Tras una ley provincial, avanza el pago para ex empleados del ex Banco Provincia

Tras una ley provincial, avanza el pago para ex empleados del ex Banco Provincia

El desembolso superará los $ 225 millones, y más de 60 trabajadores serán beneficiados por la medida.

Tribunal de Cuentas de Tucumán Tribunal de Cuentas de Tucumán LA GACETA / ARCHIVO.
05 Mayo 2022

Ex empleados del ex Banco Provincia que se desempeñan en la Administración Pública de Tucumán quedaron en condiciones de percibir una sobreasignación especial remunerativa no bonificable.

Tras la sanción de la ley 9.499 -modificatoria de la ley 9.493-, el Tribunal de Cuentas (TC) emitió este jueves el acuerdo 2.005, a través del cual no se formulan observaciones a las resoluciones de la Secretaría de Hacienda y del Ministerio de Economía que habilitan los pagos en cuestión.

Estos desembolsos habían sido motivo de reclamos por parte de la Asociación Bancaria de Tucumán, que inclusive había distribuido panfletos para cuestionar al ente de contralor por las observaciones formuladas en el marco de este trámite.

La normativa provincial estableció esta "sobreasignación especial remunerativa no bonificable" para "el personal del ex Banco de la Provincia de Tucumán que actualmente se encuentre prestando servicios en la Administración Pública".

"El monto de la sobreasignación especial debe ser igual a la diferencia entre los haberes y demás emolumentos que percibe el personal por todo concepto en la Administración Pública Provincial (incluido el adicional Fondo Estímulo Previsto en la Ley N° 5636) y el que percibiría de acuerdo a la escala salarial del Convenio Colectivo N° 18175 de la Actividad Bancaria, conforme se aplica a la remuneración que perciben los empleados de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán", consigna la ley 9.493.

Este jueves, el Tribunal de Cuenta dictó un nuevo acuerdo, en el que se consigna que se tomaron en cuenta distintos informes; entre ellos, la resolución 386/ME, del 21 de abril de 2022 (dictada por el Ministerio de Economía), que "aprueba la deuda correspondiente al periodo 01-11-19 al 31-10-21, que asciende a la suma $225.643.204,92, correspondiente a la sobreasignación en cuestión".

Con los requerimientos establecidos por el ente de control cumplimentados, se contemplaron las disposiciones expresadas por las leyes 9.493 y 9.499 -y reglamentada por Decreto n° 771/3-ME de fecha 17/03/22-. "A su vez, con los antecedentes aportados por las diferentes dependencias, la Dirección General de Sistemas procedió a determinar, en planillas de cálculos adjuntas (...), los montos que corresponderá afrontar en concepto de cancelación de las diferencias salariales no prescriptas, comprendidas en el periodo 01-11-2019 al 31-10-2021, el cual se realizara mediante títulos CONSADEP IV", detalló el órgano de contralor.

A su vez, en el acuerdo 2.005 se consignó el listado de 61 beneficiarios ,que percibirán montos que van desde los $99.000 hasta superar los $ 4 millones.

"Concluimos que los actos que vienen a control son ejecutorios del marco normativo que se integra con la ley 9493, su modificatoria 9499 y el Decreto 771/3 (ME-22), y que desde esta perspectiva los mismos no merecen reparos de orden legal, razón por la cual corresponde dictar Acuerdo no formulando observación a los mismos", apuntó el TC.

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