Caso Báez Sosa: la defensa apeló a un tecnicismo para absolver a los acusados

Caso Báez Sosa: la defensa apeló a un tecnicismo para absolver a los acusados

Pidió la absolución por un error de los acusadores. Y, si se los condena, que sea por otros delitos con penas menores.

EXPLICACIONES. Hugo Tomei alega en la última audiencia del juicio. El fallo se conocerá el 6 de febrero. captura de video EXPLICACIONES. Hugo Tomei alega en la última audiencia del juicio. El fallo se conocerá el 6 de febrero. captura de video

“Adelanto que voy a pedir la absolución”. La frase de Hugo Tomei, el defensor de los ocho imputados por el crimen de Fernando Báez Sosa, generó sorpresa en la penúltima audiencia del juicio. El pedido no fue lo que impactó, sino el argumento que utilizó: un tecnicismo que deberá ser analizado detenidamente por los miembros del tribunal. “Los hechos alegados por la fiscalía y la querella no respetan el objeto de la requisitoria de elevación a juicio”, destacó.

El profesional explicó que el texto afirmaba que fueron ocho los jóvenes que tuvieron un altercado dentro del boliche, pero que en sus exposiciones, los letrados dijeron que sólo había sido Máximo Thomsen. También indicó que en la acusación figuran que fueron cinco quienes agredieron a la víctima, pero los acusadores alegaron que fueron todos. “Hay diferencias entre la requisitoria y lo alegado. Es una cuestión técnica: se prueba lo que se imputa y acá se imputó una cosa distinta a la que se alegó ayer”, dijo.

La apuesta que hizo Tomei es muy elevada. El abogado sabe perfectamente que esta causa tiene una presión social importantísima. Por ese motivo, durante su alegato, se encargó de cuestionar la cobertura periodística que se hizo del caso.

“El proceso judicial se ha mediatizado y eso es extremadamente grave. No quisiera estar en los zapatos de ustedes (los jueces) porque entiendo que frente a cualquier decisión que sea contraria a la prisión perpetua la comunidad va a pensar en actos que no son propios”, dijo.

“Nadie se sorprende que ante un hecho aberrante como el asesinato de Fernando haya una condena social y una cobertura mediática”, fue el mensaje que escribió el abogado querellante Fernando Burlando en Twitter a modo de respuesta. “Que la defensa pida la absolución de los ocho acusados cuando hay sobradas pruebas en su contra, eso sí sorprende mucho”, añadió el profesional en la red social.

La otra postura

En la audiencia del miércoles, los fiscales Gustavo García y Juan Manuel Dávila, y el equipo que dirige Fernando Burlando, se tomaron más de 10 horas para solicitar la pena de prisión perpetua para Luciano, Ciro y Lucas Pertossi, Ayrton Viollaz, Thomsen, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Blas Cinalli por homicidio agravado por alevosía y el concurso premeditado de dos o más personas en contra de Báez Sosa.

Los acusadores solicitaron su pedido basándose en dos cuestiones. La primera, señalaron que el ataque fue planeado dentro del boliche después de que Thomsen tuviera un encontronazo con la víctima. También señalaron que esperaron como siete minutos a que no hubiera policías en la zona y así poder cumplir con su objetivo. “Fue una cacería humana”, resumió Burlando en su alegato.

Luego señalaron que actuaron con alevosía porque aprovecharon que Báez Sosa estaba totalmente indefenso para agredirlo con golpes de puño y con patadas. Por último, destacaron otro punto que fue categórico: explicaron que cada uno de los acusados cumplió con un rol. Citaron que dos de los que ubicaron a las víctimas fueron los mismos que le aplicaron los golpes. También dijeron que mientras algunos los castigaban, otros se encargaban de evitar -también agrediendo- que recibiera ayuda. “Todos hicieron de todo”, alegó el fiscal García al argumentar por qué debían ser condenados a perpetua.

Otro planteo

En su alegato, Tomei aseguró que no hubo dolo, planificación ni estado de indefensión. “Hubo una agresión de mis defendidos al grupo de Báez Sosa”, resumió. Esa fue la base del pedido que realizó en caso de que sus defendidos no sean absueltos: solicitó que se los condene por homicidio en riña o homicidio con dolo eventual, delitos en los que están contempladas penas menores. En cuanto a la participación de cada uno de ellos, lo dejó librada a la decisión de los jueces.

“Espero que la sentencia sea justa y que también sea una posibilidad de enseñanza. Homicidios van a seguir existiendo y espero que ninguno sea como este por el tratamiento que se le dio desde los medios de comunicación y algunos participantes de este juicio”, finalizó.

Los fiscales le restaron importancia a los dichos de Tomei. “Los jueces van a resolver por las pruebas, no tanto por los alegatos”, consideró Dávila. “Las pruebas derrumbaron el principio de inocencia”, enfatizó.

“Lo que es la premeditación no quiere decir que hayan pensado ‘hoy salgo a bailar y mato una persona’, quiere decir que instantes previos a la comisión del hecho lo que hacen las personas es ponerse de acuerdo para matarlo. Eso se puede advertir en todos los videos: que siete minutos antes salen del boliche, cruzan la calle y van al lugar donde está Fernando. Se observó que, ni bien se va el último efectivo policial, inician el ataque”, concluyó.

Después de escuchar las palabras de los padres de la víctima y de los acusados, la presidenta del tribunal María Claudia Castro, que también integran Christian Rabaia y Emiliano Lázzari, anunció que la sentencia se dará a conocer el 6 de febrero. La lectura del fallo también será transmitida en vivo por el canal de YouTube de la Corte Suprema de Justicia de Buenos Aires.

Todas las posibilidades

1- Los acusadores pidieron que los ocho imputados sean condenados a prisión perpetua por homicidio doblemente agravado.

2- El defensor solicitó que sean absueltos porque los acusadores cometieron un error procesal al cambiar la acusación original.

3- Tomei reconoció la agresión, pero en el marco de una pelea entro dos grupos. Pidió que se los condene por homicidio en riña, que tiene una pena de 2 a 6 años.

4- El defensor también consideró que se los podría condenar por homicidio por dolo eventual, que contempla una pena de 8 a 25 años.

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