Columna previsional: plan de pago de aportes para activos

Columna previsional: plan de pago de aportes para activos

Columna previsional: plan de pago de aportes para activos

El 28 de febrero de 2023 fue sancionada la nueva Ley de Moratoria previsional, que no sólo permite a quienes no cumplen con los requisitos de aportes poder jubilarse actualmente, sino además a los trabajadores activos regularizar los aportes faltantes, hasta cumplir la edad jubilatoria, siempre y cuando los mismos se compren desde los 18 años de edad y hasta el 31 de diciembre de 2012.

A quienes alcanza

En esta oportunidad comentaremos acerca del alcance de la ley para aquellos trabajadores que se encuentran a menos de 10 años de cumplir la edad jubilatoria, y ya saben que llegados los 60 años de edad, mujeres y 65 años los hombres, no tendrán los 30 años de aportes necesarios para acogerse a la Jubilación ordinaria. Por ende, alcanza a mujeres entre 50 y 59 años de edad cumplidos y hombres entre 55 a 64 años de edad, quienes estando hoy en actividad, entre los aportes con los que ya cuentan y los que harán desde ahora hasta la edad jubilatoria, saben que llegado el momento de la jubilación no podrán acceder al beneficio por faltarles años de aportes. Por último, tienen que tener habilitada una caja de ahorro, desde donde se abonarán las cuotas de la moratoria, en función del tiempo de aportes faltantes a abonar.

Entre los requisitos, además del rango de edades ya mencionados, la ley exige que la persona esté activa, es decir aportando al sistema; podría estar trabajando en relación de dependencia o aportando un monotributo o como autónomo.

En el caso de encontrarse sin aportes, existe una solución a ello toda vez que, lo que hacemos los profesionales especialistas, es generar el alta al monotributo para que la persona comience o retome el pago de aportes y de esa manera ya es un trabajador activo para el sistema, luego se realiza el plan de pago de la deuda previsional. En estos casos habrá un doble pago, es decir el aporte mensual del monotributo y las cuotas de la moratoria.

Expediente previsional

Una vez determinada y analizada la situación previsional integral de la persona, el tiempo con aportes hasta la fecha y los meses/años que faltarán una vez que alcance la edad jubilatoria, se confecciona el expediente previsional que se presentará en Anses el día del turno y, desde ahí a través de la cuenta bancaria y de la generación del volante de pago (siempre en función del dinero que el titular tenga en la cuenta para abonar) puede ir eligiendo cantidad de unidades de pago, que son equivalentes a cantidad de meses faltantes y así ir completando los aportes faltantes hasta llegados a los 60 o 65 años de edad, en cuyo momento ya tendrá los 30 años de aportes necesarios para la tramitación de la jubilación ordinaria.

Plazo para este beneficio previsional

Esta posibilidad que tienen los trabajadores activos de abonar tiempo de aportes faltantes es una novedad del sistema previsional y estará vigente sólo hasta marzo del año 2025 (en la medida en que la ley no sea modificada), por lo cual quienes cumplan con los requisitos mencionados, podrían adherirse a la normativa actual.

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