El Senado convierte en ley el nuevo marco regulatorio de biocombustibles

El Senado convierte en ley el nuevo marco regulatorio de biocombustibles

Los puntos centrales de la norma nacional, que reemplaza a la ley vigente hace 15 años.

FOTO TÉLAM. FOTO TÉLAM.
16 Julio 2021

El Senado aprobó y convirtió en ley, tras un extenso debate de más de cinco horas, el nuevo marco regulatorio de la producción de biocombustibles, que reemplaza al vigente desde hace 15 años. Entre los puntos centrales, la norma propone un corte del 5% para el gasoil y el biodiesel y del 12% entre naftas y bioetanol (6% de participación para la elaboración con caña de azúcar).

La iniciativa fue aprobada con 43 votos afirmativos, contra 19 negativos. En particular, se votó el artículo 8 que obtuvo 38 votos positivos, 21 negativos y 3 abstenciones, según informó el sitio web oficial de la Cámara Alta.

El miembro informante del proyecto fue el representante de San Juan, Rubén Uñac (Frente de Todos -FdT-). El senador sostuvo que "esta actividad genera inversiones por más de U$S 3.000 millones, se crearon nuevas empresas, 54 plantas industriales distribuidas en 10 provincias argentinas. Se crearon 80.000 trabajos directos y más de 200.000 indirectos". Sostuvo que tras 15 años de la creación de esta ley, el escenario ya no es el mismo y es necesario contemplar la diversidad de la industria en la que cohabitan grandes industrias con PyMEs.

En los discursos de cierre, el senador por Formosa, Luis Naidenoff (JxC) señaló que se trataba de la diversificación de la matriz productiva para ganar mercados. “Uno mira los números y puede decir que la primera parte de la Ley es misión cumplida", añadió.

En ese punto, sostuvo que "el cuello de la matriz productiva en Argentina está en la cuestión energética” y que afecta “el horizonte de previsibilidad del país''.

La Cámara sancionó a fines del año pasado la prórroga para ganar tiempo. Dijo que este tema "fue una verdadera política de Estado". Se preguntó "qué pasó para que ahora estemos tratando un nuevo régimen. No es una buena ley y el propio oficialismo lo reconoce".

Señaló que "quienes creen que pueden controlar los precios de los combustibles con esta ley se equivocan. Hoy llenar un tanque combustible cuesta un 60 por ciento más que el año pasado. Este aumento le ganó a la inflación. ¿Le van a echar la culpa a los biocombustibles?".

Dijo que "los grandes ganadores con esta ley son las petroleras. Y claramente YPF que con esta ley mejora sus balances". Le preguntó al cuerpo, ¿quiénes pierden? Las Pymes, los que invirtieron. No hay espalda para competir. ¿Quién se va a quedar con este negocio, quién se quedará con lo que dejen las pequeñas y medianas empresas que apostaron por esta política desde el 2006?". Se respondió, diciendo que "los grandes se comerán a los chicos. Ese es el trasfondo de la ley. Se beneficiarán las cerealeras, las grandes corporaciones o los amigos del poder".

El jefe de la bancada oficialista, senador por Formosa, José Mayans (FdT) que esta ley "no afectará ni la industria del biodiesel, ni a la industria del etanol".

Subrayó que "la economía tiene que crecer y que el plan es resolver el endeudamiento externo que nos dejaron, con un crédito que no fue autorizado por el Congreso". En cuanto a la reducción de la emisión de CO2 (gases), dijo que "los países que más dañan el planeta son China, los Estados Unidos y Europa".

El Marco Regulatorio de los Biocombustibles contempla, entre otras, las siguientes consideraciones:

-Se define como biocombustible al bioetanol y al biodiésel que cumplan los requisitos de calidad que establezca la autoridad de aplicación y que se produzcan en plantas instaladas en la República Argentina a partir de materias primas nacionales cuyo origen sea agropecuario, agroindustrial y/o provenga de desechos orgánicos.

-Se dispone que solo podrán elaborar, almacenar y/o comercializar biocombustibles, o llevar a cabo la mezcla de estos con combustibles fósiles en cualquier proporción, las empresas que se encuentren debidamente habilitadas a tales efectos por la autoridad de aplicación. Caso contrario, la actividad será considerada clandestina.

-Se establece que las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos no podrán ser titulares o tener participación en empresas y/o plantas productoras de biocombustibles.

-Se establece que todo combustible líquido clasificado como gasoil o diésel oil -conforme la normativa de calidad de combustibles- que se comercialice dentro del territorio nacional deberá contener un porcentaje obligatorio de biodiesel del 5 % medido sobre la cantidad total del producto final. La autoridad de aplicación podrá elevar este porcentaje cuando lo considere conveniente en función del abastecimiento de la demanda, la balanza comercial, la promoción de inversiones en economías regionales y/o razones ambientales o técnicas.

-También podrá reducirlo hasta un 3 % cuando el incremento en los precios de los insumos básicos para la elaboración del biodiésel pudiera distorsionar el precio del combustible fósil en el surtidor, o bien ante situaciones de escasez de biodiésel por parte de las empresas autorizadas por la autoridad de aplicación para el abastecimiento del mercado.

-Se establece que todo combustible líquido clasificado como nafta -conforme la normativa de calidad de combustibles- que se comercialice dentro del territorio nacional deberá contener un porcentaje obligatorio de bioetanol del 12 %.

-Se dispone que las empresas responsables de llevar a cabo las mezclas obligatorias de biocombustibles con combustibles fósiles deberán adquirir, sin excepción, la totalidad de aquellos exclusivamente de las empresas elaboradoras autorizadas a tales efectos por la autoridad de aplicación, de acuerdo a los parámetros de precio y distribución de cantidades establecidos en esta ley.

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