El Banco Central impulsó una severa penalidad para que las personas, físicas o jurídicas, respondan el requerimiento del Indec. La entidad dispuso una virtual inhibición para hacer operaciones bancarias para aquellas empresas y particulares que no respondan el cuestionario del Censo Nacional Económico 2020/2021, lanzado por el Indec.
Una comunicación enviada a los bancos deja en claro que el BCRA dispuso un cronograma a partir del cual las entidades financieras deberán exigir la presentación del Certificado de Cumplimiento Censal (CCC), que acredita que la persona, física o jurídica, respondió las consultas del censo.
Un formulario de 15 preguntas
El Censo Nacional Económico alcanzará a agentes económicos registrados productores de bienes y servicios, incluyendo a todas las sociedades financieras y no financieras, instituciones sin fines de lucro, y quienes ejerzan actividades registradas en el monotributo o autónomos.
El operativo tiene dos etapas. La primera es la del empadronamiento, que se inició el 30 de noviembre pasado. Todas las personas mencionadas deberán responder un formulario de 15 preguntas destinadas, según explican en el Indec, a caracterizar su actividad, determinando a qué sector pertenece, el tamaño de la empresa y otras cuestiones básicas. Una vez cumplida esa parte llega una segunda etapa, con interrogantes más específicos.