La Justicia rechazó el primer planteo contra el aborto legal

La Justicia rechazó el primer planteo contra el aborto legal

El juez federal de Salta, Julio Leonardo Bavio, habilitó la feria judicial y rechazó el recurso interpuesto por organizaciones llamadas “pro vida” y la ex senadora Cristina Fiore Viñuales.

imagen ilustrativa. Foto matenews imagen ilustrativa. Foto matenews
21 Enero 2021

La Justicia rechazó el primer pedido para declarar inconstitucional la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). El titular del Juzgado Federal Nº 1 de Salta, Julio Leonardo Bavio, habilitó la feria judicial y rechazó el recurso interpuesto por demandantes entre los que se encuentra la ex senadora nacional María Cristina Fiore Viñuales.

El magistrado justificó su decisión citando un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y explicó en línea con el antecedente fijado por el máximo tribunal que, al no ser la parte denunciante integrante del Poder Legislativo, su intervención llevaría “al irrazonable resultado de extender una medida judicial a sujetos que no sólo no la han solicitado, sino que, incluso, podrían no compartirla”.

Bavio se basó en la jurisprudencia del caso “Thomas” del 2010, cuando la Corte Suprema revocó una cautelar dictada por la Justicia Federal de Mendoza. El diputado Enrique Thomas había presentado el recurso para suspender en todo el territorio nacional y en su totalidad a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Los denunciantes argumentaban que la ley 27.610 es inconstitucional porque “el ser humano existe desde el momento mismo de la concepción” y que "nuestra Constitución Nacional lo considera 'niño' al ser humano a partir del momento de la concepción”. En base a eso, consideran que “el niño no nacido tiene derecho intrínseco a la vida del que no puede ser privado”. Además, consideraron que debe declararse inconstitucional el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) presentado por el Ministerio de Salud y que reglamenta el acceso al aborto con causales que ya estaban contempladas por el Código Penal y que ratificó en 2012 la CSJN en el fallo FAL.

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