¿Qué dice la normativa vigente sobre Uber en Tucumán?

¿Qué dice la normativa vigente sobre Uber en Tucumán?

El año pasado se derogó una Ley Provincial que regularizaba el servicio de transporte para empresas privadas. En San Miguel de Tucumán rige una ordenanza que prohibe las “mototaxis”.

DISPOSICIÓN. Las “mototaxis” están prohibidas en la Capital desde 2002.  LA GACETA / FOTO DE ANALIA JARAMILLO DISPOSICIÓN. Las “mototaxis” están prohibidas en la Capital desde 2002. LA GACETA / FOTO DE ANALIA JARAMILLO

La problemática entre el Sistema Único de Transporte Público de Pasajeros de Automóvil (Sutrappa) y las empresas de transporte privado, como Uber, crece en Tucumán. Y es que pese a la legislación existente a nivel provincial -como la derogación de la ley N° 9.352- y a nivel municipal -como la ordenanza N° 3.260-, las aplicaciones electrónicas que emplean este servicio siguen existiendo y ocupan cada vez más espacios en la Provincia.

La legislación que volteó el gobernador, Osvaldo Jaldo, el año pasado es la N° 9.352, aprobada en 2020. Esta ley consistía en la regulación del servicio de transporte privado mediante plataformas electrónicas, por la que se establecían una serie de pautas. En primer lugar, que las empresas debían establecer domicilio local y designar un representante o encargado con residencia permanente en la provincia.

Además, fijaba el pago de una alícuota adicional de Ingresos Brutos del 2% sobre el total del viaje y distintos gravámenes; la asignación de viajes únicamente a los vehículos y conductores registrados y la imposibilidad de despachar servicios por más de ocho horas corridas a un conductor, ni más de 12 horas fraccionadas en un mismo día.

En noviembre de 2022, la iniciativa del legislador oficialista Armando Cortalezzi para derogar esa ley fue aprobada en la Legislatura, y remitida a la gobernación provincial. Al no haber tenido respuesta inmediata, los taxistas intensificaron sus reclamos y abordaron una serie de manifestaciones que concluyeron en la decisión del entonces gobernador interino de derogar la normativa que regulaba la existencia de este servicio.

“Ninguna actividad se puede trabajar en la ilegalidad, ni en Tucumán, ni en la Argentina, ni en ningún lugar del mundo. No cualquiera puede transportar gente; eso tiene que estar autorizado por la autoridad competente”, había dicho el mandatario provincial.

Y también se había referido a las penas posibles: “En el caso que se encuentre alguna persona que esté realizando ese tipo de actividad ilegal, no hay duda que va a ser sancionado con la ley que acabamos de firmar. Uber no existe en la provincia, es ilegal”.

En el país, la única provincia que aprobó de manera legal el funcionamiento de las aplicaciones electrónicas para contratar servicios de transporte público es Mendoza, donde se aprobó esta medida en 2018.

En la órbita de San Miguel de Tucumán, en tanto, una disposición con fecha del 12 de septiembre de 2002 establece que se prohiba en el municipio el servicio y la circulación de las “mototaxis”, como agencia o en forma particular. Es con la ordenanza N° 3.260 que el Concejo Deliberante determinó que se debe proceder a la clausura definitiva de las agencias que transporten pasajeros de este modo, así como al secuestro de las unidades que lo hagan de forma particular. La norma también contempla la suspensión de la habilitación para funcionar y el inicio a través de la Fiscalía Municipal de las acciones judiciales con la tramitación de estilo.

Además del insistente reclamo de los choferes de dichas aplicaciones, también algunos funcionarios tucumanos se han manifestado a favor de la reglamentación del servicio de transporte privado. Por ejemplo, los concejales Carlos Arnedo (Juntos por el Cambio), por un lado, y Leandro Argañaraz (Unión Cívica Radical), por el otro, presentaron proyectos en el Concejo Deliberante para regularizar el funcionamiento de programas de este estilo.

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