Cambios a la Ley de Alquileres: cuáles son las principales diferencias entre los proyectos del oficialismo y de la oposición

Cambios a la Ley de Alquileres: cuáles son las principales diferencias entre los proyectos del oficialismo y de la oposición

En el plenario se aprobaron dos iniciativas con pocos puntos en común. Conocé qué propone cada uno.

POLÉMICA.Tenso debate por las modificaciones a la Ley. POLÉMICA.Tenso debate por las modificaciones a la Ley. LA GACETA / ARCHIVO.
22 Junio 2022

Esta tarde, en un plenario de Legislación General y Presupuesto y Hacienda, el Frente de Todos avanzó con el despacho de mayoría que reivindica la ley actual de Alquileres, mientras que Juntos por el Cambio y bloques federales suscribieron uno de minoría que modifica la norma.

El Frente de Todos tiene 117 votos -ya que el presidente de la Cámara, Sergio Massa, aporta para el quórum pero no vota- con lo cual necesita 12 sufragios más para imponer en cada debate su postura y en este tema solo tiene el aval hasta ahora de los dos diputados del Frente de la Concordia.

En tanto, Juntos por el Cambio tiene 116 votos pero acordó el dictamen con el Interbloque Federal (IF) y Juntos por Río Negro, y con eso ya tiene garantizado al menos 126 votos, aunque si suma solo a la derecha ya consigue 130.

Con Juntos por el Cambio en franca ventaja en el debate de Alquileres en Diputados, el oficialismo confía en que si la iniciativa de la oposición unificada obtiene la media sanción, no pasará el filtro del Senado donde el Frente de Todos controla una frágil mayoría.

Proyecto del oficialismo

El proyecto del Frente de Todos mantiene los principales ejes de la ley votada en 2020.

-Contratos de tres años y actualización anual con un índice entre inflación y aumento salarial.

- Promueve la incorporación de una serie de incentivos fiscales para promover la oferta de inmuebles para alquiler.

Proyecto de Juntos por el Cambio

Juntos por el Cambio, el Interbloque Federal y Provincias Unidas proponen volver a fos años el plazo mínimo legal de los contratos. En cuanto al precio del alquiler, deberá “fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes, por intervalos de entre 3 y 12 meses”.

Asimismo, agrega que para los ajustes, las partes “deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Precios Mayoristas (IPM) y/o el Índice de Salarios (IS)” elaborados por el INDEC, “o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.

En relación a los beneficios fiscales, similares a los del oficialismo, la iniciativa contempla una reforma del régimen de monotributo para que quienes tengan tres unidades de explotación, “en el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados” se considere como “una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma”.

También exime de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler y contempla una modificación al impuesto a los débitos y créditos bancarios -más conocido como impuesto al cheque- para que estén exentas aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados”.

Comentarios