
“Quiero justicia por Gabriela, por quienes se manifestaron acá, por la violencia de género que sufrió y por quienes le robaron”. Esas fueron las últimas palabras que expresó Leonardo Salomón horas antes de conocer que el tribunal, con dos votos a favor y uno en contra, decidió condenarlo a 15 años de prisión por considerarlo responsable de asesinar a Gabriela Picciuto en marzo de 2023 y luego esconder su cadáver en la estructura de una cisterna en la vivienda de la calle Chacabuco 59.
El caso llamó la atención de todos los tucumanos e incluso tuvo repercusión nacional debido a la manera en la que se hallaron los restos de la víctima y a todos los interrogantes que se establecieron alrededor del caso. La Fiscalía de Homicidios II no tuvo una tarea sencilla a la hora de establecer una línea investigativa debido a la multiplicidad de sospechosos.
En un primer momento el fiscal Carlos Sale imputó a Salomón, a José Luis Fumero (ex marido de Gabriela), a Natalia Liberman y Alfredo Socci (inquilinos) y a Sofía di Cianni (visitaba con frecuencia la pensión) como coautores del crimen y la causa fue declarada compleja. Finalmente se terminó enjuiciando únicamente a Salomón.
Durante las tres semanas que duró el debate oral, se despejaron algunas dudas pero también quedaron algunas preguntas sin resolver. Para los jueces Valeria Mibelli y Guido Cattáneo, las pruebas producidas en las audiencias fueron suficientes para declarar culpable a Salomón. No así para la magistrada Isabel Méndez..
Tras seis horas de analizar las declaraciones de los testigos y pericias expuestas, Mibelli explicó que “existen indicios concordantes respecto a la oportunidad, ocultamiento del hecho y actitud sospechosa del imputado”. “Queda justificado que Salomón convivía con Gabriela en ese momento. A su vez, la fecha de su partida coincide con la fecha estimada del homicidio de Gabriela. De ninguna manera se podría explicar que, siguiendo la versión del imputado, Gabriela se haya retirado a Jujuy, haya regresado en su ausencia posterior al día 11, haya sido asesinada y se haya realizado la obra de construcción y de pintado que demandó el ocultamiento, sin conocimiento de imputado o en su ausencia, y por supuesto sin que los vecinos o encargados de los locales pudieran haber visto a otra persona que ingresara y cometiera dicho homicidio y su ocultamiento. Por ello se concluye que sólo el imputado, conviviente y pareja de la misma, tuvo oportunidad para cometer el delito”, afirmó.
La jueza también hizo alusión a la ausencia del arma homicida y de rastros biológicos y de sangre. “No sólo transcurrieron dos meses desde la fecha del homicidio, sino que dicho inmueble a partir del 2 de mayo fue ocupado por (Walter) Marchese, comenzaron una mudanza y vaciaron el inmueble. Seguramente realizaron limpieza; resulta lógico no encontrar el arma ya que hubo una alteración de la escena del crimen”, argumentó.
También habló de la estrategia planteada por el defensor oficial Hernán Molina. “La teoría de la defensa se sustentó en intentar generar sospechas respecto a terceros que no tuvieron la oportunidad ni la actitud compatible de ocultamiento con la víctima, como así tampoco pueden ser ubicados en la fecha de muerte de la víctima dentro de la casa de Chacabuco 59”, dijo.
Discrepancia
Méndez fundamentó los motivos por los cuales no concordó con sus colegas. Dijo que a su criterio “la prueba no alcanzó la certeza para sostener que Salomón es el autor de la muerte de Picciuto. Entiendo que es probable que haya sido pero no basta la probabilidad”.
La magistrada mencionó los exámenes practicados por el arqueólogo forense Alejandro Leiva. “El perito explicó que por los insectos que intervinieron en el cuerpo de Gabriela, y por el grado de evolución en el ciclo de vida, el cadáver estuvo destapado tres días y que recién ahí se colocó la ropa tapando el cuerpo. Desde el 9 (fecha en que la hija de la víctima habla con ella) y el 11 (fecha en que el imputado viaja a Córdoba) hay una diferencia de 34 horas, no de 72 horas para que haya sido Salomón quien puso la ropa encima del cuerpo”.
Por último se refirió a las manchas de sangre y posible alteración de la escena del crimen. ”Si el crimen fue en Chacabuco 59 es llamativo que no haya habido ningún rastro de sangre en el domicilio. En cambio en la peluquería, a pesar de que fue limpiada por Picciuto y Salomón el 7 de marzo, sí hay un reactivo de sangre. O en calle Chacabuco 59 no fue el lugar de la muerte, o si es que fue allí la persona que limpió los rastros tuvo conocimiento de cómo eliminar de forma completa las manchas de sangre de ese lugar para que no reaccionen ni siquiera al efecto químico”.
Luego de que se conocieran ambas posturas se leyó el veredicto final en el cual los jueces resolvieron no solo condenar a Salomón a 15 años de prisión por ser autor del delito de homicidio simple, sino también ordenar las investigaciones de Marchese por presunta estafa y falso testimonio y a Fumero y a Luciana Marín de la Fuente por la venta de la propiedad.
Sale, quien estuvo acompañado durante el juicio por Candela Santucho y Alejandro Esquenazi, dijo que a pesar de la complejidad del caso la resolución del tribunal, aunque no fue unánime, fue brillante, tanto por los que votaron a favor de la condena como por quien se opuso. Molina, que fue asistido por el abogado Francisco Arias, anunció que impugnará la sentencia.