Registradas: cinco respuestas sobre el programa que finaliza el 31 de diciembre

Registradas: cinco respuestas sobre el programa que finaliza el 31 de diciembre

El programa que impulsa la AFIP busca la generación de empleo e inclusión social para las trabajadoras y los trabajadores de casas particulares. Conocé las preguntas y respuestas frecuentes.

Registradas: cinco respuestas sobre el programa que finaliza el 31 de diciembre

1.¿Qué es el programa Registradas?

El programa de recuperación económica, generación de empleo e inclusión social para las trabajadoras y los trabajadores de casas particulares, tiene como objetivo generar nuevos puestos de trabajo en el sector de trabajadoras de casas particulares. La iniciativa busca reducir la informalidad, garantizar la permanencia en un empleo registrado y promover la bancarización.

El programa consiste en la transferencia de una suma entre el 30% y 50% del salario durante 6 meses a las nuevas trabajadoras que sean registradas por sus empleadores. Una vez otorgado el beneficio, se procederá a la apertura de oficio de una cuenta sueldo en pesos en el Banco de la Nación Argentina, a nombre de la trabajadora, donde se depositará el beneficio.

La inscripción al programa debe ser solicitada por la parte empleadora a través del servicio con clave fiscal “Personal de Casas Particulares” hasta el 31 de diciembre de 2022.

Es compatible con la Asignación Universal por Hijo, Asignación universal por embarazo, Tarjeta Alimentar, Progresar y Potenciar Trabajo. Para acceder al beneficio las trabajadoras deben dedicar un mínimo de 6 horas semanales declaradas por la parte empleadora. Asimismo deben desempeñar tareas enmarcadas dentro de las categorías de personal para tareas específicas, de caseros y caseras, de asistencia y cuidado de personas o de personal para tareas generales.

2.¿Cómo funciona?

El programa Registradas consiste en la transferencia de un porcentaje del salario durante 6 meses a las nuevas trabajadoras registradas. Con el objetivo de reducir la informalidad, garantizar la permanencia en un empleo registrado y promover la bancarización.

La inscripción al programa debe ser solicitada por la parte empleadora a través del servicio con clave fiscal “Personal de Casas Particulares” hasta el 31 de diciembre de 2022.

El beneficio será aplicable para el alta de una sola relación laboral por cada parte empleadora. A su vez, cada empleada de casas particulares podrá estar registrada en este programa una sola vez. (Más detalle en la web de la AFIP, al final de esta nota)

3. ¿Quiénes pueden acceder?

Podrán solicitar el ingreso al programa Registradas aquellas empleadoras y aquellos empleadores de personal de casas particulares que cumplan con todas las condiciones que se enuncian a continuación:

-que hayan obtenido ingresos brutos de cualquier naturaleza, cuyo promedio mensual sea igual o inferior al importe establecido por el inciso z) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, o aquel que en el futuro lo reemplace, durante los 12 meses calendario inmediatos anteriores a:

-junio 2022: cuando la solicitud de ingreso al programa se realice entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2022

-septiembre 2022: cuando la solicitud de ingreso al programa se realice entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2022

-que registren una nueva relación laboral a partir del 28 de septiembre 2021, donde la trabajadora:

-Esté encuadrada en las categorías de “Personal para tareas específicas”, de “Caseros y caseras”, de “Asistencia y cuidado de personas” o de “Personal para tareas generales”.

-Dedique 6 horas semanales o más a las tareas en un mismo hogar

-El empleador o la empleadora que figure en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) no podrá solicitar la adhesión al programa. En el caso en que se hubiese admitido la adhesión y durante la ejecución se detecte la inclusión en REPSAL, se procederá a la baja automática del programa.

4.¿Cómo acceder al beneficio?

La solicitud de adhesión al Programa Registradas deberá realizarse al momento de registrar la relación laboral en el servicio con clave fiscal “Personal de Casas Particulares”. Solo podrá realizarse una solicitud por relación laboral. Además, la trabajadora solo podrá estar inscripta en el programa únicamente para un empleador o empleadora.

Para ello, se deberá ingresar con CUIT y clave fiscal al portal de Casas Particulares a fin de registrar una nueva relación laboral. El sistema solicitará informar los datos de la trabajadora, las condiciones laborales y el lugar de trabajo. Una vez finalizada esta gestión,  se habilitará la tarjeta del beneficio del programa “Registradas”. Para acceder presionar sobre “Tramitar beneficio” e informar los datos referidos a la trabajadora, la cuenta sueldo y la sucursal de la cuenta.

5.¿Con qué beneficios es compatible el programa Registradas?

El programa es compatible con los beneficios de la Asignación universal por Hijo, Asignación Universal por Embarazo, Tarjeta Alimentar, Progresar, Potenciar Trabajo, Acompañar y otros.

No es compatible con pensiones no contributivas por invalidez, madres de 7 o más hijos y vejez.

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