Con 17 años, busca ser candidato a concejal: la Justicia no hizo lugar a la medida cautelar

Con 17 años, busca ser candidato a concejal: la Justicia no hizo lugar a la medida cautelar

Ismael Fernández hizo un planteo judicial para competir por una banca en el Concejo de Tafí Viejo. Aún resta que se dicte la sentencia de fondo.

LUCHA EN LOS TRIBUNALES. Ismael Fernández, junto a su abogado Víctor Schedan, en una entrevista con LA GACETA. Foto de Archivo LUCHA EN LOS TRIBUNALES. Ismael Fernández, junto a su abogado Víctor Schedan, en una entrevista con LA GACETA. Foto de Archivo
21 Marzo 2023

La Justicia provincial rechazó la cautelar que había requerido Ismael Fernández, el joven de 17 años que pretende ser candidato a concejal de Tafí Viejo por el Movimiento Patria Grande. De todos modos, todavía resta que la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo se expida respecto a la cuestión de fondo planteada por el adolescente. 

Ismael, a través de su padre, Daniel Alfredo Fernández, y de su madre, Myriam Noemí Rodríguez, recurrió a la Justicia provincial -con el patrocinio del abogado Víctor Schedan- para solicitar, por un lado, una medida cautelar que posibilite su inscripción como postulante a edil taficeño ante la Junta Electoral Provincial (el 12 de abril vence el plazo para registrarse); y, por otro, una acción de amparo por considerar afectado su derecho “a postular y a ser elegido para integrar el Concejo Deliberante de Tafí Viejo”.

El eje central de la demanda promovida en contra de la Provincia radica en la supuesta inconstitucionalidad de la Ley Orgánica de Municipalidades (5.529), que en su artículo 7, inciso 1°, establece como requisito para acceder al cargo de concejal una edad mínima de 22 años.

"Dicha disposición legal, sancionada en la última dictadura militar, dispone un requisito no establecido por la Constitución de la Provincia, carece de mínima razonabilidad y colisiona de manera esencial con el derecho político que le asiste a Ismael Fernández, y es reconocido y protegido por diferentes convenciones internacionales de suprema jerarquía en nuestro ordenamiento jurídico", se argumentó en la presentación judicial.

Además, se destacó que el adolescente -que es egresado del Gymnasium de la UNT y se desempeñó como presidente del Centro de Estudiantes hasta diciembre de 2022- cumple 18 años en abril próximo. Y se señaló que el joven “se encuentra inscripto” y forma parte de la lista única acordada por el Movimiento de la Patria Grande, ligado al oficialismo provincial y nacional.

La decisión de los jueces: "No hacer lugar"

Tras analizar los argumentos de Ismael Fernández y los informes de rigor enviados por la Provincia -a través de Aldo Luis Cerutti, representante de la Fiscalía de Estado-, los jueces María Florencia Casas y Celedonio Gutiérrez resolvieron “no hacer lugar a la medida cautelar solicitada” en la demanda.

A criterio de los magistrados, en el expediente “no aparece a primera vista justificada una intervención preventiva en una cuestión en la que el despacho cautelar es excepcional”.

Es que, según la perspectiva de los jueces, el asunto a resolver “se traducirá en la recta interpretación y en la determinación adecuada del alcance constitucional y convencional de la normativa en juego”; es decir, el artículo de la Ley Orgánica de Municipalidades que fija un mínimo de 22 años para el cargo de concejal. Tal análisis, en definitiva, “sólo podrá ser asequible luego de que hayan transcurrido las correspondientes etapas de debate y prueba que componen el presente proceso”, expusieron Casas y Gutiérrez.

“Dicho de otro modo -agregaron los jueces-, la pretendida inconstitucionalidad del artículo 7 inciso 1° de la Ley N° 5.529 merece de la adecuada interpretación de variados elementos normativos y convencionales, a la vez que implica también la valoración de argumentos, situaciones de hecho y elementos de prueba; ejercicio que debe ser encarado inexorablemente con una profundidad que supera el marco de examen limitado y estrecho en el que se desenvuelve la etapa cautelar”.

Además, consignaron que, según la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la declaración de inconstitucionalidad de una norma “es un acto de suma gravedad institucional y la última ratio del orden jurídico”. Advirtieron luego que se trata de un proceso de amparo, “en el que las etapas de debate y prueba son acotadas” y “acordes a la naturaleza sumaria del trámite”.

Si bien los vocales de la Sala I no hicieron lugar a la medida cautelar para que se permita al Movimiento Patria Grande registrar a Ismael Fernández como candidato a concejal de Tafí Viejo, todavía es posible que la sentencia de fondo presente un escenario favorable a las aspiraciones del joven de 17 años. En una entrevista reciente con LA GACETA, el hoy estudiante de Derecho de la UNT destacó la importancia de “las convicciones”. “La política es una mala palabra en la juventud, no se dan cuenta que los únicos capaces de cambiarla somos nosotros”, dijo el adolescente en esa ocasión.

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