Anticiparon el "pago automático" del bono de $ 18.000 para un grupo de beneficiarios

Anticiparon el "pago automático" del bono de $ 18.000 para un grupo de beneficiarios

En Anses extendieron la fecha límite para completar la segunda etapa de inscripción

Podrán cobrar las beneficiarias de la AUH que hayan pasado la evaluación socioeconómica. Podrán cobrar las beneficiarias de la AUH que hayan pasado la evaluación socioeconómica.
04 Mayo 2022

Por medio de un comunicado oficial, la titular de la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) Fernanda Raverta, informó este martes que se habilitará el pago automático del bono de $ 18.000 correspondiente al Refuerzo de Ingresos "para las mamás de la Asignación Universal por Hijo (AUH) que cumplan con el análisis socioeconómico".

"Las mamás de la Asignación Universal que cumplan con el análisis socioeconómico tienen la posibilidad de recibirlo, no queremos que en este momento ningún argentino o argentina se sienta solo, sino que el Estado los acompañe", indicó la funcionaria. Además reiteró el plazo límite para anotarse. "La inscripción al refuerzo continuará abierta hasta el próximo jueves 5 de mayo", aclaró.

La evaluación socioeconómica forma parte de la segunda etapa de inscripción, luego de que el postulante haya firmado la Declaración Jurada y proporcionado la Clave Bancaria Uniforme (CBU).

Los criterios que toma en cuenta Anses para rechazar a los aspirantes en la evaluación socioeconómica son:

- Haber percibido una suma de ingresos en los últimos SEIS (6) meses, cuyo promedio mensual supere el monto equivalente a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, establecido en el artículo 139 de la Ley Nº 24.013, vigente al mes de abril de 2022;

- Haber realizado gastos y/o consumos dentro y fuera del país con tarjetas de crédito y/o débito y/o billeteras virtuales en los últimos SEIS (6) meses, cuyo promedio mensual supere el monto equivalente a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, establecido en el artículo 139 de la Ley Nº 24.013, vigente al mes de abril de 2022;

- Haber efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales que supere CUATRO (4) veces el importe anualizado del ingreso previsto en el inciso a), y/o la tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y/o la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, y/o la tenencia de embarcaciones;

- Ser propietarias de más de un bien inmueble, de un automotor con antigüedad menor a un año, o de más de un automotor, o de una embarcación o aeronave.

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