional con un día no laborable (regido por el artículo 167). Mientras que en el primero el cese de actividades es obligatorio y el pago es doble si se trabaja, en las jornadas no laborables el empleador tiene la opción de abrir o no. Si decide prestar servicio, el operario percibe su salario simple, sin recargos adicionales. Para este 1° de mayo de 2026, la regla es absoluta: es feriado nacional para todos los sectores.








