

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares acordó una nueva actualización salarial que contempla un incremento del 6,5% para el período comprendido entre febrero y septiembre de 2025. Este aumento se divide en un 3,5% calculado sobre los salarios mínimos vigentes en enero de 2025, y tres incrementos adicionales del 1% cada uno, aplicables sobre los sueldos mínimos de julio, agosto y septiembre.
El acuerdo busca una mejora progresiva de los ingresos en ese tramo del año.Adicionalmente, se establecieron pagos no remunerativos por única vez para los meses de julio, agosto y septiembre. Estos pagos buscan reconocer el esfuerzo del personal, ajustando los montos según la carga horaria. Adicionalmente, las partes acordaron además volverse a reencontrar en octubre próximo para repactar un ajuste.
Cuánto deben cobrar los y las empleadas/os domésticas/os en julio de 2025
Se establecieron pagos no remunerativos por única vez para los meses de julio, agosto y septiembre. En julio, se abonará hasta $10.000, mientras que en agosto y septiembre se pagarán $9.500 en cada mes. Estos montos corresponden únicamente a quienes cumplen una jornada laboral semanal mayor a 16 horas.
En cuanto a las empleadas que trabajan entre 12 y 16 horas semanales, recibirán $7.000 en julio, y $6.000 tanto en agosto como en septiembre. Por su parte, aquellas que trabajan menos de 12 horas por semana percibirán un bono mensual de $4.000 durante los tres meses mencionados. La remuneración mínima mensual para la categoría más demandada será en julio de $367.163 más $10.000 bono; en agosto de $370.835 más bono $9.500, y en septiembre de $374.544 más bono $9.500.
-Los salarios mínimos por categoría para julio de 2025 son los siguientes:
1. Supervisor/a
Coordina y controla tareas de 2 o más personas a su cargo.
Con retiro:
-Enero: $430.878 / $3.454 hora
-Feb-junio (+3,5%): $446.019 / $3.574 hora
-Julio (+1%): $450.479 / $3.609 hora
-Agosto (+1%): $454.983 / $3.645 hora
-Septiembre (+1%): $459.532 / $3.681 hora
Sin retiro:
-Enero: $479.950 / $3.783 hora
-Feb-junio: $496.748 / $3.916 hora
-Julio: $501.716 / $3.955 hora
-Agosto: $506.733 / $3.994 hora
-Septiembre: $511.800 / $4.034 hora
2. Personal para tareas específicas
Cocineros/as o tareas que requieren idoneidad.
Con retiro:
-Enero: $400.310 / $3.270
-Feb-junio: $414.320 / $3.385
-Julio: $418.463 / $3.419
-Agosto: $422.648 / $3.453
-Septiembre: $426.874 / $3.487
Sin retiro:
-Enero: $445.613 / $3.585
-Feb-junio: $461.229 / $3.711
-Julio: $465.841 / $3.748
-Agosto: $470.499 / $3.785
-Septiembre: $475.204 / $3.823
3. Caseros
Trabajan en vivienda en la que también residen.
-Enero: $390.567 / $3.089
-Feb-junio: $404.388 / $3.197
-Julio: $408.432 / $3.229
-Agosto: $412.516 / $3.261
-Septiembre: $416.641 / $3.294
4. Asistencia y cuidado de personas
Niños/as, adultos mayores, personas con discapacidad.
Con retiro:
-Enero: $390.567 / $3.089
-Feb-junio: $404.388 / $3.197
-Julio: $408.432 / $3.229
-Agosto: $412.516 / $3.261
-Septiembre: $416.641 / $3.294
Sin retiro:
-Enero: $435.246 / $3.454
-Feb-junio: $450.480 / $3.575
-Julio: $454.985 / $3.610
-Agosto: $459.534 / $3.646
-Septiembre: $464.129 / $3.682
5. Personal para tareas generales
Limpieza, cocina, mantenimiento, etc.
Con retiro:
-Enero: $351.233 / $2.863
-Feb-junio: $363.526 / $2.963
-Julio: $367.161 / $2.992
-Agosto: $370.832 / $3.021
-Septiembre: $374.540 / $3.051
Sin retiro:
-Enero: $390.567 / $3.089
-Feb-junio: $404.388 / $3.197
-Julio: $408.432 / $3.229
-Agosto: $412.516 / $3.261
-Septiembre: $416.641 / $3.294








